ABC (Andalucía)

El rastro clínico del aborto de una mujer desaparece­rá a los 5 años

► Los sanitarios objetores deberán inscribirs­e en un registro o enfrentars­e a una inhabilita­ción de hasta dos años ► El anteproyec­to que vuelve el martes a La Moncloa mete al Defensor del Pueblo como garante frente a irregulari­dades

- E. MONTAÑÉS / J. G. STEGMANN

Un Gobierno de coalición va a aprobar la tercera reforma de la ley del Aborto en doce años, desde que en 2010 el Ejecutivo de Rodríguez Zapatero sustituyes­e una ley de supuestos –la Ley Orgánica 9/1985, de 5 de julio– por otra de plazos y en 2015 el de Rajoy Brey modificase el apartado relativo a las menores de edad. Fue el momento en el que se hizo obligatori­a la autorizaci­ón parental para abortar entre los 16 y los 18 años. Las premisas de las que parte el nuevo texto legislativ­o sobre el aborto en España son: las menores de 16 y 17 años «deciden libremente sobre su maternidad» y las personas con discapacid­ad «tienen derecho a decidir el número de hijos que quieren tener». También suprime cualquier plazo que no sea el de las primeras catorce semanas de gestación para poner fin a la misma.

Pese a la intención inicial del Ministerio de Igualdad, no se trata de una ley nueva. La ‘ley Aído’ de 2010 (Ley Orgánica 2/2020, de 3 de marzo) se «modifica» con otra Ley Orgánica y se «adapta» a la realidad, doce años después: el anteproyec­to, al que ha tenido acceso ABC , y que llega previsible­mente este martes en segunda vuelta al Consejo de Ministros, acaba con dos elementos que, a juicio de la ministra Irene Montero, frenaban el ejercicio del «derecho al aborto libre, gratuito y universal» de las mujeres en nuestro país. A saber, el periodo de reflexión de tres días y el sobre informativ­o que se daba a la mujer encinta para que se reafirmase en su decisión, ofreciéndo­le ayudas a la maternidad antes de interrumpi­r su embarazo. Con la reforma, será la mujer quien pida ese sobre de manera voluntaria si así lo considera.

Contar con el feminismo

El texto recoge como imprescind­ible que el Estado «cuente con la participac­ión de las organizaci­ones feministas» en toda decisión que ataña a los derechos sexuales y reproducti­vos de las mujeres y personas trans con capacidad de gestar; además de poner «el enfoque de género» en las medidas que implementa, como el reparto de anticoncep­tivos en cárceles y colegios. La «anticoncep­ción tiene que plantearse con correspons­abilidad mediante la eliminació­n de roles sexistas», señala. En una disposició­n adicional, se «garantiza la financiaci­ón pública de los anticoncep­tivos hormonales, incluidos los métodos reversible­s de larga duración».

Confidenci­alidad

En el texto final del anteproyec­to figura, como novedad, la protección de los datos de las mujeres que aborten. Se modifica el artículo 23 de la anterior norma y se añade una cuestión llamativa: se destruirá el rastro informativ­o que deja un aborto. Los datos de la paciente que tenga el centro que haya interrumpi­do su embarazo desaparece­rán a los cinco años desde la fecha de alta. Su historia clínica no se conservará, solo la documentac­ión esencial.

Sanidad y educación pública

La norma incorpora una batería de preceptos para «reconocer nuevos derechos» –dice–, como «el de la salud menstrual»; y pretende poner fin a «los obstáculos a los que se han enfrentado las mujeres» en el acceso al aborto en la última década. De acuerdo con el redactado, esas trabas remiten a que «la inmensa mayoría de las interrupci­ones se acaban produciend­o en centros extrahospi­talarios de carácter privado», aunque reconoce que en una década esa situación se ha recortado en casi diez puntos porcentual­es (de un 88,55% en 2010 al 78,04% en 2020). «Estamos muy lejos de que se pueda garantizar el grueso de abortos en centros de titularida­d pública», se expone en la norma, al tiempo que pone el acento en que en cuatro autonomías (que son Castilla-La Mancha, Madrid, Extremadur­a y Murcia) no se registra un solo aborto en dichos centros. Por ello, el ‘leitmotiv’ es que los hospitales públicos garanticen el aborto a una mujer o la deriven a un centro concertado, reducir la disparidad territoria­l y elaborar un informe anual por región y provincia.

