«Cada universidad será un campo de batalla por culpa de la nueva ley»
▶ El ministro de Universidades, Joan Subirats, toma el relevo a Castells y presenta una norma que agudiza las diferencias entre los campus ▶ El texto incorpora la mayoría de las reclamaciones de los estudiantes
El ministro de Universidades, Joan Subirats, presentó ayer el borrador de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (Losu), una norma que rebaja los requisitos para ser rector, da más poder al estudiantado y deja que sean las comunidades las que evalúen los méritos para acreditar catedráticos y profesores. La Losu es más conocida como ‘ley Castells’. Se la ha bautizado con el nombre del predecesor de Subirats, Manuel Castells, quien llegó a aprobarla en primera vuelta en Consejo de Ministros pero finalmente la dejó en el cajón al dimitir el año pasado, incapaz de sacarla adelante. Del nuevo borrador parece desprenderse que Subirats no quiere otra norma tan contestada por rectores, estudiantes, sindicatos y consejos sociales.
Por eso, si bien retomó el borrador de Castells tomó una decisión para evitarse dolores de cabeza. ¿Cuál? «Hacer una norma abierta», apuntan fuentes académicas que han hablado con el ministro en los últimos días. Es decir, cuanto menos entre en cuestiones puntillosas más difícil será criticarla. Al abrir tanto la mano a la autonomía universitaria es difícil que se encuentre algo que criticar. Y, además, los rectores siempre han defendido dicha autonomía. El problema es que, al mismo tiempo, el ministro ha dado lugar a una norma que al decir tan poco «hará que por su culpa cada universidad se convierta en un campo de batalla», critica un rector que prefiere no dar su nombre.
Esto ocurre sobre todo en el caso de la elección a rector. La norma de Castells ponía una serie de requisitos para serlo: tres sexenios de investigación, tres quinquenios de docencia y cuatro años de experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal. Ahora, en cambio, se piden sin especificar «méritos de investigación» y «experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal que determinen los Estatutos». Según un rector que tampoco ha querido dar su nombre «esta ley permitirá la diversificación de las universidades, de manera que unas irán a mejor y otras a peor». Ahora dependerá de cada una exigir los requisitos a los potenciales rectores. «Deja cuestiones en manos de los estatutos por lo que podría ocurrir que en algunas universidades se nombren rectores que no estén los suficientemente preparados», apunta la misma fuente.
Figura degradada
Ricardo Rivero, rector de la Universidad de Salamanca, señala que rector «podría ser cualquiera, lo cual degrada la figura». Otro rector apunta que con este nuevo redactado «hay una bajada de exigencia que era de esperar», coincide. «El requisito de ser catedrático y tener una carrera docente para mí es muy necesario, pero se pide ahora que los requisitos los marquen los estatutos; eso generará universidades de primera y de segunda», apunta Enrique Sanz Giménez-Rico, rector de la Universidad de Comillas.
Por otro lado, Amaya Mendikoetxea, rectora de la Universidad Autónoma de Madrid, aplaude la medida. «Estoy segura de que las universidades sabrán establecer unas normativas que aseguren que su rector tiene la autoridad y experiencia necesaria para ejercer el cargo». María Antonia Peña, rectora de la Universidad de Huelva dijo que «lo que hace es dejar autonomía a cada universidad para que a través de sus estatutos establezca el criterio mínimo de excelencia que considere oportuno». «Los quinquenios nunca se han tenido en cuenta y, personalmente, no creo que sean decisivos. Como se puede definir una exigencia alta en sexenios y en experiencia de gestión, creo que las universidades podemos resolverlo internamente de forma adecuada», agregó la rectora. Rosa Visiedo, rectora de la Universidad CEU San Pablo, también valoró la medida. «Me parece bien todo lo que refuerce la autonomía de gobierno y gestión de las universidades».
Más unanimidad en las opiniones hubo en cuanto a la otra novedad de la norma. Se trata de un nuevo apartado en el artículo de la función docente, que dice: «La participación vinculante del estudiantado deberá garantizarse en todo el proceso de creación de los planes de estudio y las guías docentes, así como en su proceso de implementación». Las guías docentes son las que definen temarios y exámenes. Preguntado por ABC, Subirats dijo que esto será negociado y que entender que «vinculante» es que los alumnos decidirán los exámenes «sería una interpretación abusiva de la palabra vinculante».En cualquier caso, la ley fija una participación que antes no aparecía contemplada en la misma.
«Me parece excesivo», dijo Rivero. «Ya hay suficientes cabezas para determinar los planes estudio y guías docentes», apuntó Visiedo. Jorge Sainz, catedrático de Economía de la Universidad
Rey Juan Carlos dijo que «es importante contar con la participación de los estudiantes, pero tal como la define el borrador creo que puede colisionar con la libertad de cátedra».
Conocimiento insuficiente
Otro profesor, que ha preferido no dar su nombre plantea: «¿Cómo se articulará la participación del alumnado sin un conocimiento profundo de la materia que permita mejorar o incluir contenidos en planes de estudio y asignaturas y fomentar resultados con éxito más allá de figurar en comisiones de estudios?.
«El modelo anglosajón es así. Si el hecho de que participen los alumnos conlleva incorporar necesidades que sirvan para mejorar sus competencias está fenomenal. Pero el problema es que podría bajarse el nivel y ser un instrumento de presión. Veo peligro en que si vamos hacia titulaciones más internacionales a los estudiantes les falte esta visión en las guías docentes y planificaciones de curso», apunta Sanz.