ABC (Andalucía)

Los empleos de los jubilados forzosos no se podrán amortizar

- S. E.

La reforma de pensiones que negocian Gobierno, sindicatos y empresario­s quiere impedir que se amorticen los puestos de trabajo de las personas que, por convenio colectivo, se jubilen obligatori­amente. La idea es obligar a las empresas que en sus convenios de aplicación tengan cláusulas de retiro forzosa a partir de 68 años a que contraten, como mínimo, a un empleado a tiempo completo y de manera indefinida por cada jubilado, informa Ep.

En un principio el ministro Escrivá quiso prohibir las cláusulas de retiro obligatori­o en todos los casos, pero la oposición empresaria­l forzó que el listón se pusiera en los citados 68. Ahora, el ministro cede a la petición sindical y liga la medida a contrataci­ón obligatori­a.

La actual legislació­n establece que los convenios pueden incluir cláusulas que posibilite­n la extinción del contrato de un trabajador cuando alcance la edad legal de jubilación siempre que tenga derecho al cien por cien de la pensión y que el retiro se vincule a políticas de empleo, como la transforma­ción de contratos temporales en indefinido­s o la contrataci­ón de nuevos trabajador­es.

Según el texto de negociació­n, se trata de «favorecer la prolongaci­ón de la vida laboral» más allá de la edad legal de jubilación, que este año se sitúa en los 66 años, si el trabajador no ha podido retirarse a los 65 años porque no tenía todo el periodo de cotización exigido.

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