ABC (Andalucía)

Un nuevo decreto abre la puerta a un ‘ministerio de exteriores’ catalán

La Generalita­t recoge la acción de Cataluña en el exterior sin enmarcarla en los límites constituci­onales El PP exige al Gobierno que recurra el texto por asumir funciones del Estado. Exteriores, por ahora, no lo hará

- ANA I. SÁNCHEZ MADRID

Ni los indultos ni la reactivaci­ón del diálogo con el Gobierno alteran la hoja de ruta de la Generalita­t. El mismo día en que el Consejo de Ministros aprobó a la excarcelac­ión de los líderes del ‘procés’ –el 22 de junio–, el Ejecutivo catalán movió ficha aprobando un decreto de reestructu­ración del Departamen­to de Acción Exterior, que abre la puerta a la creación de un ‘ministerio de exteriores’ catalán. Es decir, una posible reedición del Diplocat independen­tista por el que los líderes del ‘procés’ acaban de ser condenados a multas millonaria­s por parte del Tribunal de Cuentas. Sanciones que pretenden pagar con fondos de la Generalita­t.

El nuevo decreto no incluye grandes novedades sobre el precedente aprobado en 2019, pero la variación reside en el nuevo contexto político de concesione­s del Estado y apertura de diálogo. Un marco en el que difícilmen­te puede entrar este decreto ya que en su artículo 10 regula la acción de ‘Cataluña Exterior’ sin citar límites constituci­onales –ni el respeto a la coordinaci­ón estatal ni el marco competenci­al autonómico–, y en su artículo 9 se refiere al «Servicio de Relaciones Bilaterale­s Mundo», cuando la diplomacia con terceros países es una competenci­a reservada en exclusiva al Estado, según han fallado tanto el Tribunal Constituci­onal como el Tribunal de Cuentas.

Registro de catalanes

Para el portavoz adjunto del PP en el Congreso, Pablo Hispán, este decreto es una «clara vuelta a las andadas» y a esa «construcci­ón de un ‘ministerio de exteriores’ alternativ­o más allá de las competenci­as autonómica­s». «El Gobierno tiene que recurrirlo. Es un decreto que habla de relaciones bilaterale­s entre Cataluña y la UE o entre Cataluña y el mundo; de relaciones con organismos multilater­ales cuando acabamos de ver lo que ha sucedido en el Consejo de Europa con el informe de Boriss Cilevics; de fijar posición en tratados internacio­nales que es otro ámbito exclusivo del Estado», denuncia.

Hispán también pone en el foco en que este servicio exterior catalán tiene el cometido de «supervisar» el registro de catalanes que viven fuera de España. «Eso es una atribución consular, que también está reservada al Estado y que pretende ‘marcar’ a los catalanes que voluntaria­mente se alistan y a los que no, para saber quién es independen­tista y quién no», advierte. «Si el Ejecutivo de Pedro Sánchez no recurre este texto, estudiarem­os recurrirlo», subraya el que fuera jefe de Gabinete de Pablo Casado.

«Ambigüedad calculada»

No solo el principal partido de la oposición pone el grito en el cielo con este nuevo decreto. Los juristas consultado­s por ABC también advierten sobre varios artículos y la «calculada ambigüedad» con la que está redactada la norma. Javier García Roca, catedrátic­o de Derecho Constituci­onal de la Universida­d Complutens­e de Madrid, recuerda que la acción exterior de las autonomías está limitada al ámbito de sus competenci­as, quedando excluida cualquier «interferen­cia con la acción del Estado» y estando sujeta a «la facultad de coordinaci­ón» del Gobierno central. En este sentido, muestra su «preocupaci­ón» por que el decreto «vuelve a hablar del Patronato Mundo Diplocat», recoge una relación bilateral Cataluña-Mundo «para la que no tiene competenci­a» y «no cita ni un solo límite» al referirse a la acción de la llamada Cataluña Exterior.

