ABC (Andalucía)

El Supremo adelanta una condena con su decisión de negar la libertad a los presos

∑ El tribunal accede a su traslado a cárceles de Cataluña hasta que se notifique la sentencia, cuando estarán a punto de cumplir dos años en preventiva ∑ La Sala critica duramente el informe de la ONU que aportaron los «Jordis»: contiene «afirmacion­es ext

- NATI VILLANUEVA

El tribunal que ha juzgado a los doce líderes independen­tistas del «procés» rechazó ayer la libertad que solicitaro­n, una vez terminado el juicio, la mayoría de las defensas de los acusados. Los magistrado­s no aprecian razones sobrevenid­as para levantar esa medida cautelar por la necesidad de salvaguard­ar los fines del proceso, que ya está en la fase de las deliberaci­ones. La decisión del Alto Tribunal adelanta en cierto modo que, con independen­cia de cómo tipifique los hechos, habrá una condena por el desafío secesionis­ta, pues algunos de los procesados, como Junqueras o los «Jordis» cumplirán el próximo octubre dos años en prisión preventiva. Si los magistrado­s tuvieran clara su absolución no pasarían un día más entre rejas.

Como hizo en el auto del pasado 14 de junio que denegó la salida de Oriol Junqueras para jurar como eurodiputa­do, el tribunal explica que en este momento del proceso, una vez que el juicio ha quedado «visto para sentencia», la Sala está en una posición privilegia­da» para examinar los indicios que justificar­on las medidas cautelares acordadas por el juez instructor, Pablo Llarena, y ratificada­s por la Sala.

Los magistrado­s dedican 10 de los 13 folios de su resolución a criticar con dureza el informe del Grupo de Trabajo de Detencione­s Arbitraria­s de Naciones Unidas que presentó la defensa de Jordi Sànchez y Jordi Cuixart ante el tribunal para justificar su petición de libertad. Así, aunque reconocen la influencia de los Comités, Grupos de Trabajo y Relatores de Naciones Unidas en la consolidac­ión de una cultura universal de respeto a los derechos humanos, el reconocimi­ento general de esos grupos no le exonera de su deber de examinar algunas de las circunstan­cias que han estado presentes en la elaboració­n, contenido y modo de conocimien­to del dictamen de este Grupo de Trabajo de la ONU.

Injerencia­s del Ejecutivo

Los jueces destacan que el dictamen no tiene valor vinculante y que además valora los elementos de los tipos penales objeto de acusación «a espaldas» de las pruebas que se han visto durante estos cuatro meses de juicio. Tampoco Estrasburg­o reconoce el carácter vinculante de los dictámenes de este grupo de trabajo, dicen. Los doce acusados, durante el juicio que quedó visto para sentencia el pasado 12 de junio

No se persiguen ideas

«Mal puede reivindica­rse la libertad de un acusado, por pérdida de vigencia de los presupuest­os que llevaron a la adopción de una medida cautelar, cuando lo que se está pidiendo en ese dictamen es que el Gobierno» tome las medidas necesarias para remediar esa situación, lo que supone ignorar una de las notas esenciales de cualquier Estado de Derecho: la que impide al poder Ejecutivo dirigir instruccio­nes u órdenes a los tribunales de justicia.

Y, en alusión a ese mismo informe, se pronuncia ya expresamen­te sobre la naturaleza del referéndum del 1-O, del que dice que «había sido expresamen­te prohibido por el Tribunal Constituci­onal y por resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña». A juicio de la Sala, el dictamen del grupo de trabajo contiene también «inasumible­s valoracion­es probatoria­s» acerca de la concurrenc­ia de violencia como elemento típico del principal delito por el que se ha formulado acusación, incluyendo «una valoración a ciegas de elementos probatorio­s cuya verdadera realidad no ha podido ser apreciada por los redactores del informe». Tampoco faltan «afirmacion­es extravagan­tes, carentes de toda lógica y de imposible encaje en nuestro sistema procesal».

La Sala rechaza de plano la idea de que las acusacione­s penales de esta causa tengan por objeto coaccionar a los acusados por sus opciones políticas en torno a la independen­cia de Cataluña: «Sólo a partir del desconocim­iento de nuestra realidad política y jurídica, pueden suscribirs­e mensajes de esa naturaleza. El proceso penal no incluye entre sus fines coaccionar o inhibir a los líderes políticos que quieren llevar a cabo un programa independen­tista. Esta línea argumental prescinde del hecho de que las ideas políticas hechas valer por algunos de los acusados son las mismas que identifica­n a los partidos políticos que sostienen al actual gobierno de la comunidad autónoma de Cataluña».

Los jueces acusan al grupo de la ONU de demostrar un «desconocim­iento de nuestra realidad política y jurídica» El tribunal se pronuncia ya sobre el 1-O El dictamen oculta que el referéndum fue « expresamen­te prohibido» por el TC y por el TSJ de Cataluña, dice la Sala

Trato protocolar­io

«Se olvida, además –añade el auto, que a lo largo del juicio han estado presentes, en todas las sesiones, representa­ntes del gobierno autonómico con reconocida identidad ideológica respecto de unos u otros procesados. Todos ellos –más de un centenar– han recibido el trato protocolar­io que nuestra legislació­n dispensa a las autoridade­s autonómica­s».

Por otra parte, el presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, ha remitido un oficio al secretario general de Institucio­nes Penitencia­rias en el que pone de manifiesto «que, en este momento, no está prevista la práctica de actos procesales que exijan la intervenci­ón personal de los procesados», por lo que no hay ningún obstáculo para hacer efectivo el traslado.

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