ABC (Andalucía)

Balaguer: «La sentencia provoca perplejida­d e insegurida­d jurídica»

- N. V.

La sentencia del Tribunal Constituci­onal «puede producir cierta perplejida­d y, a mi juicio, generar más insegurida­d jurídica de la que intenta combatir», pero no se puede cuestionar su legitimida­d pese a haber sido deseable «una mayoría más amplia» para aprobar la inconstitu­cionalidad del confinamie­nto. Así lo asegura la magistrada progresist­a María Luisa Balaguer en su voto particular, notificado, como la sentencia, el lunes por la noche.

A juicio de esta magistrada la sentencia de la alarma «exigía un esfuerzo argumental importante», al tratarse de «la primera vez en que una situación de estas caracterís­ticas era sometida a juicio de constituci­onalidad». Lamenta que no haya sido posible alcanzar «una argumentac­ión asumible para una mayoría más amplia de magistrado­s» y que hayan polarizado de forma tan «extrema» las posturas de los miembros del tribunal. Sin embargo, «una lectura acerca de su posible déficit de legitimaci­ón no sería, a mi juicio, apropiada».

Balaguer sostiene que «es difícil» aceptar como contraria a la Constituci­ón una legislació­n que ha permitido, «de una manera rápida y eficaz, arbitrar medidas sociales efectivas de cara a proteger bienes jurídicos tan importante­s como la vida y la salud de las personas», medidas que, recuerda, también tomaron países de nuestro entorno.

A diferencia de lo que opina la mayoría, considera que la situación de marzo de 2020 «no vino provocada por ninguna alteración previa del or

den público que condiciona­ra la prestación del servicio público sanitario». La razón del confinamie­nto domiciliar­io no era recuperar el orden público, ni el correcto funcionami­ento de los servicios públicos, sino «evitar los contagios exponencia­les», una medida estrictame­nte sanitaria, por tanto, cuya finalidad única es «prevenir la pérdida de vidas humanas».

La magistrada progresist­a considera que las medidas que se tomaron fueron «idóneas y proporcion­ales» a la gravedad de la situación. El confinamie­nto, dice, estaba directamen­te destinado a controlar la progresión de la enfermedad, es decir, a proteger preventiva­mente la vida y salud de los ciudadanos.

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