Las injurias a la Corona y a la religión rebajarán sus penas
El acuerdo presupuestario entre el Gobierno y Podemos hace mención específica a la modificación de los artículos del Código Penal que regulan los delitos de ofensa a los sentimientos religiosos e injurias a la Corona.
El pacto pretende rebajar las penas en estos tipos de infracción y, para ello, se escuda en que «la democracia española es una democracia madura, que demanda poder discutir y cuestionar libremente lo que estime conveniente dentro del marco constitucional y del Derecho internacional». Las partes sostienen que «es imprescindible que exista debate público a través de la discusión libre de ideas y opiniones», que se basan en las diferentes «ideologías y concepciones sobre la vida».
Y el texto insiste, además, en que en el actual ordenamiento existe una persecución penal que frena esta exposición libre de concepciones.
Podemos consigue así uno de sus anhelos. En marzo la formación ya registró en el Congreso de los Diputados una proposición de ley con la que pedían a la Cámara Baja derogar los delitos de enaltecimiento al terrorismo, así como las penas y sanciones económicas por ofensa a los sentimientos religiosos y por injurias a la corona. Aunque sin éxito.
Según explicó en su momento el grupo parlamentario de Unidos Podemos, consideran estos artículos del Código Penal «obsoletos» y los entienden como «delitos medievales» que obstruyen la libertad de expresión.
En este sentido, el apartado 11 del acuerdo presupuestario alega que «las limitaciones a estos derechos han de estar justificadas en la protección de otros derechos», pero hacen hincapié en que tanto la Unión Europea como el Consejo de Europa ya avisó de que el Código Penal «no es la herramienta más adecuada» para tipificarlos.
Valtonyc y Willy Toledo
El delito contra los sentimientos religiosos está tipificado en el artículo 525 del Código Penal y castiga con multa de ocho a doce meses de prisión a quienes insulten públicamente –de palabra o por escrito– a cualquier tipo de creencias, o a quienes vejen a sus practicantes. Este delito ha generado juicios polémicos como el del actor Willy Toledo. Por otro lado, las injurias a la Corona están recogidas en los artículos 490 y 491. El caso del rapero Valtonyc, huido de la justicia española, es un ejemplo. Este delito contempla condenas de entre seis meses y dos años de prisión.