La nueva ley del catalán no evita que se imparta el 25% de español en clase y cronifica la vía judicial
► Vox, Cs y PP llevan la norma al Consejo de Garantías para que la evalúe y paralizan su aprobación urgente
Quedan seis días. La proposición de ley sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria, propuesta y defendida en el Parlamento de Cataluña por el PSC, ERC, Junts y los comunes, «no afecta en nada a la ejecución de la sentencia del 16 de diciembre de 2020 que obliga a aplicar un modelo de conjunción lingüística en todo el sistema educativo catalán», apuntan desde Escuela de Todos, la plataforma que agrupa a una quincena de entidades a favor del bilingüismo escolar.
El consejero de Educación de la Generalitat, Josep Gonzàlez-Cambray, tiene como fecha tope hasta el 31 de mayo para «dictar las instrucciones» que sean necesarias con el fin de adaptar el modelo lingüístico escolar y que se aplique en todo el sistema, al menos, un 25% de español en las asignaturas (una troncal, como mínimo). Así lo interpreta también quien fuera inspector de educación entre 1983 y 2015 y autor de varios libros sobre el adoctrinamiento en las escuelas Jesús Rul.
Por si fuera poco, Vox, Cs y el PP presentarán en las próximas horas, ante el Consejo de Garantías Estatutarias, la solicitud conjunta de un dictamen al órgano consultivo de la Generalitat, lo que, salvo sorpresa, dificultará que la ley entre en vigor antes del plazo fijado por el TSJC –la semana que viene–, pues retrasará su aprobación prevista por los independentistas y el PSC para mañana mismo.
Vehicular por ser oficial
Aunque la estrategia de los grupos nacionalistas, con la colaboración del PSC, es que la ley de lenguas oficiales –junto a un decreto ley del Govern previsto para el mismo día que entre en vigor la nueva norma– sirva como respuesta al TSJC, para intentar burlar su orden, en realidad, lo cierto es que la jurisprudencia consolidada del Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo y, también, del TSJC es muy clara y no permite subterfugios: aunque las normas autonómicas no especifiquen que el español es lengua vehicular en las escuelas y los institutos de Cataluña, lo es en tanto que lengua oficial y reconocida en la Constitución.
Ana Losada, presidenta de la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), entidad legitimada en la causa de la ejecución forzosa del 25%, señala a este diario que la nueva ley, cuando se apruebe, «se tiene que aplicar en base a la legalidad» y esto incluye la Constitución y el Estatuto de Autonomía en los asuntos lingüísticos. Es decir: «La norma no sustituye el cumplimiento de la sentencia del 25% y no creo que el TSJC caiga en las trampas de los grupos nacionalistas», añade.
En cuanto a la posibilidad de que desde la Generalitat se intente computar el 25% de español con el uso que los alumnos hacen de este idioma en el patio, el comedor o, por ejemplo, a la hora de buscar información en internet, algo que la nueva ley autonómica denominará «abordaje global» que debe tener en cuenta «todos los espacios educativos», Losada es tajante y recuerda que el tribunal, en los casos en los que ya se aplica el 25%, siempre ha descartado la posibilidad de que la Generalitat relegue el cómputo fuera de las asignaturas troncales.
«¿Cómo van a evaluar el uso del español en el patio? ¿Pondrán notas? Intentaron, incluso, que para un niño computara la extraescolar de ajedrez en español. Pero el TSJC dijo que eso no era legal», apunta Losada, convencida de que la estratagema de los grupos nacionalistas no tiene recorrido.
«Fraude de ley»
«La norma no sustituye el cumplimiento de la sentencia y no creo que el TSJC caiga en las trampas de los nacionalistas»
El exinspector educativo Rul, por su parte, advierte de que el conflicto se transferirá a los centros educativos. «Para el cumplimiento de la sentencia firme del 25% no es necesaria ninguna norma y mucho menos la propuesta de ley que estamos considerando», dice y califica la proposición de «fraude de ley» pues, entre otras cosas, el articulado contiene «básicamente» un refrito de normas que ya han sido interpretadas por los jueces en el sentido de incorporar el español como lengua vehicular, aunque no lo expresen directamente las normas autonómicas.
Rul recuerda la jurisprudencia consolidada por el Constitucional (sentencia 31/2020, que ajustó a la legalidad el Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006 y, entre otras, las sentencias 82/1986 y 337/1994), el Supremo (sentencias 796/2009 y 5581/2013) y, además, el TSJC, tribunal que en enero de 2014 fijó el porcentaje del 25% de español tras el reiterado incumplimiento de la Generalitat a la hora de aplicar el bilingüismo.