Carlos Vázquez Ara
Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado receptor informará inmediata y oficialmente a la Embajada del Estado acreditante de que la persona a cargo en cuestión tiene autorización para aceptar un trabajo, con sujeción a las normas aplicables del Estado receptor». Añade el convenio que «las personas a cargo que ejerzan actividades remuneradas en el Estado receptor no gozarán de inmunidad de jurisdicción civil o administrativa en lo relativo a tales actividades» y que «estarán sujetas a la legislación del Estado receptor aplicable en materia tributaria».
Según afirma el departamento de Estado, este mismo «revisa las solicitudes de autorización de trabajo para dependientes de las misiones extranjeras y remite las solicitudes aprobadas para su tramitación al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis), la agencia federal que emite el ‘Documento de Autorización de Empleo’ propiamente dicho». A fecha de este viernes, los plazos medios en tramitación de ese documento oscilaban entre los siete y los 12 meses, según la web de Uscis. El mismo departamento de Estado añade: «Los dependientes que trabajan en la economía local sin autorización probablemente estén trabajando ilegalmente y pueden estar poniéndose en peligro ellos mismos y sus misiones».
Pilar Colorado Márquez, mujer del consejero de Interior en la embajada española, también se adjudicó una plaza de auxiliar después de que su marido llegara a la delegación. En este caso, como personal laboral fijo.
Consejero de Interior
Canciller en la Embajada