Una soberanía indiscutible
«Tras el Protectorado (1906-1956), en el que España recibió la parte más pobre del norte de Marruecos, se firmó el tratado de independencia de Marruecos, donde se recoge el principio de la españolidad de Ceuta y Melilla. Pero Marruecos espera el Gran Marruecos (ya posee Ifni y el Sahara Occidental), que comprende además Ceuta y Melilla. Mientras, utiliza las vallas de estas ciudades para presionar en la cuestión del Sahara y obtener grandes cantidades de dinero de España y Europa»
LA reciente ‘invasión’ de Ceuta de más de 7.000 personas procedente del vecino país, de Marruecos, cuya guardia fronteriza facilitó su entrada, ha puesto de relieve las precarias relaciones entre España y Marruecos. Entre otros diferendos, el de la soberanía de las posesiones españolas en el norte de África es una antigua reivindicación marroquí, a la que no es ajena esta crisis. Por esta razón es necesario advertir, una vez más, la escasez de argumentos que, tanto desde el punto de vista histórico como jurídico y político, puede esgrimir el régimen alauí.
Una vez terminada la Reconquista, tanto los portugueses como los castellanos se lanzaron a la expansión hacia el norte de África. De esta expansión quedaron, transcurridos los siglos, en poder de España: Ceuta, Melilla, el peñón de Vélez de la Gomera, Alhucemas y Canarias, a las que habría que añadir, ya en el siglo XIX, las islas Chafarinas. Todas estas posesiones son reivindicadas por Marruecos.
Pero la historia desmiente cualquier exigencia, pues las conquistas se produjeron antes de la existencia de un Estado marroquí. Ceuta fue conquistada en 1415 por Juan I de Portugal, y tras la asunción al trono portugués de Felipe II en 1580 continuó siendo administrada por los portugueses, según lo establecido en las Cortes de Tomar. En 1640, cuando los Braganzas se sublevaron en Portugal contra los Austrias españoles (guerra de Restauración), las autoridades ceutíes prefirieron permanecer en la Corona de Castilla, más propicia a su defensa. Desde el real decreto de 29 de febrero de 1644, hasta el acuerdo de las Cortes de 9 de marzo de 1656, se fue integrando en la administración española. El 30 de abril de 1656 el Rey Felipe IV concedió, de forma definitiva, naturaleza de sus reinos a Ceuta. Este hecho fue reconocido internacionalmente mediante el tratado de Lisboa entre España y Portugal en 1668, que puso fin a la guerra hispano-lusa, y Ceuta pasó a la Corona española con todos los requisitos legales que establecía el derecho internacional.
Melilla se conquistó en 1497 por Pedro de Estopiñan en nombre del duque de Medina Sidonia, incorporándose a la Corona de Castilla en 1556. Por otra parte, Orán fue tomado en 1509 y en 1732, y abandonada en 1792, tras ser casi destruida por el terremoto de 1790. El peñón de Vélez de la Gomera fue conquistado en 1508, perdido en 1522 y recuperado en 1564, y Alhucemas se tomó en 1673. A pesar de la inclinación de la balanza comercial y política hacía el Atlántico con la conquista de América, el Mediterráneo no fue olvidado por la Corona española. La conquista de las islas Canarias comenzó a partir de 1402.
Ante estos hechos históricos sobra el concepto teocéntrico que defienden, entre otros, el historiador marroquí Rachid Lazrak, quien argumenta la existencia de Marruecos antes de la conquista de Ceuta por Portugal o de Melilla por España, por lo que la Comisión de Descolonización de la ONU debería considerar estas plazas como territorios «no autónomos» y por consiguiente ocupados por una potencia extraña a sus verdaderos dueños. Nunca ha habido una resolución favorable a esta tesis, pues la ONU reconoce el ‘statu quo’ de las ocupaciones territoriales cuando la conquista no implica el expolio de ningún estado soberano.
Marruecos no tuvo un territorio definido antes de que Ceuta y Melilla fueran españolas. En la opinión de Ferhat, el reino Idrisí (789-974) fue más una confederación de tribus que una entidad real. Los intereses de las tribus, como ha dicho François Bernard, no eran los mismos para todas ellas. Para Philippe Husson (1960) la monarquía marroquí carecía de una estructura estatal de tipo occidental, y W. Montgomery Watt afirma que la existencia de unas leyes coránicas, reglamentadas por la filosofía malikí, ya existente en Al Andalus, no es argumento suficiente para hablar de estado. Mientras Marruecos mantenía una organización tribal, sin estado ni administración, Ceuta había sido parte de un reino, el portugués, y después del de Castilla.
A pesar de que algunos intelectuales españoles son partidarios de la existencia ancestral del estado marroquí (Alfonso de la Serna y Máximo Cajal), no se aprecia, como dice Laroui y apoya Cajal, un contrato sociológico de tipo hobbesiano entre súbditos y sultán. La debilidad de ese estado marroquí se advierte también en el fracaso de todos los intentos de conquista de estas posesiones. Quizá los dos cercos más duros sufridos por las ciudades españolas fueron el que estableció Muley Ismail en Ceuta entre 1696-1727 y el de 1774 por Muhammad III en Melilla. Estos ataques se alternaban con firmas de precarias paces en las que implícitamente se reconocía la soberanía de las posesiones españolas. En más de una ocasión esas paces no eran respetadas por el sultán. En la de 1767 los alauíes firmaron su compromiso de no agresión a las posesiones españolas. A pesar de ello, el mismo Muhammad III atacó Melilla en 1774.
En el siglo XIX los continuos hostigamientos de las tribus del Rif movieron a la diplomacia española a nuevos contactos con el fin de abordar el tema de las fronteras de sus posesiones (tratados de 1841 y 1843) pero no se evitó la polémica guerra de África (1859-1860), tras el ataque sufrido en agosto de 1859 por las tropas españolas que custodiaban unos fortines en Ceuta. La guerra terminó con el tratado de Wad Rass (1860) en el que le fueron concedidas las alturas circundantes a la ciudad.
Tras el Protectorado (1906-1956) en el que España recibió la parte más pobre del norte de Marruecos, mientras que Francia se llevaría las mejores zonas, las ciudades del sur, se firmó el tratado de independencia de Marruecos, en el que se recoge, una vez más, el principio de la españolidad de Ceuta y Melilla. Pero Marruecos espera pacientemente el Gran Marruecos (ya posee Ifni y el Sahara Occidental), que comprende además Ceuta y Melilla. Mientras, utiliza las vallas de estas ciudades para presionar en la cuestión del Sahara y obtener grandes cantidades de dinero a fondo perdido por parte de España y Europa.