El pase sanitario solo es un muro eficaz en países con escasa vacunación
► Los juristas ven el certificado como una herramienta con lagunas legales
La implantación del pasaporte Covid se aprobó el 14 de junio por el Ejecutivo comunitario y se planteó como una medida útil para motivar a la población que no se había vacunado o que no había completado su pauta, pero resulta menos efectiva para controlar las infecciones, reconoce Marcos López Hoyos, presidente de la Sociedad Española de Inmunología (SEI). Hoy los científicos saben que las personas vacunadas también pueden transmitir la enfermedad. Sin embargo, en la gestión de la pandemia «no hay negro ni blanco» y todo suma, asegura.
Para Pedro Gullón, epidemiólogo y profesor de la Universidad de Alcalá de Henares, el efecto del certificado es limitado en un país como España, con una alta aceptación del fármaco. El incremento de las inoculaciones registrado entre finales de noviembre y principios de diciembre fue «circunstancial» y no podía durar eternamente, dice. Ahora, pasado ese efecto, es difícil que siga siendo una herramienta eficaz. «Es el momento de otras medidas», responde sobre la posibilidad de revisar su obligatoriedad. Porque, explica, existe el riesgo de que exigir el certificado en recintos cerrados genere una falsa sensación de seguridad.
Desde el punto de vista jurídico, el pase Covid ha puesto sobre la mesa el debate de si restringe ciertos derechos fundamentales. El Tribunal Supremo falló que choca con el derecho a la igualdad y a la intimidad, recuerda Diego Solana, abogado y socio en el despacho de Cremades y Calvo-Sotelo. Pero bendijo su aplicación, como ocurrió tras recurrirlo los gobiernos vasco y gallego, durante un tiempo definido y en espacios delimitados. El juez del Tribunal Superior de Aragón Javier Albar opina que igual conculca el derecho a la libre movilidad. «Ha de encontrarse un equilibrio entre los bienes jurídicos afectados por una herramienta nueva como esta y el beneficio sanitario que supone», media Solana sobre las lagunas legales que entraña su uso. «Es diferente que lo exijan en un local de ocio que para entrar en el colegio o el trabajo», acota Asunción de la Iglesia, vicedecana y catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Navarra. «Debe ser una medida alternativa, no una imposición», inquiere el abogado y médico Juan José Bestard.
Un portero de discoteca y un camarero están pidiendo una certificación que viola la privacidad de datos por mandato de la Administración de turno. «Es discriminatorio –reprueba Bestard–. Podría llegar al Constitucional, como ocurrió con el estado de alarma y que sea inconstitucional». En cambio, para De la Iglesia, «es una medida limitativa, pero no la más agresiva que se ha adoptado contra los contagio, pues no limita derechos como el de la reunión, como sí hizo el confinamiento». La experta anota: «El sacrificio está justificado dependiendo del beneficio sanitario que aporte: no es un ‘sí’ o un ‘no’ absoluto».