La ley de Memoria olvida a las víctimas del comunismo
La norma alude de forma explícita al franquismo y al nazismo, pero evita otros totalitarismos El texto corrige parte de los errores detectados en el anteproyecto que dejó la exvicepresidenta Calvo
El Proyecto de Ley de Memoria Democrática, aprobado el pasado mes de julio por el Consejo de Ministros y preparado ya para su debate en las Cortes, nace con el «deber moral» de «reparar y reconocer la dignidad de las víctimas de toda forma de violencia intolerante y fanática». El texto se centra fundamentalmente en aquellas personas que padecieron la Guerra Civil, la posguerra y el franquismo, pero también es sensible con los deportados a campos de concentración nazis. Sin embargo, no hace una sola mención a quienes sufrieron el estalinismo u otros regímenes totalitarios de ideología comunista en la segunda mitad del siglo XX en Europa.
Uno de los puntos fuertes de la norma, en fase de enmiendas hasta el 17 de septiembre, es el título dedicado a las víctimas. Según la categorización que marca el artículo 3, encaja toda persona que haya sufrido cualquier daño –físico, moral, psicológico o patrimonial– en el periodo que abarca desde el golpe de Estado de 1936 a la entrada en vigor de la Constitución de 1978. Así, en líneas generales se refiere a los fallecidos, desaparecidos, exiliados, perseguidos o represaliados por su condición política, sexual o religiosa durante la Guerra Civil y la dictadura, pero amplía la consideración más allá de nuestras fronteras.
Del tercer apartado de este artículo se deduce que se reconocerán como víctimas a quienes fueron deportados y sufrieron en campos de concentración fuera de España, pero lo cierto es que solo se menciona expresamente al nazismo y no se hace lo propio con los gulag soviéticos.
Símbolos y calles
«Las personas que padecieron deportación, trabajos forzosos o internamientos en campos de concentración, colonias penitenciarias militarizadas, dentro o fuera de España, y padecieron torturas, malos tratos o incluso fallecieron como consencuencia de la Guerra
y la Dictadura, especialmente los españoles y españolas deportados en los campos de concentración nazis», expone la ley.
Lo mismo sucede con el precepto encargado de los símbolos contrarios a la memoria democrática, recogido en el artículo 35. La ley señala como susceptibles de este extremo los escudos, placas, insignias u otros elementos situados en edificios públicos o en la calle que supongan una exaltación de la sublevación militar o de la dictadura, así como las referencias en topónimos, en el callejero o en las denominaciones de centros públicos. La consideración, no obstante, trasciende de España y cita directamente las «unidades civiles o militares de colaboración entre el régimen franquista y las potencias del eje durante la Segunda Guerra Mundial». Pero ni rastro de la URSS o de alguna de las dictaduras comunistas.
Tampoco lo hace en lo relativo a la investigación sobre el exilio y la memoria democrática de las mujeres, regulado en el artículo 46. De nuevo, solo alude de forma expresa a los campos de concentración alemanes▶ «La Administración General del Estado impulsará actividades de investigación y difusión sobre el exilio, la resistencia fuera de España y la deportación española a los campos de concentración nazis, con el fin de dar a conocer las trayectorias individuales y colectivas de quienes lo padecieron y sus lugares de memoria, así como su aportación a la restauración de la democracia española y al desarrollo de los países en los que residieron, especialmente de los artistas y trabajadores de la cultura».
La norma, además, establece en su artículo 48 la divulgación de estas investigaciones, pero solo prevé impulsar «el conocimiento del exilio, la resistencia fuera de España y la deportación española en campos de concentración nazis»
El proyecto de ley, aprobado con Félix Bolaños al frente del Ministerio de Presidencia, Relación con las Cortes y Memoria Democrática, trufa la exposición de motivos con informes y resoluciones del Consejo de Europa sobre memoria histórica, como la referente a la represión de la posguerra y la dictadura, adoptada en París el 17 de marzo de 2006; o la del 2 de abril de 2009, sobre construir una identidad europea en torno a los valores democráticos y contra toda forma de totalitarismo.
Sin embargo, también ignora por completo la Resolución del Parlamento Europeo, de 19 de septiembre de 2019, sobre la importancia de la memoria histórica para el futuro de Europa, que hace una condena expresa del estalinismo. Este acuerdo, aunque no es vinculante, destaca la «necesidad urgente de sensibilizar sobre los crímenes perpetrados por el estalinismo y otras dictaduras, evaluarlos moral y jurídicamente, y llevar a cabo investigaciones judiciales sobre ellos».
La ausencia de estas referencias deja un vacío para decenas de españoles que sufrieron en los gulag y cuya experiencia está documentada. Sirva como ejemplo el trabajo de la politóloga e historiadora Luiza Iordache Cârstea, que en su libro ‘Cartas desde el gulag’ (Alianza editorial) da cuenta del horror que pasaron cerca de 345 republicanos españoles que, tras exiliarse, acabaron en los campos de reeducación soviéticos pasada la Segunda Guerra Mundial.
Algunos historiadores consideran esta omisión como la constatación de un interés meramente político por parte del Gobierno. «Trata de usar y retorcer el pasado para legitimar causas políticas del presente, en concreto de los partidos socialista, comunista y los diversos nacionalistas», opina Roberto Villa, profesor de Historia Política en la URJC. Villa, en ese sentido, critica la «memoria amnésica» de esta ley respecto al pacto germanosoviético, la Guerra Fría y la lucha de las democracias frente al totalitarismo soviético.
Correcciones
El texto definitivo ha corregido solo una parte de los errores e imprecisiones jurídicas con los que contaba el anteproyecto que dejó Carmen Calvo antes de su cese. Como informó ABC,
En el proyecto de ley no existe una sola cita directa al horror vivido en los gulag soviéticos
Aunque el texto alude a varias resoluciones del Consejo de Europa, no incluye la de septiembre de 2019, que hace una condena expresa del estalinismo
la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa, dependiente de Presidencia, detectó numerosas deficiencias de fondo y forma, desde erratas a preceptos de difícil encaje jurídico, especialmente en el censo de víctimas.
Se han cambiado algunas cuestiones como la referente a la consideración de las víctimas, que en el texto inicial se limitaba a «los españoles y españolas» y supeditaba esta condición a la nacionalidad. No obstante, otros preceptos que presentaban dudas no se han subsanado, como la indefinición en torno a los motivos de los exiliados o la declaración de nulidad de las resoluciones firmadas durante la Guerra Civil y el franquismo, que como señaló la Oficina de Calidad Normativa podrían dar pie a un aluvión de resoluciones contra el Estado.
Si bien el informe señaló también que la ley de Memoria Democrática ahondaba en aspectos ya regulados y se arrogaba competencias de los ayuntamientos y las comunidades autónomas, como las denominaciones en el callejero, los artículos relativos a esta cuestión no se han modificado. Tampoco sobre la privación de subvenciones, pese a que se advirtió de que podría colisionar con los derechos de libertad ideológica y opinión.