La Justicia avala la eutanasia para el pistolero de Tarragona
Sus víctimas recurren al Constitucional para frenar la muerte asistida del vigilante
En diciembre de 2021 disparó contra tres compañeros de trabajo y, durante su huida, hirió a dos mossos d’esquadra. Se atrincheró en una masía de Riudoms (Tarragona) y allí, pertrechado con varias armas y un chaleco antibalas, desoyó los avisos de los negociadores. El grupo de élite de la Policía catalana lo neutralizó. Por los disparos, el tirador sufre una tetraplejia irreversible, también le amputaron una pierna y es totalmente dependiente. Por este motivo solicitó la eutanasia que, finalmente, la Justicia ratificó ayer.
A no ser que el Constitucional decida lo contrario, no será juzgado por tentativa de homicidio, delito del que está acusado y por el que cumple prisión preventiva en un hospital penitenciario. El Departamento de Salud avaló, en una resolución remitida al juzgado, que el vigilante de seguridad cumple con los requisitos de «sufrimiento grave, crónico e imposibilitante» para que se le conceda la muerte asistida.
Tras un primer recurso ante el Juzgado de Instrucción 5 de Tarragona, que dio luz verde a la eutanasia de Sabau, la defensa de los agentes heridos volvió a apelar ante la Audiencia Provincial al considerar que la muerte asistida del pistolero supone una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva. Finalmente, el tribunal, en un auto fechado ayer, ha rechazado paralizar el proceso. Por este motivo, ahora las víctimas apelarán ante el Constitucional, al que pedirán paralizarlo hasta que sus magistrados resuelvan.
«Estado de salud grave»
En su escrito, la Sección Segunda de la Audiencia sustenta lo que ya manifestó la instructora para dar luz verde a la eutanasia del pistolero, de 46 años y origen rumano: que prevalece su derecho a la dignidad y a su integridad física y moral por encima del derecho a la tutela judicial efectiva. Además, los magistrados recuerdan que el solicitante no necesita autorización judicial para morir y que su posible responsabilidad penal queda extinguida por un hecho «externo, ajeno a la causa» como si fuera un fallecimiento por motivos naturales, tal y como indica la ley.
Pese a que los jueces sostienen que los hechos que se imputan a Sabau «han generado un dolor y un daño físico y moral en las víctimas, y que éstas tendrían una expectativa razonable de enjuiciamiento y de una posible condena», consideran que el tirador «se encuentra en un estado de salud grave, que le origina sufrimientos físicos y psíquicos constantes e insoportables, sin posibilidad de alivio, con un pronóstico de vida limitado. Sin duda, someterlo a un proceso penal supondría una intolerable afectación a su dignidad y a su integridad física y moral».