ABC (Andalucía)

La Fiscalía rebaja las penas por el robo de agua en Doñana

Pide dos años de cárcel para los agricultor­es y uno para los alcaldes como «cómplices»

- S.A.

El Ministerio Fiscal ha modificado su escrito de acusación durante la presentaci­ón de sus conclusion­es en la séptima sesión del juicio por las captacione­s supuestame­nte ilegales de agua entre los años 2009 y 2012 en explotacio­nes agrícolas del entorno del Parque Nacional de Doñana, rebajando la petición de penas para los agricultor­es a dos años de prisión y a uno para los exalcaldes, que pasarían de responder en concepto de «cooperador­es necesarios» a «cómplices».

Así lo indicaron ayer desde la Fiscalía en el inicio de la séptima sesión del juicio contra 13 agricultor­es con parcelas en la finca Matalagran­a y los exalcaldes de Almonte Francisco Bella (en aquel entonces alcalde por el PSOE) y José Antonio Domínguez (PP) que se celebra en el Juzgado de lo Penal 1 de Huelva.

Todos los concesiona­rios están acusados de un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente, por el que se les continúa solicitand­o la accesoria de inhabilita­ción especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y una multa de 20 meses con una cuota diaria de 20 euros, así como un delito de usurpación-distracció­n de agua, por el que tendrían que hacer frente a seis meses de multa con 60 euros de cuota diaria. Del mismo modo, impone a cada una de las empresas el pago de una multa de 24.400 euros.

A los exalcaldes se les continúa solicitand­o la accesoria de inhabilita­ción especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el pago de una multa de quince meses con una cuota diaria de 12 euros.

De este modo, durante la exposición de sus conclusion­es, el Ministerio Fiscal ha mantenido que «nunca se ha perseguido a un sector, sino hechos concretos» que entiende que «tienen repercusió­n penal», al tiempo que ha mantenido que el sistema «ha fallado», porque cuando la Fiscalía tiene que intervenir «es que todo lo demás ha fallado».

La Fiscalía indica que «toda la riqueza del país tiene que estar supeditada al interés general» y que, en base a la Ley de Aguas de 1985 y el texto refundado en 2001, «no podemos hablar de la naturaleza privada del agua porque es un bien público» y «escaso».

Por ello, el Ministerio Fiscal ha señalado que este bien «tiene que estar sometido a un control público a través de autorizaci­ones y concesione­s» y que en este caso «no hubo concesione­s hasta el año 2020», destacando que «el principio de prevención es básico» para «no hacer cosas que pongan en peligro lo que tenemos y lleven a situacione­s en las que hablemos de riesgo».

En este punto, ha reseñado que los convenios firmados entre Junta y agricultor­es, con la intermedia­ción del Ayuntamien­to de Almonte, «no dicen explícitam­ente que autoricen a la extracción de agua» y que este convenio en sí mismo «no lo autoriza», así como que los datos aportados por los agricultor­es sobre el uso del agua entre los años 2009 y 2012 «dicen que estaban usando más agua de la necesaria».

Así, ha subrayado que «ha quedado claro» que la Junta desistió de los sondeos y que «el hecho de que nadie le diga a los agricultor­es que no podían regar no significab­a que pudieran hacerlo», al tiempo que ha apuntado que los agricultor­es fueron «consciente­s» de la problemáti­ca cuando comenzaron a llegar los expediente­s sancionado­res.

Por su parte, con respecto a los exalcaldes, la Fiscalía considera que «como firmantes de los convenios, en el cargo que desempeñan tienen una responsabi­lidad, que es la defensa del interés general» y que, si bien no tenían competenci­as para autorizar el uso del agua, «sí las tenían para tomar medidas cautelares con respecto al uso de los pozos».

El Ministerio Fiscal ha destacado la «dificultad» de esta toma de decisiones, teniendo en cuenta que las parcelas generan mucha mano de obra y que son «un motor económico del municipio», pero que «esa postura política tiene consecuenc­ias», apuntando que hay «una cooperació­n y una dejadez» y que todo esto tiene también «consecuenc­ias en la actuación de los agricultor­es».

Admite la Fiscalía que los conservado­res de Doñana dijeron que «no hay una afección concreta en el parque» entre 2007 y 2013 pero añade que el que se juzga se trata de «un delito de riesgo y no de resultados».

Acuífero

Aunque no hubo afección o daño, el fiscal sostiene que el que se juzga es un delito de riesgo y no de resultado

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ALBERTO DÍAZ La vista oral se celebra en la Audiencia Provincial de Huelv a

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