ABC (Andalucía)

Guerra judicial a la vista por el alcance de la nueva plusvalía

► El Consejo Tributario de Barcelona fija la retroactiv­idad de la norma del Gobierno

- DANIEL CABALLERO

El Tribunal Constituci­ón dejó sin efecto el método de cálculo del impuesto de plusvalía municipal. Lo hizo el 26 de octubre, y hasta el 10 de noviembre el Gobierno no legisló para que el tributo local pudiera volver a exigirse. Ahora, un informe del Consejo Tributario del Ayuntamien­to de Barcelona cuestiona desde cuándo puede aplicarse el nuevo sistema que aprobó el Ejecutivo y abre la veda a una guerra judicial por su aplicación retroactiv­a.

El Alto Tribunal estableció en su sentencia la expulsión del ordenamien­to jurídico del método de cálculo del impuesto, «dejando un vacío normativo sobre la determinac­ión de la base imponible que impide la liquidació­n, comprobaci­ón, recaudació­n y revisión de este tributo local y, por tanto, su exigibilid­ad». Quince días después el Ministerio de Hacienda aprobó el nuevo sistema de cálculo, con dos métodos. En la norma no se especifica­ba que tuviera efecto retroactiv­o desde el día de emisión de la sentencia del Constituci­onal, con lo que su aplicación solo sería posible desde el 10 de noviembre.

Se generó un vacío de alrededor de 15 días por los cuales los ayuntamien­tos perdieron la recaudació­n de la plusvalía municipal ya que en ese tiempo no podía exigirse el impuesto. Nadie discutió entonces ese vacío normativo; de hecho, los propios municipios, a través de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), han reclamado en varias ocasiones que Hacienda les dé un fondo de compensaci­ón por la recaudació­n perdida esos días.

El Consejo Tributario del Ayuntamien­to de Barcelona rebate la sentencia del Constituci­onal y también el decreto del Gobierno, según los expertos consultado­s. En un reciente informe sobre el impuesto explica lo siguiente: «Cabe señalar que la norma a aplicar para la determinac­ión de las deudas nacidas entre el 26 de octubre y el 10 de noviembre es el RD Ley 26/2021 de 8 de noviembre, pues solo mediante esta última se plasma el cumplimien­to de los principios constituci­onales que están en la base del deber constituci­onal de contribuir al sostenimie­nto del gasto público establecid­o en el artículo 31 de la Constituci­ón». En otras palabras, que entre esas dos fechas ha de aplicarse el nuevo sistema de cálculo que aprobó el Gobierno.

En este sentido, el documento señala que no existe vacío normativo alguno tras la sentencia del Alto Tribunal ya que el Consejo Tributario entiende que lo que debe aplicarse de manera retroactiv­a es el decreto del Ejecutivo central.

El fallo del Constituci­onal establece en su texto el vacío normativo. El decreto del Gobierno que regula el nuevo sistema de la plusvalía municipal hace suya la sentencia y asume el vacío legal. E, incluso, la norma reconoce lo siguiente: «El vacío legal ocasionado por la sentencia podría provocar distorsion­es inminentes en el mercado inmobiliar­io, en cuanto que puede suponer un incentivo para acelerar de forma urgente operacione­s inmobiliar­ias con la única finalidad de aprovechar la coyuntura de no tributació­n antes de que fuera aprobada la nueva normativa del impuesto». Queda claro que durante esos días de vacío normativo no había tributació­n por este impuesto. Choque directo con el Ayuntamien­to de Barcelona, que aún no ha empezado a aplicar su criterio particular.

Manuel Esclápez, miembro del grupo de expertos en Haciendas Locales y Catastro de Aedaf, muestra su sorpresa y preocupaci­ón por el informe de la Ciudad Condal: «Cuando salió el real decreto lo primero que miramos era si había una disposició­n que establecie­ra la retroactiv­idad. Y la única manera para ello es que la norma lo prevea expresamen­te, y aun así sería muy cuestionab­le». Este experto señala que es necesario que exista una remisión expresa a la retroactvi­dad, cosa que no ocurre en el decreto, y avisa de que esto disparará la litigiosid­ad. En la FEMP, por su parte, ya estudian también el documento del Ayuntamien­to de Barcelona.

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// EP Ada Colau, alcaldesa de Barcelona
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// ABC EL INFORME DEL ÓRGANO DE BARCELONA El Consejo Tributario de Barcelona, un órgano del ayuntamien­to, considera que la nueva plusvalía se aplica de forma retroactiv­a

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