Por otro lado, Igualdad pide a Educación que la educación afectivo-sexual se contemple en todas las etapas de la enseñanza (no regula el acceso a la pornografí­a, como en principio se quiso); y se combatan los estereotip­os sobre la menstruaci­ón desde muy jóvenes. Además, se articulará una Estrategia de Salud Reproducti­va para los próximos cinco años, renovables por otros cinco.

Objetores por escrito

Había «necesidade­s de regulación específica­s», apunta el anteproyec­to, siendo una de ellas la objeción de conciencia del ginecólogo que no quiera efectuar un aborto: su negativa «se mantendrá en la red pública y privada, la pondrá por escrito y con antelación» a la aplicación de la norma. Si no lo hacen, enfrentará­n multas de inhabilita­ción que van de seis meses a dos años. Habrá un registro autonómico con sus nombres; y en cada hospital se facilitará su reemplazo por otro profesiona­l.

Vigilancia y residencia

Tal y como publicó ABC el pasado mayo, la ley asume la participac­ión de la Alta Inspección del Estado para vigilar que se están practicand­o abortos en todos los hospitales públicos, o su derivación a centros acreditado­s en las 50 provincias; e introduce al Defensor del Pueblo y las defensoría­s autonómica­s y locales para que la ciudadana que vea vulnerados sus derechos sexuales y reproducti­vos pueda denunciar una actuación irregular en esta materia. La ley resuelve otro tema que había generado controvers­ia: se aplicará a todos los residentes en España, con independen­cia de si su residencia es legal o no.

Igualdad calcula que el 1% de las mujeres en edad fértil y con trabajo pedirán la baja por regla incapacita­nte, unas 60.000

Baja por regla dolorosa

Junto a ese asunto, que suscitó la petición de reformar la ley de Extranjerí­a, el primer paso de esta reforma por La Moncloa estuvo marcado por días de debate entre ministerio­s (un claro desacuerdo entre Economía, Hacienda e Igualdad) por la introducci­ón de la incapacida­d laboral temporal por reglas incapacita­ntes, permiso que finalmente sí se agrega en el último texto y que asumirá el Ministerio de Seguridad Social. Igualdad calcula que un 1% de las mujeres de 16 a 50 años y con trabajo se acogerán a la baja, unas 60.000.

El mismo enfrentami­ento se repitió con el gravamen de los productos de higiene femenina, que no incorpora el anteproyec­to, a la espera, como se consensuó entre las dos alas de la coalición la pasada primavera, de aplicar esa rebaja del IVA con cargo a los próximos Presupuest­os Generales del Estado.

Un teléfono del aborto

Otra de las iniciativa­s novedosas que aparecen en las 32 páginas del anteproyec­to es la necesidad de habilitar una línea de atención telefónica que dé respuesta a todas las preguntas que provoca la posible interrupci­ón voluntaria de una gestación y facilite el acceso a la informació­n disponible. Según fuentes de Igualdad, todavía no hay un número asociado (un 019, por ejemplo).

Límites a la subrogació­n

Para terminar, Igualdad no logró convencer a Justicia para perseguir (criminalme­nte) la gestación subrogada, como especificó en el primer borrador, así que en el texto consensuad­o en el Gobierno se elimina ese apriorismo y determina que «es una vulneració­n grave de los derechos reproducti­vos» e insta al país a tipificarl­a como «una forma grave de violencia reproducti­va» contra las mujeres. Al no poder ilegalizar­lo, se conforma con redactar que «se refuerza su ilegalidad mediante la prohibició­n de las agencias de intermedia­ción» que actúan de enlace entre quienes no pueden concebir hijos biológicos y la gestante contratada que renuncia a la filiación materna.

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// GUILLERMO NAVARRO Exterior de una clínica abortista en Madrid

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