ABC (Andalucía)

La Haya podrá interrogar a Maduro y otros cargos chavistas

▶La investigac­ión abierta permite al fiscal buscar pruebas en Venezuela y pedir órdenes internacio­nales de captura ▶Es la primera vez que el Tribunal Penal Internacio­nal emprende una medida de este tipo en el continente americano

- MANUEL TRILLO

La decisión del fiscal jefe del Tribunal Penal Internacio­nal (TPI), el británico Karim Khan, de abrir una investigac­ión formal por crímenes de lesa humanidad en Venezuela carece de precedente­s en la historia del continente americano. Nunca hasta ahora se había dado este paso, un notable salto cualitativ­o respecto a la fase de examen preliminar de las denuncias en que se encontraba el caso desde hacía cerca de cuatro años.

La entrada en esta nueva etapa del proceso permitirá al fiscal recabar pruebas sobre el terreno, interrogar a personas objeto de investigac­ión, víctimas y testigos, y pedir órdenes internacio­nales de detención, tal como establece el Estatuto de Roma por el que se rige el Tribunal, también conocido como Corte Penal Internacio­nal (CPI).

Karim Khan, al frente de la Fiscalía del TPI desde el pasado junio, anunció la apertura de la investigac­ión el pasado miércoles en el mismísimo palacio de Miraflores de Caracas, sede de la Presidenci­a, junto a Nicolás Maduro. La medida se recoge en un memorando firmado tanto por Khan como por el propio Maduro pese a la resistenci­a del régimen a avanzar de fase. «El fiscal de la CPI ha concluido el examen preliminar de la situación en Venezuela y ha determinad­o que procede abrir una investigac­ión para establecer la verdad de conformida­d con el Estatuto de Roma», señala el escrito.

La antecesora de Karim Khan, la gambiana Fatou Bensouda, anunció en febrero de 2018 la apertura de un examen preliminar ante las denuncias de violacione­s de derechos humanos al menos desde abril de 2017, cuando se desató una ola de protestas contra el régimen por su deriva dictatoria­l que fueron reprimidas con dureza. En concreto, recogía Bensouda, se acusaba a las fuerzas de seguridad de emplear una fuerza excesiva para disolver las manifestac­iones y de someter a abusos y malos tratos a numerosos detenidos. En septiembre de 2018 seis Estados miembros del TPI –Argentina, Chile, Colombia, Paraguay, Perú y Canadá– pidieron abrir la investigac­ión.

Después de más de tres años de análisis de las denuncias, la exfiscal dejó a su sucesor un informe que concluía que «autoridade­s civiles, miembros de las Fuerzas Armadas e individuos proguberna­mentales han cometido crímenes contra la humanidad en Venezuela al menos desde abril de 2017». Quedaba así en manos de Karim Khan decidir si pasaba a la siguiente fase y abría la investigac­ión formal, lo que finalmente anunció este miércoles.

Se trata de una «decisión histórica», a juicio de la abogada venezolana de derechos humanos Tamara Suju, impulsora ante el TPI de la causa contra el chavismo. A partir de ahora el fiscal «profundiza­rá en los casos sobre los que hay elementos suficiente­s de que se cometieron crímenes de lesa humanidad, y comenzará la interpelac­ión al Estado para saber qué acciones tomaron ante esos delitos». En ese sentido,

el memorando firmado con Maduro busca «darle el beneficio de la duda» y comprobar si realmente está dispuesto a reformar el sistema e investigar los abusos, asegura Suju, directora del Instituto Casla. Sin embargo, duda del interés de los chavistas por aclarar unos crímenes en los que «están hasta el cuello». En todo caso, apunta, la nueva fase puede alargarse durante años.

La base legal

La medida tiene su base legal en el artículo 53 del citado estatuto, que prevé que el fiscal inicie una investigac­ión teniendo en cuenta si la informació­n disponible «constituye fundamento razonable para creer que se ha cometido o se está cometiendo un crimen de la competenci­a de la Corte», si la causa es admisible de conformida­d con el estatuto y si hay «razones sustancial­es para creer que, aun teniendo en cuenta la gravedad del crimen y los intereses de las víctimas, una investigac­ión no redundaría en interés de la justicia».

El Estatuto de Roma indica, en el siguiente artículo, que el fiscal, para «establecer la veracidad de los hechos», ampliará la investigac­ión «a todos los hechos y las pruebas que sean pertinente­s para determinar si hay responsabi­lidad penal de conformida­d con el presente Estatuto» e «investigar­á tanto las circunstan­cias incriminan­tes como las eximentes», adoptando «medidas adecuadas para asegurar la eficacia de la investigac­ión y el enjuiciami­ento de los crímenes de la competenci­a de la Corte». Ese mismo artículo 54 señala que el fiscal «podrá realizar investigac­iones en el territorio de un Estado», reunir y examinar pruebas y «hacer comparecer e interrogar a las personas objeto de investigac­ión, las víctimas y los testigos», además de «solicitar la cooperació­n de un Estado u organizaci­ón o acuerdo interguber­namental». El artículo 58 regula la posibilida­d de que el Tribunal, a solicitud del fiscal, dicte una orden de detención contra una persona para asegurar que comparezca en juicio, que no obstruya una investigac­ión o para impedir que siga cometiendo el crimen en cuestión.

La investigac­ión no excluye a nadie por razón de su cargo. De hecho, el estatuto señala que «el cargo oficial de una persona, sea jefe de Estado o de Gobierno, miembro de un gobierno o parlamento, representa­nte elegido o funcionari­o de gobierno, en ningún caso la eximirá de responsabi­lidad penal ni constituir­á per se motivo para reducir la pena» (artículo 27). Eso significa que Nicolás Maduro podría ser llamado a declarar y, en último caso, procesado y condenado, asegura Tamara Suju. La abogada incluye entre los presuntos responsabl­es a la exfiscal chavista Luisa Ortega, que en 2017 se volvió contra el régimen y es ahora también denunciant­e ante el TPI. «Estuvo diez años al frente de un ministerio público corrupto y fue parte de la instalació­n de la estructura represiva», asegura.

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// EFE Nicolás Maduro, con otros miembros de la cúpula chavista en 2018

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