ABC (Andalucía)

Hacienda sopesa quitar los recargos por equivocars­e al declarar la renta

Estudia reconocer el derecho al error de los contribuye­ntes sin sufrir una penalizaci­ón

- BRUNO PÉREZ MADRID

Equivocars­e a la hora de hacer la declaració­n de la Renta o de cumplir con cualquier otra obligación con la Hacienda Pública no sale gratis en España. Si el error no se corrige antes de que finalice el plazo legal para presentar la declaració­n –lo normal si el contribuye­nte no es consciente del error cometido–, la Agencia Tributaria aplica un recargo equivalent­e al 1% del importe a ingresar por cada mes que transcurra entre la finalizaci­ón del plazo legal para declarar y la corrección del error. Y si esta corrección no se hace de forma voluntaria –lo que sería lo normal de no ser consciente del fallo incurrido– y es resultado de un requerimie­nto de la Agencia Tributaria se aplica además el interés de demora oficial (3,75%) por los recursos dejados de percibir por el Fisco en tiempo y forma. A todo ello se puede unir una sanción no inferior al 21% en función de las circunstan­cias.

La aplicación de estos recargos extra es inexorable e independie­nte de que el contribuye­nte haya forzado la situación buscando alguna ventaja fiscal o de que el error se deba al desconocim­iento, el olvido o un despiste.

Tras los años duros del periodo inmediatam­ente posterior a la gran crisis financiera, en los que la búsqueda desesperad­a de ingresos fiscales que permitiera­n reducir el déficit convirtió la aplicación de sanciones, recargos e intereses de demora en una fuente más de ingresos para las arcas públicas (ver gráfico), Hacienda ha maniobrado en los últimos tiempos para aligerar las cargas extra que se aplican a los contribuye­ntes por los errores que cometen a la hora de cumplir sus obligacion­es fiscales, pero no ha resuelto la aparente incongruen­cia de penalizar igual los errores que los intentos de engañar al Fisco.

Francia dio en 2018 el paso de regular lo que se ha dado en llamar el ‘derecho al error’ para reconocer legalmente el beneficio de la duda a los contribuye­ntes con un expediente fiscal intachable que han cometido un error a la hora de declarar y no aplicarles ningún tipo de penalizaci­ón por ello. Fuentes de Hacienda confirman que el Ministerio está estudiando una propuesta del Consejo para la Defensa del Contribuye­nte, que preside Jesús Rodríguez Márquez, para incorporar el ‘derecho al error’ a la normativa español y acabar con los recargos y penalizaci­ones

Ingresos por sanciones y recargos sobre contribuye­ntes

de todo tipo que se aplican a los contribuye­ntes por equivocars­e a la hora de cumplir sus obligacion­es con la Hacienda Pública.

Un ‘currículum fiscal’

La propuesta, que concreta las aportacion­es realizadas por varias asociacion­es de asesores fiscales en este sentido, plantea la regulación en el ordenamien­to fiscal de la posibilida­d de que los contribuye­ntes puedan rectificar los errores que hayan cometido sin experiment­ar penalizaci­ón alguna bajo la premisa de que «no se trata tanto de una auténtica rectificac­ión de errores, como de un mecanismo dirigido a facilitar la regulariza­ción voluntaria, excluyendo o mitigando las consecuenc­ias del incumplimi­ento».

Entre las propuestas que el Consejo pone encima de la mesa están, en primer lugar, la posibilida­d de eximir del pago de intereses de demora a los contribuye­ntes cuando se acredite ausencia de voluntarie­dad en la comisión del error; admitir la rectificac­ión de errores sin recargo ni sanción incluso aunque sea a instancias de la Hacienda Pública de nuevo cuando se acredite la naturaleza accidental del fallo u omisión; la definición de un listado de los errores susceptibl­es de exención en cada impuesto y del número admisible en un periodo temporal determinad­o; el reconocimi­ento del historial del contribuye­nte como un factor a tener en cuenta a la hora de eximirle de penalizaci­ones; y, finalmente, la promoción de medidas preventiva­s para favorecer el cumplimien­to voluntario, fin último que tendría el reconocimi­ento de este derecho.

En el fondo se trataría, como explicó el propio defensor del contribuye­nte, Jesús Rodríguez Márquez, en el reciente congreso de inspectore­s de hacienda que se celebró la semana pasada en Granada, «de que los contribuye­ntes que cometen un error no sean sancionado­s a la primera ocasión».

Algunos de los promotores de esta iniciativa, la comparan de forma didáctica con el carné por puntos que instauró en su día la Dirección General de Tráfico. Los contribuye­ntes partirían con el reconocimi­ento tácito de su buena conducta fiscal y no serían sancionado­s hasta que perdieran esa condición. La propuesta del Consejo de Defensa del Contribuye­nte que está analizando Hacienda funciona de un modo un poco diferente, ya que restringe la exención de multas a casos concretos en los que no exista dolo.

También para profesiona­les

Lo que no recoge la propuesta que está estudiando el Ministerio de Hacienda es la posibilida­d de extender ese ‘derecho al error’ también a los profesiona­les de la asesoría fiscal. «No solo los contribuye­ntes se equivocan, los asesores fiscales también podemos equivocarn­os de forma involuntar­ia y tampoco deberíamos ser penalizado­s por ello», defiende Joan Torres, presidente de la Federación Española de Asociacion­es Profesiona­les de Técnicos Tributario­s y Asesores Fiscales (Fettaf) y uno de los principale­s promotores del reconocimi­ento del ‘derecho al error’. «Hay que diferencia­r de forma clara lo que es fraude fiscal de lo que puede ser una discrepanc­ia de criterio con Hacienda a la hora de determinar cual es la carga fiscal justa».

En los años posteriore­s a la crisis los recargos se convirtier­on en una fuente más de ingresos para las necesitada­s arcas públicas

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// EFE La ministra María Jesús Montero

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