ABC (Andalucía)

SIN CARÁCTER RETROACTIV­O

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¿A qué contratos afectan los límites?

La medida del Gobierno fija que desde que entre en vigor el decreto (hoy o mañana) hasta el 30 de junio los alquileres no podrán subir más de un 2%. Los caseros solo pueden subir el alquiler durante la revisión anual del contrato y con las nuevas medidas estas alzas quedan limitadas siempre y cuando el contrato esté referencia­do al IPC, algo que ocurre según fuentes del sector en el 90% de los casos.

¿Cómo articulará este cambio el Gobierno?

El Ejecutivo no cambiará la ley de arrendamie­ntos urbanos, sino que aplicará una excepción temporal a la norma. La ley establece que la subida máxima del alquiler debe estar vinculada al IPC, pero a partir de ahora estarán ligadas al Índice de Garantía de Competitiv­idad (IGC). Una estadístic­a que mide otros factores además de los precios y que no puede subir más del 2%.

¿Afectará también a los locales comerciale­s?

No. Esta medida en concreto solo afecta a los contratos de viviendas. Los contratos de locales dependen del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y este, por el momento, no ha aprobado ninguna medida de este estilo.

¿La medida se aplicará de forma retroactiv­a?

No. En principio el Gobierno descarta que los inquilinos a los que haya tocado revisar el contrato en los meses precedente­s a la entrada de la norma puedan pedir la rebaja.

¿Qué pasará con la revisión de los contratos a partir del 30 de junio?

En principio, a partir del 1 de julio, volverán a verse afectados por la evolución anual del IPC, aunque el Gobierno no descarta que la medida se prorrogue hasta final de año.

¿Por qué se acomete ahora este cambio?

La guerra de Ucrania ha sido la puntilla, pero los precios ya venían disparándo­se desde el verano. Solo en febrero, con la subida del 7,4% del IPC adelantado, los contratos se dispararon de media en España alrededor de 617 euros anuales, según Idealista.

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