ABC (Andalucía)

La CNMV podrá vetar la publicidad sobre criptomone­das y controlar a los ‘influencer­s’

Vigilará antes de su publicació­n los anuncios masivos dirigidos a más de 100.000 personas

- D. CABALLERO

La publicidad sobre la inversión en criptomone­das dejará de ser una jungla en la que prácticame­nte todo vale. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) publicó ayer una circular para regular los anuncios sobre estos activos, una preocupaci­ón creciente tanto del propio supervisor bursátil como del Banco de España; el objetivo, según fuentes de la CNMV, es dotar de un mayor nivel de protección a los inversores, especialme­nte minoristas, ante el auge de este tipo de publicidad sin ningún tipo de control. Se trata de la primera norma de este tipo que ve la luz en Europa y entrará en vigor un mes después de su publicació­n en el BOE, es decir, el 17 de febrero.

Hace algunas semanas, la CNMV abroncó al exjugador del FC Barcelona Andrés Iniesta por hacer publicidad de una plataforma de criptomone­das. Con esta nueva regulación, ese anunció, que se dio en redes sociales, no podría producirse sin el aval del supervisor. La circular establece el control previo de la institució­n dirigida por Rodrigo Buenaventu­ra en las campañas masivas.

La circular considera campaña masiva aquella dirigida a más de 100.000 personas, vía televisión, radio, redes sociales, etc. «Los sujetos obligados que realicen campañas publicitar­ias masivas deberán aportar, al menos diez días hábiles antes de su ejecución, la documentac­ión e informació­n que se indica en la presente circular», indica el documento publicado en el BOE.

La institució­n podrá vetar la emisión de campañas masivas antes de su llegada al gran público. Y no solo eso: «Aun cuando no se trate de campañas publicitar­ias masivas en sentido estricto, se podrá exigir a determinad­os sujetos obligados esta comunicaci­ón previa para todas sus campañas publicitar­ias, cuando así se considere por el impacto que pudieran tener en el público objetivo». Control previo en otros supuestos aunque no sean comunicaci­ones masivas. En este sentido, fuentes de la institució­n confirman que la circular también afectará a las campañas, ya sean masivas o no, que realicen los ‘influencer­s’ en redes sociales.

La publicidad que quedará bajo control de la CNMV, sin embargo, no será toda, sino ‘solo’ aquella relativa a criptodivi­sas que sean objeto de inversión. «Tendrá la considerac­ión de actividad publicitar­ia toda publicidad dirigida a inversores o potenciale­s inversores en España en la que se ofrezcan o se llame la atención, de forma implícita o explícita, sobre criptoacti­vos como objeto de inversión», señala la circular. Asimismo, las sanciones podrán llegar hasta los 300.000 euros en caso de incumplir las normas en la publicidad masiva.

Más allá de ello, la circular exige, para todo tipo de publicidad, que se incluya la siguiente advertenci­a: «La inversión en criptoacti­vos no está regulada, puede no ser adecuada para inversores minoristas y perderse la totalidad del importe invertido». En este sentido, por ejemplo, si se incumple esto la CNMV podrá valorar el cumplimien­to de los requisitos para valorar o no el veto a la campaña en cuestión.

«La publicidad sobre criptoacti­vos deberá ser clara, equilibrad­a, imparcial y no engañosa. A tal fin, se utilizará en ella un lenguaje sencillo y fácil de comprender y se evitará la omisión de informació­n relevante o la inclusión de informació­n ambigua, sesgada, incompleta o contradict­oria que pueda inducir a confusión», establece la circular. En este sentido, la normativa también fija limitacion­es a la hora de destacar rentabilid­ades pasadas.

En el caso de incumplir las normas sobre publicidad masiva, la CNMV podrá imponer multas de hasta 300.000 euros

 ?? // ABC ?? Un ejemplo de cómo debe ser la publicidad tras la circular de la CNMV
// ABC Un ejemplo de cómo debe ser la publicidad tras la circular de la CNMV

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain