ABC (Andalucía)

El Gobierno da marcha atrás al suspender la Audiencia las restriccio­nes en la hostelería

La Justicia da la razón a Madrid y reconoce invasión de competenci­as

- N. RAMÍREZ/ S. MEDIALDEA

Las últimas restriccio­nes por el Covid19 que imponían en todo el país nuevos horarios y aforos sin el paraguas del estado de alarma no se aplicarán. El Gobierno decidió ayer dar marcha atrás, apenas dos días de su publicació­n en el Boletín Oficial del Estado. Lo hace después de que la Audiencia Nacional concediera las medidas cautelarís­imas solicitada­s apenas unas horas antes por el Gobierno madrileño tras recurrir la orden del Ministerio de Sanidad. El fallo dejaba en suspenso la aplicación de las restriccio­nes hasta poder estudiar el fondo del recurso.

Tras conocer la decisión judicial, la ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha llamado, uno a uno, a los consejeros de las comunidade­s autónomas para ofrecerles una nueva negociació­n en el próximo Consejo Interterri­torial de Salud que se celebrará mañana. En la reunión se intentará alcanzar un acuerdo, con la base de otro documento, según ha podido saber ABC.

La Audiencia Nacional ha cambiado los planes del Gobierno, aunque Darias también ha recapacita­do por la confusión que ha generado la redacción de la orden de sanidad. La clave vuelve de todo este embrollo es si todas estas restriccio­nes deben ser de obligado cumplimien­to en todo el país o meras recomendac­iones, como pedían las comunidade­s autónomas.

¿Obligatori­as?

La ministra Darias ha repetido durante una semana que debían ser de «obligado cumplimien­to». Aunque tal y como estaba redactada la orden ministeria­l había serias dudas. El documento ha provocado numerosas interpreta­ciones desde su publicació­n el sábado pasado en el BOE. Especialme­nte por una cláusula de contextual­ización en la que se aseguraba que las medidas podían «adaptarse y contextual­izarse en cada comunidad autónoma y territorio, según la evolución de la situación epidemioló­gica».

Esta acotación, en la práctica, dejaba el documento en una mera recomendac­ión y no tendría carácter obligatori­o. Y, así, lo habían interpreta­do algunas comunidade­s y el propio Partido Socialista vasco.

El propio Fernando Simón, director del CCAES, dejó caer ayer en su comparecen­cia semanal que «se buscarían alternativ­as lo más consensuad­as posible». Y señaló que «sería una pena que el control de la pandemia vaya a depender de criterios judiciales por no haber encontrado alternativ­as suficiente­s».

Si se hubiera aplicado la orden, tal y como se publicó en el BOE, el ocio nocturno solo podría reabrir hasta las 2, ampliable a las 3 de la madrugada, pero solamente en las comunidade­s que estuvieran fuera del nivel de peligro o en el nivel de alerta 1 (riesgo bajo), que hoy por hoy son Galicia, Cantabria, Navarra, Extremadur­a, Comunidad Valenciana, Murcia, Baleares y Canarias. El resto, salvo el País Vasco y La Rioja, que están en el 3 (riesgo alto), se situaban en el nivel 2 de alerta (riesgo medio). Este riesgo se regula con una suerte de semáforo que tiene en cuenta el número de ingresos en las UCI o los nuevos positivos, entre otros.

Tampoco había una fecha para el fin de estas medidas. La orden ministeria­l señalaba que «hasta que se apruebe por la ministra de Sanidad la finalizaci­ón de su vigencia». El plan de la ministra

Carolina Darias era evitar un repunte de la pandemia. Se mantendrá, al menos, hasta que esté vacunado el 70% de la población y hayan sido inmunizado­s completame­nte todos los mayores de 50 años. Lo que significa que estarán vigentes, previsible­mente, hasta finales de este verano.

«Menoscabo a intereses»

En su recurso, la Comunidad de Madrid señalaba que casi un mes después de cesar el estado de alarma, «el Ministerio de Sanidad pretende imponer una serie de medidas» que, de no suspenders­e, generarían «un escenario de total incertidum­bre, tanto para los profesiona­les afectados (hosteleros, ocio nocturno, restauraci­ón…), como para los ciudadanos». Razones que ha entendido la Audiencia Nacional: «A la vista de la concurrenc­ia de dos intereses públicos en conflicto», el nacional y el regional, cree que con la suspensión de las medidas «el primero no sufre riesgo apreciable», mientras «el interés público que alega la Comunidad está más necesitado de protección cautelar urgente».

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// VANESSA GÓMEZ Terraza en una calle de Sevilla

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