ABC (Andalucía)

La Justicia condena al País Vasco por el cierre de la hostelería por Covid en 2021

- M. VILLAMEDIA­NA

Los jueces vascos no están dispuestos a dar tregua al Gobierno de Iñigo Urkullu ni siquiera ahora que, ya sin emergencia sanitaria, parece haberse alejado el fantasma de las restriccio­nes. En una sentencia que se falló el pasado 9 de marzo pero que se hizo pública ayer, declaran ilegal el cierre parcial de la hostelería por franjas horarias que aplicó la comunidad autónoma entre el 26 de marzo y el 7 de mayo de 2021.

En esas fechas el Gobierno vasco aprobó un decreto que obligaba a cerrar el interior de los locales hosteleros, exceptuand­o las franjas horarias destinadas al desayuno y a la comida, cuando la incidencia acumulada del municipio superaba los 400 casos por 100.000 habitantes. La medida llegaba un mes después de que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) anulara un cierre total de la hostelería decretado a principios de año.

Las asociacion­es hosteleras recurriero­n también este segundo decreto argumentan­do que la decisión no era «proporcion­al» y, a su juicio, vulneraba tanto la libertad de empresa como el derecho al trabajo recogidos en la Constituci­ón. En su recurso criticaban que no se «motivara» lo suficiente la «eficacia y validez» de la medida y recordaban que tras la anulación del cierre anterior y la reapertura de bares y restaurant­es, no había habido un empeoramie­nto significat­ivo. «No tiene sentido permitir el consumo en interiores en determinad­as franjas horarias y en otras no», podía leerse en su recurso. No entendían que se pudiera estar dentro de los locales durante el desayuno y la comida, los horarios de mayor afluencia de público, y no el resto del tiempo.

Sin más restriccio­nes

A pesar de que esas medidas quedaron derogadas el 7 de mayo, los hosteleros decidieron seguir adelante con sus reivindica­ciones para reclamar los daños y perjuicios que les causaron unas restriccio­nes que incluso estuvieron vigentes durante las vacaciones de Semana Santa. En este sentido, los jueces en la sentencia también entienden que es «necesario pronunciar­se» porque, sin un pronunciam­iento en contra, ante un empeoramie­nto de la pandemia existiría el riesgo de que se pudieran adoptar restriccio­nes «en sentido idéntico».

La decisión del TSJPV aún no es firme y podría recurrirse en el Tribunal Supremo.

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