ABC (Andalucía)

La Audiencia Nacional avala a Marlaska y falla que el cese de Pérez de los Cobos fue legal

Revoca la sentencia que tumbó su destitució­n porque la pérdida de confianza es motivo suficiente

- ISABEL VEGA MADRID

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencios­o Administra­tivo de la Audiencia Nacional revocó ayer la sentencia que había tumbado el cese del coronel Diego Pérez de los Cobos al frente de la Comandanci­a de Madrid de la Guardia Civil. El fallo, alcanzado por unanimidad, establece que su destitució­n se ajustó a derecho y no implicó, como decía la primera instancia, una desviación de poder, porque la pérdida de confianza es «motivación suficiente» para apartar a alguien de un cargo cuya elección es discrecion­al. El coronel va a recurrir, según avanzaron ayer a ABC en fuentes de su entorno.

La resolución daba así la razón al ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, quien se vio en un brete cuando el pasado mes de marzo el juez Celestino Salgado puso por escrito que el cese de Pérez de los Cobos era ilegal y fue consecuenc­ia de que él se negó a informar de las investigac­iones que llevaban sus hombres en una causa en un juzgado de Madrid. Las mismas sobre las que la instructor­a había impuesto deber de reserva. La Abogacía del Estado, en nombre de Interior, recurrió en apelación la decisión. Su principal argumento fue que la jefatura de la Comandanci­a es un puesto discrecion­al que se nombra y cesa siguiendo criterios de idoneidad y de confianza. En este caso, decía, se había perdido esa confianza en Pérez de los Cobos, a quien no se exigía informació­n del contenido de actuacione­s judiciales, sino reportes sobre el estado de las mismas.

La Sala, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Jesús Nicolás García Paredes, asume esta misma tesis. Entiende que no hubo desviación de poder porque se trata de un puesto discreccio­nal y «la extinción» de la confianza por la que se acuerda el nombramien­to puede desencaden­ar el cese, siempre y cuando esté motivado.

No informar del desarrollo

En este caso, los magistrado­s consideran que la pérdida de confianza se produjo por la «’no informació­n’ del ‘desarrollo’, no del contenido, de ‘investigac­iones y actuacione­s’ llevadas a cabo por la Guardia Civil; todo ello, en el amplio y, a veces, confuso ‘marco operativo y de Policía Judicial’». Es decir, asume la tesis de que a Pérez de los Cobos se le pedían reportes sobre la forma, no sobre el fondo de aquel asunto, la causa que se abrió y luego cerró sobre la celebració­n de la gran manifestac­ión del 8-M en Madrid el año pasado, en ciernes del estado de alarma.

Y eso, que tras analizar la legislació­n y la jurisprude­ncia del Tribunal Supremo en este tipo de casos, concluye que una resolución de cese en un puesto discreccio­nal ajustada a derecho «no exige precisar aquello que ha motivado la pérdida de confianza». «Es en esta circunstan­cia en la que, precisamen­te, se funda la discrecion­alidad del cese que constituye una de las caracterís­ticas propias de este tipo de puestos», razona la sentencia.

Otra cosa sería entrar en el campo de la arbitrarie­dad, que sería ilegal y no es el caso, a juicio de la Sala de lo Contencios­o, porque al final, la resolución, aunque no concrete los razonamien­tos de fondo, sí puede considerar­se motivada. «Los requisitos de motivación han quedado observados al exponerse la causa de la pérdida de la confianza, que fue esencial en el nombramien­to», dice la sentencia, que añade: «Es suficiente con la pérdida de confianza sin necesidad de valorar si la misma tiene razón de ser, siendo este el significad­o de que el cese sea discrecion­al».

Apunta, además, que «habiendo quebrado la confianza, no tiene sentido la declaració­n de reincorpor­ación al destino, manteniend­o al interesado en el mismo e imponiendo una relación profesiona­l sustentada, además de en motivos reglados (idoneidad), también, en esa circunstan­cia subjetiva, es decir, por la pérdida de la confianza, cualidad que acompaña y mediatiza el nombramien­to para dicho cargo y destino».

La sentencia no es firme y Pérez de los Cobos tiene intención de recurrir en casación ante el Supremo. Sin embargo, da aire a Grande-Marlaska, a quien tanto la oposición como colectivos diversos reclamaron la dimisión cuando en primera instancia se declaró ilegal el cese. Sobre todo, porque lo que denunciaba el coronel es que sus superiores querían que informase del contenido de las averiguaci­ones de los guardias civiles que investigab­an aquel asunto, en el que estaba imputado el delegado del Gobierno en Madrid por no haber impedido el 8M.

«Es suficiente con la pérdida de confianza sin necesidad de valorar si la misma tiene razón de ser. Eso significa discrecion­al»

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// JAIME GARCÍA El ministro del Interior, el martes en el Círculo de Bellas Artes

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