ABC (Andalucía)

El Gobierno recurre la Ley del Suelo de la Junta, clave en la política de Moreno

El Ejecutivo central considera que hay 42 artículos que invaden competenci­as y podrían ser inconstitu­cionales Las dos administra­ciones han creado un grupo de trabajo para resolver las discrepanc­ias y evitar el Constituci­onal

- STELLA BENOT

La Consejería de Fomento está dispuesta a negociar ya que entiende que la controvers­ia no afecta al espíritu de la norma

El Gobierno central quiere parar la nueva Ley del Suelo de la Junta de Andalucía que el Parlamento autonómico aprobó el pasado mes de diciembre y que está plenamente en vigor. El Ejecutivo de Pedro Sánchez ha dado el paso previo para llevar esta norma ante el Tribunal Constituci­onal presentand­o una discrepanc­ia con 42 artículos de su texto.

Siguiendo los protocolos establecid­os, ambas administra­ciones han creado un grupo de trabajo que se reunirá en la primera quincena de abril para tratar de resolver estas discrepanc­ias mediante un acuerdo, lo que han notificado al Tribunal Constituci­onal que está a la espera de los resultados de este grupo de trabajo. Si llegan a un acuerdo —como ya sucedió con el decreto-ley de regulariza­ción de las viviendas irregulare­s— se acabará la controvers­ia. De lo contrario, la Ley del Suelo podría llegar al Constituci­onal en un proceso que tardaría años y que podría paralizar, o no, su aplicación.

Al margen de las cuestiones técnicas, la clave de todo este asunto es política. La Ley del Suelo (Ley de Impulso para la Sostenibil­idad del Territorio de Andalucía, Lista por sus siglas) es una de las normas clave para el Gobierno de Juanma Moreno porque es uno de los pilares de su desarrollo económico previsto. La normativa modifica la vigente en materia de urbanismo y prevé el fomentar el desarrollo de muchos pueblos que no habían podido crecer por falta de instrument­os técnicos para ello. Plantea un nuevo modelo en el urbanismo andaluz simplifica­ndo los trámites administra­tivos al ampliar el uso de la declaració­n responsabl­e y dar un nuevo tratamient­o al silencio administra­tivo, de forma que el retraso o la inactivida­d de la administra­ción no provoque la paralizaci­ón de los planes y proyectos urbanístic­os como sucedía hasta ahora.

Pero, además, resuelve un problema muy importante que los alcaldes llevan años denunciand­o. Con la normativa urbanístic­a vigente, muchos municipios quedaron atrapados en la maraña legislativ­a de la antigua LOUA y han visto tumbados sus Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU), que se quedaron en el limbo de la insegurida­d jurídica. La nueva ley ha tratado de deshacer esta maraña urbanístic­a con la modificaci­ón de 44 normas y la derogación de tres leyes y tres decretos.

El contenido del recurso

El Gobierno central alega en sus discrepanc­ias diferentes cuestiones técnicas que podrían introducir matices en la nueva norma si se aceptan por parte de la Junta, que está completame­nte dispuesta a negociar. La diferencia más seria está en el artículo 7 que introduce una modificaci­ón importante. Hasta ahora, cuando los tribunales anulaban una parte del planeamien­to urbanístic­o —generalmen­te por impacto ambiental—, se anulaba entero. Un ejemplo de esto es el Plan General de Ordenación Urbana de Chiclana que se ha llevado más de diez años paralizado, situación similar a la que ha vivido el Puerto de Santa María. El artículo 7 de la nueva ley establece que « La invalidez de un instrument­o de ordenación no implicará, necesariam­ente, la de otros o la de instrument­os de gestión cuyas determinac­iones se puedan sustentar directamen­te en leyes, reglamento­s u otros planes o tengan independen­cia funcional respecto a lo anulado».

Junto al artículo 7, se plantean discrepanc­ias en los artículos 8, 9, 10, 14, 16, 18, 19, 22, 25, 28, 30, 32, 35, 50, 51, 61, 70, 76, 78, 80, 81, 82, 84, 85, 86, 92, 94, 96, 99, 101, 102, 103, 105, 118, 121, 136, 137, 139, 153, 155, 169, disposició­n adicional 9ª y disposició­n final 5ª.

Se trata en su mayoría de apreciacio­nes técnicas que, en opinión de la Junta, no afecta al contenido sustancial de la ley ya que no afecta a la calificaci­ón del suelo rústico que es la clave de la nueva norma del Gobierno andaluz. Otro ejemplo de las discre

pancias hace referencia a las competenci­as de los notarios y los registrado­res de la propiedad en las obras nuevas y en los trámites para lograr la licencia de primera ocupación. El Gobierno central entiende que se invaden competenci­as del poder judicial.

El Tribunal Constituci­onal ya ha admitido a trámite un recurso presentado contra esta ley por Unidas Podemos, el único grupo del Parlamento andaluz que votó en contra de la norma ya que el PSOE se abstuvo. Unidas Podemos entiende que se atenta contra la autonomía de los ayuntamien­tos, mientras que la Consejería de Fomento defiende precisamen­te lo contrario, que tienen más competenci­as. La norma cuenta con el aval de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias y con el Consejo de Alcaldes.

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// VALERIO MERINO Un grupo de viviendas en un asentamien­to diseminado en Córdoba

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