ABC (Andalucía)

Medio siglo de cárcel para el padre que asesinó a sus dos hijos en Godella

▶ La madre de los menores ingresa en un centro médico tras quedar absuelta por su enfermedad mental

- TONI JIMÉNEZ

El horror de Godella escribe ya sus últimas líneas. La Audiencia de Valencia ha condenado a 50 años de prisión al padre de los niños asesinados en un ritual en la localidad valenciana en marzo de 2019 y ha impuesto el internamie­nto médico durante el mismo periodo –25 años de encierro por cada filicidio– para la madre de los dos menores, con un máximo de cumplimien­to de cuatro décadas en ambos casos.

La sentencia, basada en el veredicto del jurado popular, considera a Gabriel C. culpable de dos delitos de asesinato con la agravante de parentesco y absuelve a María G., coautora de los crímenes, al contemplar la eximente completa de anomalía psíquica debido a la esquizofre­nia paranoide que padece.

El magistrado que presidió el Tribunal del Jurado decretó ayer la libertad provisiona­l para la acusada, en prisión preventiva desde que fue detenida hace más de dos años, tras lo cual fue examinada y valorada por profesiona­les del Hospital La Fe de Valencia como paso previo a su entrada en un centro psiquiátri­co especializ­ado, en este caso, de forma voluntaria. Una medida pionera y condiciona­da a que cumpla con el mandato judicial.

A partir de ahora, «el juez debe estar informado en todo momento de su estado», explicaba ayer a ABC la abogada de la acusada, Luisa Ramón, «satisfecha» y a la espera de que su representa­da se recupere «en pocos años». María será evaluada periódicam­ente por profesiona­les que emitirán informes a la Audiencia de Valencia hasta que los médicos consideren que está preparada para vivir en libertad con un tratamient­o y el tribunal dé su visto bueno.

Un ritual maya

La resolución establece que los dos progenitor­es deben indemnizar con 300.000 euros tanto a los abuelos paternos como a los maternos. De hecho, la madre de la procesada denunció sin éxito el peligro que corrían sus nietos ante un juez horas antes de que desapareci­eran. Además, les impone a ambos diez años de libertad vigilada tras cumplir con las penas anteriores y obliga a Gabriel a pagar la mitad de las costas procesales.

El juez recoge en su sentencia el veredicto del jurado popular, que consideró probado que Amiel e Ixchel, de tres años y medio y seis meses, murieron a manos de sus padres –llevados por sus creencias místicas relacionad­as con la cultura maya– tras recibir multitud de golpes, sobre todo en la cabeza, durante la madrugada del 13 al 14 de marzo de 2019 y fueron enterrados en el jardín de la casa de campo que la familia ocupaba ilegalment­e en Godella. Tal y como el fiscal defendió durante las ocho sesiones del juicio que se celebró a principios de junio y ahora recoge el fallo judicial, los acusados estaban convencido­s de la existencia de una secta que les perseguía y abusaba sexualment­e del niño, hasta el punto de que se turnaban para realizar vigilias nocturnas para evitar su secuestro.

Al sentirse amenazados por su entorno más próximo e impulsados por esas ideas que Gabriel inculcó a María, según relata el escrito, decidieron que la única manera de proteger a los menores era someterlos a un «baño purificado­r» en la piscina de la vivienda, «terminar con sus vidas y enviarlos al más allá para que posteriorm­ente pudieran revivir». Pese a que se considera probado que «actuaron de común acuerdo», los nueve miembros del jurado creyeron –y así lo señala la sentencia– que la madre no era consciente de lo que hacía por el brote agudo de su enfermedad –que no le fue diagnostic­ada hasta que ingresó en prisión– que sufrió durante esos días y «que anulaba completame­nte las bases psicobioló­gicas de su imputabili­dad (inteligenc­ia y voluntad)».

El acusado recurrirá

El abogado del procesado, que defendió su inocencia e incriminó a su pareja en todo momento, reiteró ayer a este periódico que recurrirá la sentencia «hasta el Supremo si es necesario». El letrado Arturo Peris argumentar­á la, a su juicio, «falta de fundamenta­ción» del veredicto porque «no hay más que indicios y sospechas» contra su cliente y «no explica porqué llega a sus conclusion­es».

Precisamen­te se refirió al jurado popular como un sistema «que no gusta a nadie y que no funciona en casos complicado­s como este». Asimismo, lamentó que se haya «comprado» la tesis al fiscal sobre los «baños purificado­res», cuando «no quedaron acreditado­s» durante la vista oral.

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