El TC anula el acuerdo del Parlament de 2020 por el que no se reconocía al Rey
El Tribunal Constitucional acordó el martes estimar en parte el recurso de amparo presentado por Cs y anular el acuerdo de la Mesa del Parlamento de Cataluña de agosto del año 2020, presidido entonces por Roger Torrent (ERC), que admitió a trámite una propuesta de resolución de ERC, Junts y la CUP que, a su vez, decía que Cataluña era republicana y, como tal, no reconocía la autoridad legal del Rey Felipe VI o de cualquier otro monarca.
La iniciativa parlamentaria del tripartito independentista –que salió adelante con sus votos y con la oposición de Cs, el PSC, los comunes y el PP– se llevó a cabo durante el periodo de vacaciones, por lo que la Diputación Permanente convocó un pleno extraordinario para aprobar que «Cataluña es republicana y, por tanto, no reconoce ni quiere ningún Rey» y, además, que «el linaje de los Borbones ha sido una calamidad histórica».
El Constitucional, en una ponencia del magistrado Enrique Arnaldo, cuyo detalle se conocerá en los próximos días y que cuenta con el voto particular de Ramón Sáez Valcárcel, señala ahora, un año y medio después, que durante el trámite de aprobación de la iniciativa se vulneró el derecho de los diputados autonómicos de Cs a ejercer las funciones representativas con los requisitos que señalan las leyes, en relación con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes, según recoge la Constitución española.
Así, los magistrados acordaron en el pleno celebrado este martes declarar nulo el acuerdo de la Mesa del 7 de agosto que admitió a trámite la propuesta de resolución e, igualmente, anula el acuerdo de la Mesa que desestimó la petición de reconsideración por parte de Cs del anterior acuerdo que, previamente, había admitido la iniciativa.
Amparo de Ponsatí
En la misma reunión plenaria del Tribunal Constitucional, los magistrados también admitieron a trámite el recurso de amparo presentado por la exconsejera de la Generalitat Clara Ponsatí contra varios autos de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en la causa especial del ‘procés’. Y, también, inadmite a trámite un recurso de Carles Puigdemont y Toni Comín relativo a una decisión del Supremo sobre medidas cautelares contra los fugados.