El Supremo ratifica la sentencia que censuró el «caciquismo» del PSOE para enchufar en la Junta
► El juez Manuel Oteros falló contra una agente de empleo que pedía ser indemnizada tras su contratación opaca
El Tribunal Supremo ha declarado firme una sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Jaén que denunciaba el «caciquismo» que han practicado dirigentes políticos del PSOE y sindicales en la Junta de Andalucía para colocar a sus «allegados» en un «trabajo de hecho para toda la vida». Los ‘agraciados’ se libraban de «pasar por el desagradable trámite de tener que preparar unas oposiciones, estudiar varios años y, en el mejor de los casos, aprobar y entrar en una bolsa de interinos o ir rotando por diferentes latitudes hasta acercarse al destino deseado», relataba la sentencia.
De este modo, el enchufismo ha conformado un «agujero permanente» de las arcas públicas andaluzas «mucho mayor, por indefinido en el tiempo, que el producido por los famosos ERE». Representa «una muestra más de que el caciquismo no ha desaparecido de nuestra tierra, sino que sólo ha evolucionado», razonaba el juez.
Dicha resolución desestimaba una indemnización que reclamaba una antigua trabajadora de los extinguidos consorcios para la unidad territorial de empleo, desarrollo local y tecnológico (Utedlt), que había sido reubicada en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) después de que otro juzgado anulara su cese en septiembre de 2012. Como ella, otros 800 agentes locales de promoción de empleo (alpes) que integraban dichos entes fueron despedidos durante la anterior crisis económica. Los cesados emprendieron una cruzada judicial que se resolvió con su readmisión entre 2015 y 2016.
El juez Manuel Oteros había fallado en contra de la citada trabajadora, que cobraba una pensión de incapacidad permanente con cargo a la Seguridad Social y había demandado 60.000 euros al SAE, como entidad sucesora de la extinta Utedlt, en concepto de «indemnización de convenio», amparándose en que así lo preveía el acuerdo laboral de los consorcios de procedencia. El convenio del personal del SAE no estipulaba dicha indemnización para sus empleados en un supuesto similar. La ex agente impugnó la sentencia al entender que se había producido una indefensión y que el juez no había sido imparcial al denegar la cuantía reclamada. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestimó su recurso y concluyó que el juez Oteros había fundado sus decisiones sobre argumentos estrictamente jurídicos, «con independencia» de la «improcedencia de incluir sus opiniones personales sobre determinados comportamientos políticos» en la sentencia.
Al hilo del caso de autos, el juez de lo Social propinó una severa reprimenda al enchufismo instalado en la llamada ‘administración paralela’ de la Junta. Lo equiparaba a las prácticas caciquiles imperantes en la Andalucía de final del siglo XIX y principios del XX.
En su sentencia, dictada el 5 de diciembre de 2019, ratificada por el TSJA en octubre de 2020 y el Supremo el pasado enero, el magistrado ponía de manifiesto que los citados consorcios se crearon al amparo de una orden de 2002 de la Consejería de Empleo siendo su titular José Antonio Viera y el director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero (ya fallecido). Recuerda que ambos fueron condenados en una sentencia no firme por crear el sistema ilegal que repartió discrecionalmente 680 millones de euros a empresas en crisis para garantizar la «paz social».
Desde 2002 se van constituyendo entes como las Utedlt en todas las provincias andaluzas, «entrando la mayoría de sus integrantes en calidad de alpes en los primeros años, en un proceso de contratación absolutamente opaco, mediante contratos de trabajo de carácter temporal, sin observar los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad que deben regir el acceso a la función pública». En ese tiempo surgieron «gran cantidad de agencias, consorcios, observatorios y otra clase de entes y empresas públicas», en los que eran colocadas «personas allegadas a los que crearon y/o desarrollaron».
Ayuda a «criaturas»
Parafraseando a Guerrero, que calificó como «criaturas necesitadas de ayuda sociolaboral» a los intrusos incluidos en los ERE, los trabajadores de las Utedlt «serían criaturas necesitadas de inserción laboral», señala. En su inmensa mayoría eran jóvenes «o no tan jóvenes» a los que se les hacía un contrato por obra o servicio, situación que van consolidando hasta convertirse en trabajadores indefinidos no fijos, mediante un fraude en la contratación temporal. «La víctima» del fraude «no era el trabajador contratado ‘a dedo’ ni la
Administración que lo contrató, sino el contribuyente que tiene que soportar la carga de pagar al empleado», apostilla el magistrado.
En la actualidad, los llamados alpes están en nómina en las oficinas de empleo de la Junta, «donde al parecer hay gran dificultad para proporcionarles ocupación efectiva, dada su condición laboral, no funcionarial, percibiendo en muchos casos mayor remuneración que los funcionarios del SAE, y con un convenio colectivo con más derechos y ventajas que el del resto de empleados» de la Junta de Andalucía. Sin ser delictivo, el juez sí considera lo anterior «éticamente repulsivo».
«Si antes el cacique era el rico del pueblo, ahora es el dirigente político o sindical al que, cuando viene el fin de semana al pueblo, los solícitos vecinos invitan y agasajan para ver si colocan al hijo en la Junta de Andalucía o en algo por el estilo, y al que votan aun los que todavía no han visto a su hijo colocado, pero esperan que en un futuro le ‘encuentren algo’», relata. Lo de menos es que la familia tenga «la misma orientación política del patrocinador», pues «de lo que se trata es de que el voto sea lo más transversal posible, ya que hay que convencer al indeciso o al adversario, no al convencido, para el que el único consuelo que queda es que están mandando los suyos». «Lo anterior vale no sólo para Andalucía, sino para el resto de Comunidades, y es extensible a todos los partidos», concluye la sentencia.