Luz verde a la juez de Andorra para citar a Rajoy por la operación Cataluña
El TSJ levanta la suspensión tras la oposición de la Abogacía y la Fiscalía
La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid levantó ayer la suspensión que había ordenado sobre la tramitación de la comisión rogatoria enviada por una juez de Andorra que quiere investigar al expresidente Mariano Rajoy por la caída de la Banca Privada andorrana en el contexto de la operación Cataluña.
En su resolución, los magistrados, que ordenaron parar máquinas en lo que escuchaban la opinión de la Abogacía del Estado y la Fiscalía, llegan a la conclusión de que «no hay suficientes motivos» para mantener la suspensión cautelar que instaban tanto Rajoy como los exministros Cristóbal Montoro y Jorge Fernández Díaz, todos querellados. Los tres recurrieron la decisión del Ministerio de Justicia de dar trámite de la petición que envió el juzgado andorrano al entender que cursar la rogatoria sin un mínimo análisis de su legalidad afectaba a sus derechos fundamentales y a la soberanía nacional. Sin embargo, la Sala entiende que en su recurso, muy similar al de los exministros, Rajoy «se limita a aducir invocaciones genéricas e inconsistentes» como un «daño reputacional» para sostener esa vulneración de derechos. Considera que «la mera alegación sin prueba alguna» de que seguir adelante le va a perjudicar no es suficiente para mantener paralizada la tramitación.
Aunque será en sentencia cuando el tribunal se pronuncie sobre el fondo del asunto, ya avanza al denegar la cautelar que en este caso sí se constata un «riesgo de perturbación grave para los intereses generales» pero no en los términos que planteaba Rajoy, sino desde la perspectiva de que España tiene un acuerdo de reciprocidad con Andorra en materia de cooperación judicial que estaría incumpliendo si se paralizase la comisión rogatoria remitida desde allí.
Otra de las alegaciones del expresidente tenía que ver con un supuesto trato desigual respecto de dos policías a los que el mismo juzgado pidió igualmente imputar por la operación Cataluña y de los que no se tramitó la petición andorrana. Para los magistrados, Rajoy ha enunciado este argumento, pero no ha aportado pruebas o indicios de que sea cierto.
La Sala da así la razón a la Fiscalía y a la Abogacía del Estado, que en un duro escrito se oponía a atender las pretensiones del expresidente al considerar que «llevarían a la paralización absoluta de los procedimientos de auxilio judicial internacional promovidos por autoridades extranjeras y dirigidos a nuestro país además de traducirse, en la práctica, en un incumplimiento de las obligaciones suscritas por el Estado, pues cualquier afectado podría recurrir en vía administrativa los oficios del Ministerio de Justicia, bloqueando la repuesta que pudiera darse a las solicitudes de auxilio judicial».
Para la Abogacía, en este caso tenía así «mayor importancia el interés público que el interés particular» de Rajoy «en no comparecer ante un tribunal extranjero» porque «no sólo existe el interés de la administración demandada», que era el Ministerio de Justicia en este caso, «sino también el interés del Estado español como parte firmante de un tratado, en que el mismo sea cumplido». Todo, partiendo de la consideración de que «es dudoso que el hecho de dar curso a una petición de auxilio judicial (...) cause un daño al actor, en la medida en que el efecto de tal actuación es únicamente que el Juzgado de Instrucción de turno le diera traslado de la querella presentada».