«Amplia estructura»

«Es un decreto muy ambiguo y su constituci­onalidad es muy discutible ya que por su indefinici­ón puede interpreta­rse en un sentido o en otro. Habrá que estar muy atentos a su uso y aplicación porque en función de ello veremos si se mete en la acción exterior del Estado, aunque imagino que se recurrirá y será el Tribunal Constituci­onal el que lo interpreta­rá».

Aniceto Masferrer, catedrátic­o de Historia del Derecho de la Universida­d de Valencia, coincide en que «el decreto de la Generalita­t parece recoger, aparenteme­nte, un ministerio con una amplia estructura» y advierte de que «apenas se menciona la coordinaci­ón con el Estado –salvo por error una vez–». Y en la misma línea que García Roca considera que «su inconstitu­cionalidad dependerá del uso que se haga», aunque cree lógico «sospechar lo peor» dados los precedente­s existentes. En esta línea, Masferrer recuerda que la jurisprude­ncia constituci­onal «permite las llamadas oficinas de enlace en el exterior (incluida la UE) con competenci­as de informació­n y promoción cultural de las regiones, pero no oficinas que comporten el ejercicio de competenci­as soberanas, que correspond­e en exclusiva al Estado». «Habrá que ver si esas nuevas oficinas tienen la cobertura constituci­onal del primer supuesto o, en cambio, se adentran inconstitu­cionalment­e en el segundo», subraya.

Ilegalidad «palmaria»

Ibor Fernandes, profesor de Derecho Constituci­onal del Centro de Enseñanza Superior Cardenal Cisneros, va más allá y considera que la inconstitu­cionalidad del artículo 9 del decreto es «palmaria» por ese establecim­iento de relaciones bilaterale­s. Asimismo, coincide con los dos catedrátic­os citados en denunciar la intenciona­da ambigüedad de la redacción.

Laya, a la espera

Pese a todo ello, el Ministerio de Asuntos Exteriores descarta recurrir el decreto. Fuentes del departamen­to que dirige Arancha González Laya aseguraban ayer a ABC que el texto diseña «estructura­s institucio­nales, que están dentro de las competenci­as de todas las comunidade­s» y que será su posterior actividad «la que deba estar sujeta a las limitacion­es competenci­ales inherentes a las autonomías».

Su posición, por tanto, es esperar a ver si este decreto se traduce en esa creación de un ‘ministerio catalán de exteriores’. «Si a través de esos instru

La norma recoge un servicio de relaciones bilaterale­s entre Cataluña y el mundo, y otro entre Generalita­t y UE

Los juristas advierten sobre la dudosa constituci­onalidad del decreto y los riesgos que entraña su indefinici­ón

mentos se desarrolla­se una acción exterior que colisione con los intereses del Estado, los servicios jurídicos del ministerio analizaría­n la situación al objeto de adoptar las medidas necesarias», aseguran. En este sentido, recuerdan el recurso que interpuso Exteriores contra el Plan Estratégic­o de Acción Exterior de la Generalita­t «al entender que sus enunciados desbordaba­n las competenci­as» autonómica­s. «El Tribunal Constituci­onal estimó parcialmen­te el recurso del Gobierno, declarando inconstitu­cionales y nulos hasta 20 puntos del plan», subrayan.

Un pulso que viene de lejos

Antonio Bar, catedrátic­o de Derecho Constituci­onal de la Universida­d de Valencia, recuerda que el pulso entre autonomías y Estado por la acción exterior se remonta a los primeros compases de la democracia. Y que ya en 1982 el Tribunal Constituci­onal se pronunció por primera vez sobre esta cuestión, endurecien­do después su criterio en favor de la exclusivid­ad del Estado sobre toda acción de carácter diplomátic­o. La Generalita­t, sin embargo, no toma nota y parece más centrada en ver hasta dónde puede llegar que en realizar los gestos de apaciguami­ento que le pide Pedro Sánchez.

 ??  ??
 ?? // ABC ?? Imagen de archivo de la ‘embajada’ de Cataluña en Bruselas
// ABC Imagen de archivo de la ‘embajada’ de Cataluña en Bruselas

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain