El sistema de salud deberá prestar desde junio la ayuda a morir
Tendrá que resolver las solicitudes de eutanasia y suicidio asistido en un plazo máximo 32 días
El nuevo ‘derecho a morir’ está recogido en la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia como una prestación del Sistema Nacional de Salud (SNS), que deberá estar disponible para los ciudadanos a mediados del mes de junio cuando la norma entre en vigor.
España se sumará al reducidísimo número de países (Bélgica y Países Bajos) que permiten las dos modalidades del ‘derecho a morir’▶ la eutanasia y el suicidio asistido.
La eutanasia y el suicidio asistido estarán disponibles en el Sistema Nacional de Salud (SNS) no solo para los enfermos «terminales o incurables». La discapacidad o una enfermedad psiquiátrica también será un motivo para poder pedir la ‘prestación de ayuda a morir’, ya que la ley reconoce ese derecho a aquellas personas que sufren «un padecimiento crónico e imposibilitante» o «una enfermedad grave e incurable causantes de un sufrimiento físico o psíquico intolerables».
Para poder presentar la solicitud (son necesarias dos con quince días de diferencia) la persona tendrá que ser mayor de edad y con contar al menos con un año de empadronamiento.
No bastará con la decisión del enfermo y el consentimiento del facultativo. Se contará con un segundo filtro. Si se estima que el caso cumple la ley, deberá consultarse con otro médico ajeno a su equipo. La solicitud también se enviará a una comisión de seguimiento nombrada por las comunidades autónomas, al ser ellas quienes poseen las competencias sanitarias. Lo que significa que podrían bloquear el trámite.
La prestación del ‘derecho a morir’ se podrá recibir en el domicilio. La falta de precisión de la nueva norma abre la puerta a que también pueda prestarse esta ‘ayuda a morir’ en las residencias y los centros sociosanitarios en caso de que la persona esté ingresada de manera continuada. La norma solo se refiere al domicilio del enfermo pero no especifica si se trata del domicilio particular o legal. Además de los hospitales públicos, la eutanasia también podrá realizarse en los centros privados.
En aquellos casos en los que la persona enferma «no se encuentre en pleno uso de sus facultades», será el médico el que podrá presentar la solicitud de eutanasia a través «del testamento vital o de un documento equivalente legalmente» suscrito por el enfermo con anterioridad. El médico, además, podrá tomar la iniciativa y acceder al registro de últimas voluntades para practicar la eutanasia al paciente sin obligación legal de tener que consultarlo con sus familiares. El espíritu de la ley es consagrar la autonomía absoluta del paciente.
El espacio de tiempo entre que se presenta la solicitud y se recibe la «prestación de ayuda a morir» será muy corto. Con la ley del PSOE, la eutanasia se aplicará con un tiempo máximo de 32 días. En caso de que la pérdida de «la capacidad del paciente para dar su consentimiento sea inminente», la eutanasia también se podrá practicar «sin la verificación previa», es decir, el médico podrá saltarse el último plazo de 24 horas que se otorga al paciente antes de la eutanasia para que decida «si desea continuar o desistir».
La ley establece la creación de un «registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la ayuda para morir». El Consejo General de Colegios de Médicos (CGCOM) se opone a la creación de estos listados porque van «en contra del derecho a la confidencialidad y la no discriminación».
El fallecimiento por suicidio asistido o eutanasia será considerado como muerte natural.
de 8 y 6 años. «Llevaba dos meses sin verlos por culpa del Covid-19. La primera vez que vinieron fue una felicidad absoluta. Puede ser una tontería para cualquier persona, pero en estas circunstancias cambia todo totalmente. Cada segundo cuenta».
Evitar el dolor
La vida de Inma Escriche se desplomó como un castillo de naipes cuando con apenas 45 años le diagnosticaron un cáncer de pulmón en estadio cuatro con metástasis ósea. «En esos momentos era incurable, intratable e inoperable.