El Gobierno recurre la Ley del Suelo de la Junta, clave en la política de Moreno
El Ejecutivo central considera que hay 42 artículos que invaden competencias y podrían ser inconstitucionales Las dos administraciones han creado un grupo de trabajo para resolver las discrepancias y evitar el Constitucional
La Consejería de Fomento está dispuesta a negociar ya que entiende que la controversia no afecta al espíritu de la norma
El Gobierno central quiere parar la nueva Ley del Suelo de la Junta de Andalucía que el Parlamento autonómico aprobó el pasado mes de diciembre y que está plenamente en vigor. El Ejecutivo de Pedro Sánchez ha dado el paso previo para llevar esta norma ante el Tribunal Constitucional presentando una discrepancia con 42 artículos de su texto.
Siguiendo los protocolos establecidos, ambas administraciones han creado un grupo de trabajo que se reunirá en la primera quincena de abril para tratar de resolver estas discrepancias mediante un acuerdo, lo que han notificado al Tribunal Constitucional que está a la espera de los resultados de este grupo de trabajo. Si llegan a un acuerdo —como ya sucedió con el decreto-ley de regularización de las viviendas irregulares— se acabará la controversia. De lo contrario, la Ley del Suelo podría llegar al Constitucional en un proceso que tardaría años y que podría paralizar, o no, su aplicación.
Al margen de las cuestiones técnicas, la clave de todo este asunto es política. La Ley del Suelo (Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, Lista por sus siglas) es una de las normas clave para el Gobierno de Juanma Moreno porque es uno de los pilares de su desarrollo económico previsto. La normativa modifica la vigente en materia de urbanismo y prevé el fomentar el desarrollo de muchos pueblos que no habían podido crecer por falta de instrumentos técnicos para ello. Plantea un nuevo modelo en el urbanismo andaluz simplificando los trámites administrativos al ampliar el uso de la declaración responsable y dar un nuevo tratamiento al silencio administrativo, de forma que el retraso o la inactividad de la administración no provoque la paralización de los planes y proyectos urbanísticos como sucedía hasta ahora.
Pero, además, resuelve un problema muy importante que los alcaldes llevan años denunciando. Con la normativa urbanística vigente, muchos municipios quedaron atrapados en la maraña legislativa de la antigua LOUA y han visto tumbados sus Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU), que se quedaron en el limbo de la inseguridad jurídica. La nueva ley ha tratado de deshacer esta maraña urbanística con la modificación de 44 normas y la derogación de tres leyes y tres decretos.
El contenido del recurso
El Gobierno central alega en sus discrepancias diferentes cuestiones técnicas que podrían introducir matices en la nueva norma si se aceptan por parte de la Junta, que está completamente dispuesta a negociar. La diferencia más seria está en el artículo 7 que introduce una modificación importante. Hasta ahora, cuando los tribunales anulaban una parte del planeamiento urbanístico —generalmente por impacto ambiental—, se anulaba entero. Un ejemplo de esto es el Plan General de Ordenación Urbana de Chiclana que se ha llevado más de diez años paralizado, situación similar a la que ha vivido el Puerto de Santa María. El artículo 7 de la nueva ley establece que « La invalidez de un instrumento de ordenación no implicará, necesariamente, la de otros o la de instrumentos de gestión cuyas determinaciones se puedan sustentar directamente en leyes, reglamentos u otros planes o tengan independencia funcional respecto a lo anulado».
Junto al artículo 7, se plantean discrepancias en los artículos 8, 9, 10, 14, 16, 18, 19, 22, 25, 28, 30, 32, 35, 50, 51, 61, 70, 76, 78, 80, 81, 82, 84, 85, 86, 92, 94, 96, 99, 101, 102, 103, 105, 118, 121, 136, 137, 139, 153, 155, 169, disposición adicional 9ª y disposición final 5ª.
Se trata en su mayoría de apreciaciones técnicas que, en opinión de la Junta, no afecta al contenido sustancial de la ley ya que no afecta a la calificación del suelo rústico que es la clave de la nueva norma del Gobierno andaluz. Otro ejemplo de las discre
pancias hace referencia a las competencias de los notarios y los registradores de la propiedad en las obras nuevas y en los trámites para lograr la licencia de primera ocupación. El Gobierno central entiende que se invaden competencias del poder judicial.
El Tribunal Constitucional ya ha admitido a trámite un recurso presentado contra esta ley por Unidas Podemos, el único grupo del Parlamento andaluz que votó en contra de la norma ya que el PSOE se abstuvo. Unidas Podemos entiende que se atenta contra la autonomía de los ayuntamientos, mientras que la Consejería de Fomento defiende precisamente lo contrario, que tienen más competencias. La norma cuenta con el aval de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias y con el Consejo de Alcaldes.