La CNMV regulará la publicidad para invertir en bitcoin y criptoactivos
La CNMV regulará la publicidad de criptoactivos y otros activos o instrumentos presentados como activos de inversión, como por ejemplo el bitcoin. Así lo aprobó ayer el Gobierno durante el Consejo de Ministros extraordinario. En concreto, establecerá los mecanismos necesarios para que la CNMV pueda regular esta publicidad. De esta forma, el Ejecutivo amplía la capacidad del supervisor en cuanto a la vigilancia de las campañas publicitarias de productos financieros, una capacidad que ya tiene desde febrero y que ahora se amplía a las criptodivisas, que aún no están reguladas.
Ya durante esta semana, la vicepresidenta de la CNMV, Montserrat Martínez, incidió en la clausura de unas jornadas sobre ‘fintech’ en la falta de regulación de estos activos. «Mientras no dispongamos de un marco claro, debemos preguntarnos siempre si tenemos la información suficiente, si entendemos el producto y los riesgos que se asumen con la operación», subrayó Martínez.
Estas declaraciones se suman al comunicado conjunto que hace aproximadamente un mes el supervisor emitió con el Banco de España advirtiendo sobre el riesgo de las criptomonedas como inversión, ya que la revalorización que han experimentado en los últimos meses refleja «patrones propios de las burbujas».
En ese sentido, todas las miradas se centran en el bitcoin, que durante el último año natural se ha disparado un 1.400%. En concreto, pasó de cotizar a 4.000 dólares (3.352 euros) en marzo de 2020 a alcanzar los 58.000 dólares (48.614 euros) durante las últimas semanas. Otras criptomonedas, como ethereum y ripple, también han obtenido rendimientos similares, pero con cifras mucho más modestas.
La UE trabaja en ello
El fenómeno que más ha llamado la atención en los últimos meses ha sido el ascenso de otra criptodivisa, mucho más pequeña▶ dogecoin, que pasó de cotizar a 0,007 dólares a principios de año a los 0,05 dólares en los que se vende actualmente, aunque llegó a tocar los 0,08 en febrero.
Asimismo, la CNMV y el Banco de España especificaban que estos activos se mueven en un espacio que aún no ha sido regulado –si bien la Unión Europea está trabajando en ello– y dejaba claro que «no es obligatorio aceptarlas como medio de pago de deudas u otras obligaciones».