Suspender ya no será un obstáculo para pasar de curso
▶ En Primaria se tendrá en cuenta la «madurez» y en ESO la «adquisición de competencias» para promocionar ▶ Se podrá obtener el título de ESO sin límites de suspensos y el de Bachillerato con una sin aprobar
La «mera consideración del número de materias superadas» dejará de ser el único criterio a tener en cuenta a la hora de pasar de curso. Ahora, se basará «principalmente» en la «consecución de objetivos y la adquisición de competencias».
Así se desprende del borrador de real decreto por el que se regula la evaluación y las condiciones de promoción de la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y el Bachillerato, al que ha accedido ABC. Este real decreto viene a ser el ‘aterrizaje’ de la Lomloe, más conocida como ‘ley Celaá’ en las aulas para el curso 2021-2022. En cualquier caso, el Ministerio de Educación aclaró a este periódico que el texto del real decreto «aún no está terminado» pese a que, al mismo tiempo, fue enviado a las comunidades autónomas.
El texto deja claro dos cuestiones en las que insiste una y otra vez: en primer lugar que la repetición es la última opción y, que la decisión sobre la promoción de curso y la titulación (en ESO y Bachillerato) será tomada de forma colegiada por los docentes.
Educación Primaria
En el caso de Primaria no se menciona de manera expresa que las materias suspendidas no serán el único criterio para que se pase de curso. Sin embargo, se deja claro que «se accederá al curso o a la etapa siguiente cuando el equipo docente estime que los aprendizajes que, en su caso, no se hubieran alcanzado no impiden al alumno seguir con aprovechamiento su formación. En todo caso, promocionarán quienes, a juicio del equipo docente, hayan alcanzado el desarrollo de las competencias básicas y el adecuado grado de madurez».
En ESO el real decreto insiste en la idea de la adquisición de competencias que ya se menciona en Primaria. «Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro serán adoptadas (...) atendiendo a la consecución de los objetivos, al grado de adquisición de las competencias establecidas y a la valoración de las medidas que favorezcan el progreso del alumno o la alumna». Si bien se señala que promocionarán quienes tengan evaluación negativa en una o dos materias, se deja claro a continuación que suspender no será el único criterio tenido en cuenta para promocionar: «En ningún caso, el número o la combinación de materias no superados pueda ser la única circunstancia a tener en cuenta en la decisión sobre la promoción».
Para obtener el título en ESO se mantiene la vía habitual (aprobar todas las materias) pero también se puede conseguir «con una o más materias» con evaluación negativa siempre que «a juicio del equipo docente, las competencias básicas y los objetivos de la etapa» hayan sido alcanzados por el alumno. Y esto se refuerza con el párrafo siguiente que señala, otra vez, que el número de materias con evaluación negativa no son el único criterio para otorgar el título. En el caso de Bachillerato, los alumnos pasarán de primero a segundo cuando hayan superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias, como máximo. Para obtener el título será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos pero si el equipo docente así lo considera se podrá obtener con una suspensa (aunque se establecen una serie de condiciones para ello). Esta es una de las novedades de la Lomloe que más polémica ha generado.
Al obtener el título de Bachillerato con una suspensa significa que los alumnos que cursen Selectividad el año que viene se enfrentarán a esta prueba habiendo suspendido. El decreto señala que se «limita el recurso a la repetición escolar, favoreciendo en cambio el establecimiento de mecanismos de apoyo y refuerzo». Así, en Primaria se podrá repetir una vez. En ESO se permite una única repetición o dos si no se hubiese repetido en Primaria. Excepcionalmente se permitirá una repetición más en 4º de la ESO «siempre que el equipo docente considere que esta medida favorece la adquisición de las competencias establecidas para la etapa».
La ‘ley Celaá’ con la ‘ley Wert’
Lo que sorprende de estos nuevos criterios es que se quieran implantar ya en el curso 21-22 con las asignaturas y la estructura de la ‘ley Wert’ dado que el nuevo currículo no está elaborado ni entra en aplicación hasta el curso 2223.
La reacción al real decreto no se hizo esperar. El consejero de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid, Enrique Ossorio dijo que «lanzar ese mensaje continuo de que se puede titular con suspensos, que no hay que repetir, que se puede aprobar con las máximas facilidades creemos que es un error». «No puede ser igual aprobar que suspender; esforzarse o no esforzarse», resumió el consejero de Educación de la
Xunta, Román Rodríguez. El presidente de la Región de Murcia compartió la noticia de ABC en su cuenta de Twitter y se preguntó «cómo, quién y bajo qué parámetros se determinará esa «madurez» de la que hablan».
Pero los expertos también lo han condenado. «En el fondo, se les está diciendo a los niños pobres: "Tú, para qué te vas a esforzar, si después vas a trabajar de cualquier cosa". Sin embargo, a los niños no los engañamos, saben que no hay nada más humillante que un elogio desmerecido», apunta el pedagogo Gregorio Luri. Ismael Sanz, vicerrector de Calidad de la Universidad Rey Juan Carlos no entiende la obsesión de Educación por la no repetición: «El porcentaje de alumnos que con 15 años había repetido en al menos una ocasión era en 2006-07 del 42,6%. Desde entonces ha bajado todos los años (14 seguidos) hasta llegar al 28,9% del 2019-20». Para Lucas Gortázar, director de Investigación de EsadeEcPol, «la nueva medida elimina la prevalencia del criterio de contar número de asignaturas suspensas, y otorga todo el poder al equipo docente. Contar aprobados y suspensos para decidir la repetición no es la norma en otros países, es la excepción»..