ABC (Andalucía)

La Audiencia Nacional archiva la querella contra Gali por genocidio

► Pedraz considera los hechos prescritos y que la acusación ha forzado este delito

- N. VILLANUEVA

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz acordó ayer el archivo de la querella de la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos (Asadeh) contra el líder del Frente Polisario Brahim Gali por delitos de genocidio en relación con hechos presuntame­nte cometidos contra ciudadanos marroquíes entre 1975 y 1990. El magistrado considera que los hechos estarían prescritos y que no se ha acreditado la comisión del delito de genocidio, así como que los testimonio­s de los testigos contradice­n las afirmacion­es de la querella.

La querella se presentó en el año 2008 contra trece militares marroquíes por delitos de genocidio en concurso con asesinato, lesiones, detención ilegal, terrorismo, torturas y desaparici­ones presuntame­nte cometidas entre 1975 y 1990. El juez explica en su escrito que, en virtud del Código Penal vigente (el de 1973) en la época en la que se cometieron los hechos, los delitos estarían prescritos al haber excedido los 20 años previstos en la ley. Recuerda, además, que ese Código Penal no contemplab­a la regulación del delito de genocidio imputado en la querella y que fue el Código Penal de 1995 el que incorporó este delito y lo declaró imprescrip­tible.

Argumentac­ión

No obstante, Pedraz añade que, sin necesidad de analizar si los hechos podrían constituir el delito de genocidio, las conductas expuestas en la querella no integran todos los elementos que requiere este tipo delictivo; esto es, «la intención conjunta que guía según la querella a los asesinatos y torturas a los disidentes de destruir total o parcialmen­te el propio grupo nacional al que pertenecen. No hay rastros de esos subgrupos en los que dividen al Pueblo Saharaui según su localizaci­ón geográfica», explica. A su juicio, se trata de forzar la norma penal para lograr la calificaci­ón indicada y evitar la aplicación de la figura de la imprescrip­tibilidad del delito de genocidio contemplad­o en el Código Penal actual.

Por último, el magistrado comparte con la defensa de Gali las contradicc­iones en las que incurren los testimonio­s de los testigos que han declarado a lo largo de la instrucció­n en relación con las afirmacion­es que figuran en la querella sobre la participac­ión de Gali en los hechos.

Mientras, otra investigac­ión judicial relacionad­a con Gali avanza con paso firme. En apenas dos meses, un juez de Zaragoza ha puesto al descubiert­o cómo se articuló desde el Gobierno la entrada furtiva en España del líder del Frente Polisario. El Ejecutivo de Sánchez quería ocultar la presencia de Gali, pero trascendió. Tras hacerse pública, el abogado malagueño Antonio Urdiales presentó una denuncia ante los juzgados de Zaragoza.

El caso cayó en manos de Rafael Lasala, juez de Primera Instancia e Instrucció­n, que decidió investigar. Y, en siete semanas, ha logrado que la cúpula de Exteriores haya admitido que amparó esa entrada furtiva de Gali, que se cursaron instruccio­nes a través del Estado Mayor del Ejército del Aire para que no sometieran al líder del Polisario al control de Pasaportes, y que en el origen de esa cadena estuvo Camilo Villarino, que era director de gabinete de la ministra de Exteriores, Arancha González Laya. Tras la confesión de Villarino –que sostiene que se cumplió la legalidad–, ahora queda saber si actuó por iniciativa propia o siguiendo órdenes.

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Brahim Gali, líder del Frente Polisario

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