Solo una condena de 22 denuncias
∑La Audiencia Nacional no ve delito de enaltecimiento si no hay riesgo de que los actos de la izquierda abertzale propicien nuevos atentados de terror ∑Las víctimas pretenden que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre la humillación, la otra modalidad del
Tras cruzar un pasillo de gente sonriente, recibió un ramo de flores y pasó al Ayuntamiento de Lekeitio, donde le habían reservado el sillón del alcalde. El protagonista –al que aplaudían a su paso, el 16 de septiembre de 2017– era el etarra Antonio Gabiola, antiguo miembro del sanguinario comando Madrid. Fue condenado por participar en el secuestro del empresario Emiliano Revilla en 1988, entro otros crímenes. Llevaba una semana libre.
Las víctimas del terrorismo –la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), el Colectivo de Víctimas del Terrorismo (Covite) y Dignidad y Justicia– llevan años denunciando los recibimientos a los presos etarras liberados. La izquierda abertzale acostumbra a agasajarles con flores, bailes y cánticos cuando llegan a sus pueblos después de cumplir sus penas de cárcel.
Ortega Lara
Los dos casos que han atraído la atención de los políticos este verano –los homenajes a José Javier Zabaleta y Xavier Ugarte (uno de los secuestradores de Ortega Lara), en Hernani y Oñate, el 26 y el 27 de julio– son solo dos ejemplos más de una práctica habitual. La Audiencia Nacional ha ordenado identificar a los convocantes.
Desde 2016, aun así, ningún homenaje de este estilo ha culminado en condena para los organizadores de los actos, conocidos como «ongi etorris». Ni un solo caso ha llegado a juicio, la fase final si la investigación aprecia indicios suficientes para llegar a ese puerto.
Covite –la asociación presidida por Consuelo Ordóñez– contabiliza 22 denuncias desde su colectivo en los últimos tres años. De todas ellas, nueve se han archivado de forma definitiva, dos se han cerrado provisionalmente pero tienen un recurso pendiente, y diez se encuentran en trámite. Covite solo registra una condena a cinco menores por un acto de enaltecimiento a ETA en un instituto de Hernani, en el conocido como «Día del Gudari» (soldado, en euskera, una alusión a los etarras).
La Audiencia Nacional apreció un delito de enaltecimiento y humillación en ese caso porque salieron al patio portando fotos de etarras fallecidos. Fueron condenados el año pasado a desarrollar tareas socio-educativas durante seis meses, reflexionando sobre las consecuencias de sus acciones.
Nuevo criterio
Entre los etarras homenajeados sin que nadie haya rendido cuentas está, por ejemplo, Andoni Ugalde, recibido en Bilbao el 28 de septiembre de 2017. El agasajado aquel día asesinó en 1994 con un coche bomba al guardia civil de 29 años Francisco Jiménez Pascual. Natural de Baracaldo, era padre de una niña.
Otros pistoleros recibidos con honores –y con una cruel hoja de servicios a sus espaldas– han sido Iñaki Igerategi e Ignacio Otaño, los soplones que recopilaron la información para asesinar en 2003 a Joseba Pagazaurtundúa, el que fuera jefe de la policía local de Andoain y militante socialista. En la misma Andoain, a escasos 150 metros del bar donde mataron a Joseba, Igerategi y Otaño fueron recibidos por una multitud el 19 de febrero de 2018, bajo una densa lluvia, que no impidió que se bailara un «aurresku», una danza reverencial vasca.
Las investigaciones suelen recorrer un camino similar hasta que se cierran. Los jueces de la Audiencia Nacional aplican un criterio derivado de la reforma de la ley penal de 2015, basándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, que beben a su vez de una directiva Condenado por participar en los asesinatos de Jesús Velasco y Eugenio Lázaro en 1980, el etarra López Abechuco fue recibido en Vitoria el año pasado entre aplausos. Recibió una botella de cava.
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Cava y flores por su historial asesino
de la Unión Europea. Esta interpretación establece que, para que haya delito de enaltecimiento del terrorismo, el acto debe generar un riesgo de que puedan cometerse actos terroristas. Una condición imposible ahora mismo, desde que desapareció ETA.
El artículo 578 del Código Penal también castiga el delito de humillación a las víctimas, una acción que no exige dicho riesgo. Ese tipo castiga las acciones de descrédito o menosprecio a las víctimas, siempre que se demuestre la intención del autor. Ese ánimo suele ser el escollo, sobre todo si se exige con carácter específico, explica la abogada de la AVT Carmen Ladrón de Guevera, veterana en estas lides.
Así, los jueces tampoco están castigando los homenajes por esta vía, ante la perplejidad de las víctimas, que ven clara la humillación, incluso aunque hubiese otra finalidad en el origen. Ordóñez pide a los jueces que recuperen
Los soplones de Pagazaurtundúa