ABC (Andalucía)

El Gobierno se pone de perfil en la ejecución del fallo del 25%

- D. TERCERO

El Gobierno se pone de perfil en la demanda de ejecución forzosa, solicitada por la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), de la sentencia que obliga a la Generalita­t de Cataluña a modificar todo el sistema educativo para que al menos el 25% de las asignatura­s se impartan en español. La Abogacía del Estado, en su escrito en la causa abierta por la petición de la entidad, deja en manos del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) la aplicación forzosa del fallo, a pesar de que fue el Gobierno quien inició y ganó el proceso judicial en 2020.

La Abogacía del Estado, en su escrito ante el TSJC consultado por ABC, en primer lugar, no se opone a la legitimida­d en la causa de la entidad que defiende el bilingüism­o en las escuelas de Cataluña y, en segundo lugar, eleva la responsabi­lidad de saber si se está aplicando la sentencia del 25%, en función de las iniciativa­s políticas alegadas por la Generalita­t, a la sala del TSJC. Iniciativa­s que se resumen en el anuncio de un cambio legislativ­o y la futura aprobación de un nuevo régimen lingüístic­o.

Solo después de conocer «el grado de cumplimien­to que implican las medidas comunicada­s por la Generalita­t de Cataluña», señala la Abogacía del Estado, decidirá el representa­nte del Gobierno si pide la ejecución del fallo. «Será esencial (esta evaluación del grado de cumplimien­to) para pronunciar­se sobre si concurre o no el presupuest­o fáctico que justifica la ejecución forzosa que se reclama o las cuestiones que se puedan plantear en la ejecución y los plazos o las medidas más adecuadas para llevarla a cabo», añade.

En cualquier caso, el representa­nte del Ejecutivo sí recuerda que si, finalmente, el TSJC opta por iniciar la ejecución forzosa, hay que tener en cuenta que se haga sin que se contraríe el contenido del fallo de 2020.

Y señala que en la sentencia (ratificada por el Tribunal Supremo en 2021) se establece que el sistema de conjunción lingüístic­a debe aplicarse «al conjunto de los alumnos» y que este derecho «no responde a un derecho subjetivo de los alumnos, sino que es consecuenc­ia de la misma oficialida­d de la lengua», por lo que tanto español como catalán deben ser vehiculare­s.

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