ABC (Andalucía)

Castigo fiscal a las herencias en vida en Cataluña, Baleares y Galicia

▶ La nueva Ley antifraude acaba con los beneficios de los pactos sucesorios

- MAYTE AMORÓS

El Gobierno prepara un castigo fiscal para desincenti­var los pactos sucesorios y quiere que cualquiera que haya adquirido un bien por donación en vida, si vende antes de la muerte del donante, pague lo mismo en concepto de IRPF que si lo hubiera vendido el donante y que tribute sobre la ganancia generada desde la compra del bien.

El proyecto de ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal validado este martes en el Congreso –que pasa ahora al Senado para ultimar su aprobación– pone el foco en estos pactos sucesorios por su baja tributació­n e impone un aumento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en su artículo 36. Esta medida lleva sobre la mesa desde 2018, cuando el Gobierno aprobó el primer anteproyec­to de ley que, desde entonces, no ha llegado a aprobar aún, lo que no ha sido óbice para que muchos adelantara­n operacione­s ante el prometido fin del incentivo fiscal.

«Eutanasia impositiva»

Las herencias en vida de Baleares, Galicia y Cataluña son figuras propias recogidas en el derecho civil propio de estas regiones. Una suerte de «eutanasia fiscal» que permite «morir a efectos fiscales» para transmitir «en vida» bienes a los herederos con una tributació­n muy reducida, explica Alejandro del Campo, abogado y asesor fiscal de DMS Legal.

Desde 2016 este tipo de herencias se han disparado y eso generó suspicacia­s en el Ministerio de Hacienda. La explicació­n es una sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2016 que se refería a un pacto sucesorio en Galicia –idéntico al de Mallorca e Ibiza– que equiparaba la tributació­n del 1% de las herencias en vida a las herencias por causa de muerte si el hijo renunciaba a la legítima.

Hasta ese momento, un padre que dejaba una casa a su hijo en vida tenía que pagar entre un 19 y un 26% de IRPF, pero el aval del Supremo permitió al donante tributar el 1% (hasta 700.000 euros).

Desde entonces, las donaciones en vida han vivido una época dorada: 30 en 2014, a 812 en 2015; 2.040 en 2016; 3.999 en 2019, y 4.198 en 2020 en las Islas.

Alud de pactos Una sentencia del Supremo en 2016 disparó el número de operacione­s al avalar la reducción fiscal

«Es verdad que el hijo ya antes de 2016 podía pagar el 1% pero si al padre Hacienda le calculaba una ganancia y le hacía pagar un 20% de IRPF, el padre decía: ‘hijo, ya te lo dejaré cuando muera’», explica Del Campo, que cree que «no procede este castigo fiscal».

El Ministerio de Hacienda entiende que los padres se están valiendo de esta fórmula para dar las herencias a sus hijos y que luego éstos puedan vender sin generar la plusvalía. «Pero no hay fraude en estos negocios jurídicos», considera Del Campo, que reprocha al Gobierno que presuma siempre un ánimo de elusión de impuestos, sin tener en cuenta si el hijo vende «al cabo de una hora o cinco años después de heredar».

Por eso, cree que es «injusto» condiciona­r la venta del inmueble heredado a la muerte del donante y que esta ley antifraude no contemple «un plazo razonable para vender la herencia».

Aspectos positivos

Actualment­e con una esperanza de vida en España que supera los 80 años, Del Campo ve «positivo» que los padres puedan transmitir bienes a sus hijos en vida, cuando más lo puedan necesitar, «porque si lo dejas todo al fallecimie­nto, les llega cuando están próximos a la jubilación y menos falta les hace».

La nueva ley tiene en vilo a los herederos en trámite por miedo a la retroactiv­idad, ya que si se aprueba antes del 31 de diciembre deberán pagar igualmente el IRPF.

 ?? JAIME GARCÍA ?? La ministra de Hacienda, María Jesús Montero
JAIME GARCÍA La ministra de Hacienda, María Jesús Montero

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain