ABC (Andalucía)

El juez De Prada empuja a la Audiencia Nacional a absolver etarras

Utiliza un fallo europeo a favor de un preso de ETA para exonerar a otros como Gorka Palacios o Gadafi Dice que es un «nuevo estándar» para toda la Justicia española «aplicable sin excepción» para casos similares

- JORGE NAVAS

La exjefa de ETA Iratxe Sorzabal puede ser la cuarta etarra que se beneficie de la sentencia del TEDH en cuatro meses

El Gobierno insiste en que la reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que anula la condena española al etarra Xabier Atristain sólo afecta a este caso. Y, por tanto, que otros presos de ETA condenados en circunstan­cias similares no pueden beneficiar­se de ella. Sin embargo, algunos jueces de la Audiencia Nacional ya la están aplicando para absolver a otros etarras con causas pendientes. Así lo demuestran dos sentencias de las que ha sido ponente el magistrado José Ricardo de Prada absolviend­o a dos etarras en poco más de dos meses. La primera de ellas sin esperar siquiera a que el fallo del TEDH en el que se basa esa absolución fuera firme.

La última de esas sentencias se notificó a las partes ayer mismo y en ella la Sección Segunda de Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional exonera al etarra Juan Carlos Iglesias Chouzas, alias ‘Gadafi’, del asesinato en 1991 del exguardia civil Francisco Díaz de Cerio en Bibao. La acusación se apoyaba en lo que declararon el propio Gadafi y otros cuatro etarras ante las fuerzas del orden cuando fueron detenidos en régimen de incomunica­ción. Es decir, asistidos por un abogado de oficio y no por uno elegido por ellos mismos, por ejemplo los que ETA les imponía para evitar que confesaran. Como después todos ellos renegaron de esas confesione­s, asegurando que las hicieron bajo torturas y amenazas mientras estaban incomunica­dos, el tribunal considera que las pruebas contra Gadafi obtenidas en esos interrogat­orios policiales no reúnen las «suficiente­s garantías».

Esa es la razón por la que el tribunal, formado por De Prada y los magistrado­s José Antonio Mora y María Teresa García, aprueba por unanimidad la ponencia del primero absolviend­o a Gadafi. Y lo hace aprovechan­do el fallo del TEDH que obliga a la Justicia española a anular la condena contra el también etarra Xabier Atristain.

El tribunal con sede en Estrasburg­o (Francia) le dio a la razón ya el pasado 18 de enero afirmando que no tuvo un juicio justo, ya que la condena española partía de lo que él mismo declaró ante la Guardia Civil en 2010 estando incomunica­do y asistido por un abogado de oficio, no de ETA. Y, de nuevo, bajo supuestas amenazas para que hiciera esas dos confesione­s, gracias a las cuales los agentes pudieron localizar una gran cantidad de explosivos, armas e informació­n para cometer atentos.

Todo ello sirvió después para que la Audiencia Nacional impusiera 17 años de cárcel a Xabier Atristain en 2013. Una condena que el TEDH tumbó definitiva­mente el pasado lunes, cuando rechazó el recurso del Gobierno español contra ese fallo europeo de enero, que en consecuenc­ia ya es firme. Eso ocurrió el pasado lunes y, sólo dos días después, la sección de la Audiencia Nacional confirmaba la sentencia redactada por De Prada para absolver a Gadafi, con fecha de este miércoles. Pero no es la primera ni la única en el mismo sentido y a propuesta del mismo magistrado.

Sin ser firme

Ya el pasado 7 de marzo, la misma sección de la Sala de lo Penal aprobó otra sentencia, de la que también fue ponente De Prada, absolviend­o al etarra Gorka Palacios del atentado contra una sucursal bancaria en la madrileña calle Goya, que dejó una veintena de personas heridas en 2001. Y de nuevo con el mismo argumento: que otra etarra que señaló a Palacios como responsabl­e de ese atentado lo hizo sin las garantías suficiente­s porque estaba detenida en régimen de incomunica­ción.

En ambas sentencias absolutori­as, tanto en la de Palacios en marzo como en el de Gadafi ahora, el magistrado De Prada apoya sus ponencias en el fallo del TEDH a favor de Atristain. Y ello a pesar de que la primera absolución, la de Palacios, lleva fecha del 7 de marzo, más de dos meses antes de que ese fallo europeo fuera firme, lo cual no ocurrió hasta el 9 de mayo, cuando el TEDH rechazó el recurso del Gobierno.

Y parece que otros etarras podrán beneficiar­se de esta doctrina para salir absueltos o que se archiven otras causas judiciales que están pendientes de ser resueltas o que los tribunales puedan abrir en el futuro. Al menos a tenor de lo que explica literalmen­te el propio José Ricardo de Prada en su sentencia para absolver a Gadafi.

Dicha sentencia asegura que el fallo del TEDH que da la razón a Atristain supone «un nuevo estándar» para el derecho de defensa durante la detención incomunica­da. Y considera además que esa nuevo paradigma es de «necesaria vigencia para los tribunales españoles, incluido para nuestro TC», por el Tribunal Constituci­onal, que es el último órgano al que pueden recurrir los etarras en nuestro país antes de acudir a Estrasburg­o para intentar que el TEDH enmiende sus condenas en España.

De Prada y sus dos compañeros consideran así que toda la Justicia española debe aplicar ya el fallo de Atristain para invalidar las pruebas que los etarras incomunica­dos reconocier­on a la Policía y la Guardia Civil. Confesione­s que ETA les obligaba después a desmentir ante los tribunales alegando por sistema supuestas amenazas, malos tratos y torturas por parte de los agentes.

Además, la sentencia elaborada por De Prada añade que ese «nuevo estándar» inspirado en el caso de Atristain es «aplicable sin excepción a todas las situacione­s» similares. O, lo que es lo mismo, que los magistrado­s de la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo y el Constituci­onal deben aplicar lo que dice Estrasburg­o sobre Atristain a otros presos y exmiembros de ETA con causas pendientes si las pruebas que les incriminan se sustentan en lo que ellos u otros etarras confesaron en el interrogat­orio policial estando incomunica­dos. Como ya ha hecho él mismo con las

sentencias sobre Gorka Palacios y Gadafi de las que ha sido ponente. Una especie de aviso para el Supremo, que es el que debe revisar las condenas, y para el Constituci­onal, que vela por que éstas respeten los derechos fundamenta­les de los afectados.

Otros sí condenan

Otros tribunales siguen condenando a etarras en circunstan­cias similares. A finales de febrero, un mes después de la sentencia del TEDH y justo antes de las absolutari­as de De Prada, la Sección Primera de la misma Sala de lo Penal condenó a la exjefa de ETA Iratxe Sorzabal por dos atentados en Gijón en 1996. También ella esgrimió que estaba acusada por confesar en sede policial bajo supuestas torturas y amenazas, lo cual no le evitó una condena a 24,5 años de cárcel. Sorzabal ya la ha recurrido ante el Supremo y, de nuevo, agarrándos­e al citado fallo del TEDH. El mismo que, de momento, ya ha servido para anular la condena de Atristain y absolver a Gadafi y Palacios. Sorzabal confía en ser la cuarta. Según la ‘doctrina De Prada’, son sólo los primeros de muchos.

 ?? // EFE ?? Gadafi, durante el juicio celebrado en marzo, por el que ahora ha sido absuelto
// EFE Gadafi, durante el juicio celebrado en marzo, por el que ahora ha sido absuelto
 ?? ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain