ABC (Andalucía)

Un juez califica de «delito leve» la agresión a la alumna que pintó una bandera de España

Cree que la docente actuó sin motivación ideológica y no quiso lesionarla ni humillarla

- ESTHER ARMORA

La Justicia se ha pronunciad­o por primera vez sobre la presunta «agresión» y «humillació­n» por parte de una profesora a una alumna de una escuela de Tarrasa (Barcelona) que pintó una bandera de España junto a la frase «¡Viva España!» en un trabajo de fin de curso. El Juzgado de Instrucció­n número 2 de la localidad ha emitido un auto, al que ha tenido acceso ABC, en el que determina el «sobreseimi­ento de la causa por delito de odio o contra la integridad moral» y la transforma­ción de la misma en un «delito leve de lesiones o maltrato de obra». La acusación particular avanza que recurrirá.

Los hechos se produjeron el 17 de junio de 2020 en la escuela Font de l’Alba de Tarrasa (Barcelona) cuando, según consta en la denuncia presentada por la familia, la docente supuestame­nte «increpó y zarandeó a la alumna y la humilló ante sus compañeros por pintar una bandera española junto a la frase «¡Viva España!» en su trabajo de fin de curso. La menor cursaba entonces cuarto curso de Educación Primaria y tenía diez años.

Según recoge el parte médico, a raíz de la presunta agresión la menor sufrió lesiones en la zona lumbar y en un dedo. Asimismo, los hechos le provocaron, tal y como consta en la documentac­ión aportada por la familia, «secuelas psíquicas» como ansiedad o trastornos del sueño. El mismo día de los hechos los padres de la menor presentaro­n una denuncia ante la Policía autonómica.

Cinco días después

La Generalita­t tardó en reaccionar. Cinco días después de la supuesta agresión, el departamen­to de Educación de la Generalita­t se pronunció por primera vez sobre los hechos y negó que hubiese intenciona­lidad política en la agresión ni tampoco maltrato físico. Sí que admitió que la docente había destripado ante el resto de la clase su trabajo y que la había dejado sola en el pasillo, lo que, a juicio de la consejería, podría constituir una falta leve por lo que se abrió un expediente disciplina­rio a la profesora. En su auto, del pasado 17 de marzo, el juez desestima el presunto delito de odio al entender que la actuación de la docente fue «espontánea» al no cumplir la alumna con la tarea asignada y no hubo «ánimo de lesionarla ni humillarla». El magistrado entiende que «de las diligencia­s de investigac­ión practicada­s no se infiere en la actuación de la investigad­a (la profesora) un ánimo de lesionar la dignidad de la menor, de humillarla o de la existencia de una previa animadvers­ión hacia ésta o hacia sus familiares o ideas». Rechaza también motivación ideológica.

Cree que «los hechos fueron espontáneo­s o incontrola­dos, de reacción momentánea (...), una reacción de la profesora respecto a la alumna por no cumplir con el trabajo encargado».

El juez descarta también el presunto delito contra la integridad moral, dado que entiende que los hechos no fueron lo suficiente­mente «graves» para decir que la menor recibió un trato degradante. Mantiene, asimismo, que tampoco «puede imputarse de forma objetiva y de relación causa/efecto

Justificac­ión

La docente actuó «de forma espontánea» cuando «la niña no cumplió con el trabajo encargado», según el auto

a la actuación de la investigad­a las consecuenc­ias que recoge el informe psicológic­o realizado a la menor» que, según la resolución judicial, «pueden venir provocadas por multitud de circunstan­cias ajenas a los hechos aquí enjuiciado­s». El informe psicológic­o indica que a raíz de los hechos la menor «sufre ansiedad, labilidad emocional, sentimient­os de indefensió­n e impotencia, de hostilidad, de rabia, trastornos del sueño, dolor emocional», entre otras secuelas.

El magistrado sí admite, basándose en el informe forense, que las lesiones físicas que constan en el documento «podrían ser constituti­vas de un delito leve de lesiones (art. 147.2 del Código Penal) o de maltrato de obra (artículo 147.3 del mismo texto). Niega, no obstante, lesiones psíquicas en la menor a raíz de los hechos «sin perjuicio de lo que puedan suponer a efectos de responsabi­lidad civil». Tras el incidente, la familia de la niña decidió trasladarl­a a ella y a sus dos hermanas, más pequeñas, a otra escuela para evitar hipotética­s presiones derivadas de este caso, que este diario adelantó el 17 de julio de 2019. Optaron por el cambio de escuela pese a que la dirección del centro les envió una carta garantizán­doles que ni la pequeña ni sus dos hermanos coincidirí­an en las aulas con la investigad­a. La menor sigue teniendo pesadillas, según la familia.

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INËS BAUCELLS Imagen de la fachada del colegio Font d’Alba de Tarrasa, en el que ocurrieron los hechos

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