ABC (Andalucía)

«Los acusados de ETA ya lo están utilizando y la van a utilizar más en otros casos pendientes»

▶ Las víctimas lamentan la resolución del TEDH que ya esgrimen las defensas de los etarras

- C.PÉREZ/ J.NAVAS

Tristeza y preocupaci­ón, pero no mucha sorpresa. Esa fue la reacción de las víctimas del terrorismo de ETA cuando ayer se enteraron de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el caso del etarra Xabier Atristain. El TEDH rechazó el recurso que presentó España, a través de la Abogacía del Estado, contra la sentencia del tribunal con sede en Estrasburg­o, que condenó al Estado español por vulnerar el derecho a un proceso justo a Atristain, quien será indemnizad­o con 20.000 euros. El fallo, al no ser atendida la petición, pasa a ser firme.

«Tenemos mucha preocupaci­ón por la decisión del Tribunal de Derechos Humanos de no elevar el asunto de Atristain a la Gran Sala» que resuelve los recursos, comentaba a este periódico Miguel Folguera, consejero de la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT). «Sabíamos de la dificultad de que este recurso pasara a la Gran Sala del TEDH, son pocos los casos en los que se ha conseguido. Y ya nos lo adelantó el secretario de Estado de Justicia», apunta Folguera. La semana pasada, la AVT se reunió con el secretario de Estado de Justicia, Antonio Rodríguez, para hablar precisamen­te sobre este recurso que presentó la Abogacía del Estado en Estrasburg­o. En ese encuentro, el alto cargo del Gobierno les explicó que esta sentencia sería únicamente para este caso. «Y queremos pensar que es así», confía Folguera. Incluso la propia ministra de Justicia, Pilar Llop, tranquiliz­ó a las víctimas trasladánd­oles que este caso solo afectaría a Atristain. Sin embargo, las víctimas, aunque quieren creer al ministerio, tienen el temor de que este fallo abra la puerta a que se anulen condenas a otros terrorista­s.

«Tenemos que analizar qué alcance va a tener el precedente de Atristain, pero está claro que las defensas de los acusados de ETA ya lo están utilizando y lo van a utilizar, como han demostrado en los juicios que se han celebrado en la Audiencia Nacional desde que se conoció esa sentencia», resume la abogada de la AVT, Carmen Ladrón de Guevara. Recuerda que, como explicó a su asociación el secretario de Estado de Justicia según la versión de la Abogacía del Estado, la sentencia del TEDH no cuestiona el régimen de incomunica­ción que utilizaban y utilizan las fuerzas del orden para detener e interrogar a terrorista­s, sino el caso particular de Atristain, cuyo abogado de oficio no firmó la segunda declaració­n policial del etarra cuando fue detenido en 2010.

Parot en la memoria

Con este fallo, lo que viene a la memoria de las víctimas es 2014, cuando este mismo tribunal europeo derogó la doctrina Parot por vulnerar la Convención Europea de Derechos Humanos. Esta medida supuso la liberación inmediata de decenas de condenados, cuyas penas superaban los 30 años de cárcel. «Esperemos que no sea otra doctrina Parot, aunque es una muy mala noticia para las víctimas del terrorismo», asegura la AVT.

Desde la Asociación Dignidad y Justicia no creen que se convierta en otra doctrina Parot, ya que el precedente de Atristain es «un caso muy aislado y excepciona­l», incide Daniel Portero, presidente de este colectivo de víctimas. Pero no esconde su malestar por una nueva sentencia que, según Dignidad y Justicia, vuelve a olvidar a las víctimas y pone por delante los intereses de sus verdugos: «Estrasburg­o siempre se posiciona a favor de los terrorista­s, siempre se acaba hablando de sus beneficios. Y de las víctimas, nada. Siempre desde ese tribunal se olvidan de nosotros», se lamenta Daniel Portero. Y es que su asociación se queja de que lleva esperando más de tres años para conocer el fallo sobre el recurso que presentó ante el propio TEDH para tipificar los crímenes de ETA como de lesa humanidad. «Espero que hicieran lo mismo y se dieran la misma prisa que con nuestro recurso para que los crímenes de ETA desde 1979 sean considerad­os de lesa humanidad» y, por tanto, no prescriban a los 20 años, como ocurre con todos los anteriores a 2010, cuando esa figura se incorporó al Código Penal español, lamenta Portero.

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