Hacienda sopesa quitar los recargos por equivocarse al declarar la renta
Estudia reconocer el derecho al error de los contribuyentes sin sufrir una penalización
Equivocarse a la hora de hacer la declaración de la Renta o de cumplir con cualquier otra obligación con la Hacienda Pública no sale gratis en España. Si el error no se corrige antes de que finalice el plazo legal para presentar la declaración –lo normal si el contribuyente no es consciente del error cometido–, la Agencia Tributaria aplica un recargo equivalente al 1% del importe a ingresar por cada mes que transcurra entre la finalización del plazo legal para declarar y la corrección del error. Y si esta corrección no se hace de forma voluntaria –lo que sería lo normal de no ser consciente del fallo incurrido– y es resultado de un requerimiento de la Agencia Tributaria se aplica además el interés de demora oficial (3,75%) por los recursos dejados de percibir por el Fisco en tiempo y forma. A todo ello se puede unir una sanción no inferior al 21% en función de las circunstancias.
La aplicación de estos recargos extra es inexorable e independiente de que el contribuyente haya forzado la situación buscando alguna ventaja fiscal o de que el error se deba al desconocimiento, el olvido o un despiste.
Tras los años duros del periodo inmediatamente posterior a la gran crisis financiera, en los que la búsqueda desesperada de ingresos fiscales que permitieran reducir el déficit convirtió la aplicación de sanciones, recargos e intereses de demora en una fuente más de ingresos para las arcas públicas (ver gráfico), Hacienda ha maniobrado en los últimos tiempos para aligerar las cargas extra que se aplican a los contribuyentes por los errores que cometen a la hora de cumplir sus obligaciones fiscales, pero no ha resuelto la aparente incongruencia de penalizar igual los errores que los intentos de engañar al Fisco.
Francia dio en 2018 el paso de regular lo que se ha dado en llamar el ‘derecho al error’ para reconocer legalmente el beneficio de la duda a los contribuyentes con un expediente fiscal intachable que han cometido un error a la hora de declarar y no aplicarles ningún tipo de penalización por ello. Fuentes de Hacienda confirman que el Ministerio está estudiando una propuesta del Consejo para la Defensa del Contribuyente, que preside Jesús Rodríguez Márquez, para incorporar el ‘derecho al error’ a la normativa español y acabar con los recargos y penalizaciones
Ingresos por sanciones y recargos sobre contribuyentes
de todo tipo que se aplican a los contribuyentes por equivocarse a la hora de cumplir sus obligaciones con la Hacienda Pública.
Un ‘currículum fiscal’
La propuesta, que concreta las aportaciones realizadas por varias asociaciones de asesores fiscales en este sentido, plantea la regulación en el ordenamiento fiscal de la posibilidad de que los contribuyentes puedan rectificar los errores que hayan cometido sin experimentar penalización alguna bajo la premisa de que «no se trata tanto de una auténtica rectificación de errores, como de un mecanismo dirigido a facilitar la regularización voluntaria, excluyendo o mitigando las consecuencias del incumplimiento».
Entre las propuestas que el Consejo pone encima de la mesa están, en primer lugar, la posibilidad de eximir del pago de intereses de demora a los contribuyentes cuando se acredite ausencia de voluntariedad en la comisión del error; admitir la rectificación de errores sin recargo ni sanción incluso aunque sea a instancias de la Hacienda Pública de nuevo cuando se acredite la naturaleza accidental del fallo u omisión; la definición de un listado de los errores susceptibles de exención en cada impuesto y del número admisible en un periodo temporal determinado; el reconocimiento del historial del contribuyente como un factor a tener en cuenta a la hora de eximirle de penalizaciones; y, finalmente, la promoción de medidas preventivas para favorecer el cumplimiento voluntario, fin último que tendría el reconocimiento de este derecho.
En el fondo se trataría, como explicó el propio defensor del contribuyente, Jesús Rodríguez Márquez, en el reciente congreso de inspectores de hacienda que se celebró la semana pasada en Granada, «de que los contribuyentes que cometen un error no sean sancionados a la primera ocasión».
Algunos de los promotores de esta iniciativa, la comparan de forma didáctica con el carné por puntos que instauró en su día la Dirección General de Tráfico. Los contribuyentes partirían con el reconocimiento tácito de su buena conducta fiscal y no serían sancionados hasta que perdieran esa condición. La propuesta del Consejo de Defensa del Contribuyente que está analizando Hacienda funciona de un modo un poco diferente, ya que restringe la exención de multas a casos concretos en los que no exista dolo.
También para profesionales
Lo que no recoge la propuesta que está estudiando el Ministerio de Hacienda es la posibilidad de extender ese ‘derecho al error’ también a los profesionales de la asesoría fiscal. «No solo los contribuyentes se equivocan, los asesores fiscales también podemos equivocarnos de forma involuntaria y tampoco deberíamos ser penalizados por ello», defiende Joan Torres, presidente de la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (Fettaf) y uno de los principales promotores del reconocimiento del ‘derecho al error’. «Hay que diferenciar de forma clara lo que es fraude fiscal de lo que puede ser una discrepancia de criterio con Hacienda a la hora de determinar cual es la carga fiscal justa».
En los años posteriores a la crisis los recargos se convirtieron en una fuente más de ingresos para las necesitadas arcas públicas