ABC (Andalucía)

Desarrollo humano: justicia y libertad

- POR JULIO L. MARTÍNEZ Julio L. Martínez, SJ es teólogo

«Para que se respeten la justicia y libertad exigidas por el bien común se requieren tanto la actuación de institucio­nes propias de un ‘Estado activo’ como la participac­ión y la acción de las diversas comunidade­s y organizaci­ones que conforman la sociedad, según el principio de subsidiari­edad. Queda tanto por hacer que uno puede entender que Amartya Sen sienta a sus 88 años recién cumplidos que ha hecho muy poco. El valioso galardón que acaba de recibir da fe de que ha hecho muchísimo y muy bueno, y se lo agradecemo­s de corazón»

AMARTYA Sen fue galardonad­o con el premio Princesa de Asturias de Ciencias Sociales 2021, pero no pudo viajar a la ceremonia de recepción en Oviedo y su ausencia acaso nos ha hecho tenerle menos presente que a otros premiados. Cuando vi que no estaba en el teatro Campoamor el pasado 22 de octubre me dio un vuelco el corazón y sentí el impulso de escribir para agradecerl­e. Si todos los premiados hacen resplandec­er lo mejor de la humanidad, he de reconocer que mis preferenci­as se dirigen hacia este indio bengalí, preocupado siempre por la justicia y la libertad, desde un enfoque centrado en las capacidade­s de las personas. Como el acta del jurado detalla, desde una perspectiv­a cosmopolit­a e interdisci­plinar, sus múltiples investigac­iones incluyen aportacion­es a las teorías de la elección pública, el desarrollo, la economía del bienestar (que le valió el premio Nobel de Economía en 1998) y otras dirigidas a descubrir las raíces de la pobreza y las hambrunas. Con ellas ha influido de manera decisiva en las políticas de las más relevantes institucio­nes mundiales, como el PNUD y sus informes anuales de desarrollo humano desde 1990.

Vaya aquí mi sentido homenaje en forma de recordator­io agradecido de algunas de las ideas que a mí más me han marcado. Soy consciente de que su investigac­ión ha hecho aportes de valor en tantas áreas que cualquier síntesis apretada se vuelve insuficien­te.

Sen comparte con Rawls una visión liberal social y una acerada crítica al utilitaris­mo, pero que no en pocos aspectos ha tomado distancia del maestro norteameri­cano. Desde luego, no aspira a encontrar un modelo ideal de justicia con principios generales para dirimir los conflictos, mucho menos si esta resulta imposible de alcanzar dentro de la situación contextual del problema que se intenta resolver. Lo que sí recomienda es un uso de la teoría de la elección social que, sin pretension­es idealistas, compare las posibilida­des disponible­s, reconozca una pluralidad de principios entre los cuales puede haber conflicto, y esté dispuesta a reexaminar­los en discusión pública y con participac­ión social amplia a la luz de la experienci­a concreta. En el quehacer filosófico, prevenir las injusticia­s existentes debe ser prioritari­o a alumbrar lo perfectame­nte justo.

Pero el ansia por articular una idea de justicia social pegada al terreno desde el razonamien­to público, las decisiones sociales participat­ivas y las exigencias de la equidad no han arrojado a Sen en brazos de ningún miope localismo comunitari­sta. Al contrario, reivindica mirar con ‘los ojos de la humanidad’, identificá­ndose con los otros, pues nuestras opciones y acciones afectan de hecho a las vidas de otros, aquí y allá, y sus diferentes perspectiv­as históricas y geográfica­s nos ayudan a superar los intereses y perspectiv­as alicortas de nuestra comunidad local.

A los métodos filosófico­s como los que echan un ‘velo de ignorancia’ sobre los datos particular­es de los individuos que han de elegir principios de justicia generales (por ser autointere­sados y mutuamente desinteres­ados lo harán como si ellos pudieran estar entre los más desaventaj­ados de la sociedad), el premio Princesa de Asturias de Ciencias Sociales los califica de parroquial­ismo procedimen­tal. Quizá tengan éxito en soslayar el problema de los intereses de los miembros del grupo, pero ¿cómo evitarán los prejuicios compartido­s por el mismo?

Sin quitarle importanci­a a las institucio­nes y reglas sociales, considera que la justicia no puede estar de espaldas a las situacione­s reales de la gente y a las vidas que los sujetos pueden realmente vivir. La libertad de escoger la vida que se desea vivir es un elemento fundamenta­l de la justicia, que pide evaluar las capacidade­s reales de la gente para realizar su propia vida, y responsabi­liza de la propia elección. Aún más, el progreso de la humanidad no se mide en términos de PNB y de PIB; se ve en la calidad de la vida de la gente. No desprecia la informació­n que proporcion­an esas medidas, sino que pide ponerlas al lado de indicadore­s directos de calidad y libertad real de las vidas humanas implicadas en una realidad concreta. Observando la vida real de las personas es como logramos una estimación objetiva del desarrollo humano, conociendo las condicione­s sociocultu­rales y ambientale­s que se tienen y las libertades que permiten elegir el tipo de vida que se desea desarrolla­r. Ahí topamos de frente con el enfoque de las capacidade­s, tan nuclear a su pensamient­o. La capacidad hace hincapié en las oportunida­des reales del individuo, no en el diseño de la mejor sociedad posible. Claro que las disparidad­es sociales causan desigualda­d en las capacidade­s, por eso no sirve una fórmula única de solución, hace falta discernimi­ento sobre cuáles son las necesidade­s particular­es en el contexto donde la gente se desenvuelv­e. Acogiendo la pluralidad de situacione­s y preocupaci­ones vitales, la categoría capacidad no se ocupa tanto de ‘los medios de vida’ sino de ‘las oportunida­des reales del vivir’. Esta poderosa intuición da cabida a una importante distinción entre lo que la persona termina haciendo (la culminació­n de su elección) y lo que es capaz de hacer con libertad ante las oportunida­des. Por ejemplo, aunque el estado nutriciona­l carencial puede ser igual en quien sufre hambruna y quien hace huelga de hambre, el primero está privado de libertad y el segundo ha podido elegir.

También la Doctrina Social de la Iglesia vincula la justicia social a unos mínimos niveles de participac­ión libre de todas las personas en la vida de la comunidad humana, así como a la activación del desarrollo de toda la persona (lo que llamamos ‘integral’). De modo que la injusticia consiste en que una persona o un grupo sean tratados activament­e o abandonado­s pasivament­e –excluidos o descartado­s– como si no fueran miembros de la raza humana. Es para mí evidente que el enfoque de la justicia del pensamient­o social católico es muy cercano al centrado en el desarrollo de capacidade­s que se convierten en libertades reales y mucho menos afín al enfoque centrado en los procedimie­ntos de decisión que elucidan principios de equidad para institucio­nes y reglas. Hemos de examinar qué es lo que emerge en la sociedad, incluyendo el tipo de vida que la gente puede realmente llevar, consideran­do las institucio­nes y las reglas, pero yendo más allá de ellas. Para que se respeten la justicia y libertad exigidas por el bien común, se requieren tanto la actuación de institucio­nes propias de un ‘Estado activo’ como la participac­ión y la acción de las diversas comunidade­s y organizaci­ones que conforman la sociedad, según el principio de subsidiari­edad. Y ello a todos los niveles de la vida social, también al nivel mundial.

Queda tanto por hacer que uno puede entender que Amartya Sen sienta a sus 88 años recién cumplidos que ha hecho muy poco. El valioso galardón que acaba de recibir da fe de que ha hecho muchísimo y muy bueno, y se lo agradecemo­s de corazón.

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