La Fiscalía no ‘indulta’ a Griñán: «Las sentencias claman ser cumplidas»
∑El informe elevado a la Audiencia de Sevilla apela a «la igualdad ante la ley» para encarcelar ya a nueve condenados
Si ya fue difícil de digerir para el socialismo que dos expresidentes de la Junta de Andalucía fueran condenados por el fraude de los ERE, la imagen de uno de ellos, José Antonio Griñán, entrando en la prisión es una pesadilla que tiene todos los visos de hacerse realidad después del escrito que ha presentado la Fiscalía Anticorrupción. En el informe que ha elevado a la sala de la Audiencia Provincial de Sevilla, que debe resolver la ejecución de las penas ratificadas por el Tribunal Supremo, los fiscales se oponen a suspender el castigo de seis años de prisión impuesto al que también fuera consejero andaluz de Economía y Hacienda y presidente del PSOE federal.
El Ministerio Público avala su ingreso inmediato en la prisión y del resto de condenados por urdir y mantener un sistema «arbitrario» de ayudas a empresas en el que se malversaron 679.432.179 euros entre 2000 y 2009, según han dictaminado dos tribunales diferentes. Para justificar su posición apela diversos pronunciamientos del Tribunal Constitucional (TC) que recogen que «en un Estado de Derecho las sentencias claman por ser cumplidas como exigencia implícita a la eficacia de la tutela judicial».
La última palabra sobre el destino de Griñán la tendrá la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla que dictó la sentencia el 19 de noviembre de 2019, que es firme tras haber sido ratificada por el Supremo. Corresponde a los magistrados Pilar Llorente, Patricia Fernández y Enrique García López-Corchado resolver la ejecución de la sentencia del caso ERE.
En el escrito presentado el pasado jueves y conocido ayer, Anticorrupción argumenta que dejar en el aire las sanciones, como plantean las defensas, chocaría con la doctrina del TC. La petición del indulto parcial presentada por la familia de Griñán y las solicitudes
No hay dilaciones
«La presente ejecutoria, a la fecha, no ha sufrido dilaciones más allá de las que se derivan de la tramitación de las solicitudes presentadas por las representaciones de los condenados que por tanto no pueden ser calificadas como indebidas», afirma la Fiscalía, que contradice a las defensas, que alegaron retrasos injustificados.
Cumplir las penas
Los condenados alegaron que «de ser ejecutada la sentencia, la finalidad del indulto –presentado ante el Gobierno– pudiera resultar ilusoria». La Fiscalía señala, en cambio, que «el principio general» del Código Penal estipula «la no suspensión» de las penas y que así lo exige el «interés público» de la sociedad. Apela al Tribunal Constitucional, que ha dictaminado que «en un Estado de Derecho las sentencias claman por ser cumplidas como exigencia implícita a la eficacia de la tutela judicial».
Delitos de corrupción
La Fiscalía destaca la gravedad de los delitos: «Estamos ante una forma más de ‘corrupción política’ cuando analiza la tipicidad de la malversación». Avisa de que «la corrupción política y administrativa y la desviación de poder son incompatibles con un estado democrático de derecho».
Penas largas y firmes
Anticorrupción advierte de que la sentencia es firme y afecta a penas de inhabilitación absoluta y de prisión «lo suficientemente largas» (entre seis y casi ocho años) como para que sean cumplidas de perdón de ocho ex altos cargos más de la Junta condenados por delitos continuados de malversación de fondos públicos y prevaricación, no constituye, a su juicio, un motivo suficiente como para suspender penas de inhabilitación absoluta y de prisión que «son lo suficientemente largas», máxime tratándose de delitos relacionados con la corrupción política.
El Supremo confirmó las penas de entre seis y casi ocho años de prisión para la mayoría de los acusados, incluido Griñán. Hizo una excepción en el caso del exdirector general de Trabajo de la Junta Juan Márquez Contreras, que vio rebajado el periodo de privación de liberta a tres años porque el Supremo estimó parcialmente su recurso.
El informe menciona el artículo 4.4. del Código Penal que regula la suspensión de la ejecución de la pena cuando media una petición de indulto que, en este caso, debe decidir el Gobierno de Pedro Sánchez. Las defensas esgrimieron que, de ser ejecutada la sentencia, la finalidad del indulto pudiera «resultar ilusoria», por lo que instaban a esperar a que el Consejo de Ministros se pronunciara sobre esta medida de gracia y también a que el TC resolviera el eventual recurso que presentarán los condenados alegando una supuesta vulneración de derechos fundamentales.
Contra natura
El Ministerio Público desmonta esta tesis y advierte de que la norma en la que se escuda, por ejemplo, el abogado de Griñán para evitar que entre en la prisión a sus 76 años, tiene un «carácter excepcional» y acceder a ella sería ir contra natura y saltarse «la igualdad ante la ley». El «principio general» marca la no suspensión de las penas y es «exigido por el interés público que reclama que las resoluciones judiciales firmes se cumplan», apunta.
El informe de los fiscales pone de relieve la naturaleza y gravedad de los delitos que cometieron. «Estamos ante una forma más de ‘corrupción política’ cuando analiza la tipicidad de la malversación», avisa.
De igual manera, a la hora de valorar la arbitrariedad de las resoluciones (de concesión y pago de las ayudas), el Supremo determinó que «el correcto entendimiento del delito de prevaricación administrativa sólo puede realizarse, como ha señalado la doctrina científica, desde una concepción democrática del poder público».
«La corrupción política y administrativa y la desviación de poder son incompatibles con un estado democrático de derecho, en el que han de prevalecer principios como la igualdad ante la ley, el control del poder público, la imparcialidad y la corrección en la actuación administrativa», recuerda Anticorrupción, parafraseando la resolución del Alto Tribunal.
Griñán no es el único que puede verse privado de libertad. Ocho ex altos cargos del Gobierno andaluz más deberían entrar en prisión. Entre ellos, cuatro exconsejeros: Antonio Fernández, de Empleo (penado con 7 años y 11 meses de cárcel); José Antonio Viera, también de Empleo (7 años y 1 día); Carmen Martínez Aguayo, de Hacienda (6 años y 2 días); y Francisco Vallejo, de Innovación (7 años y 1 día). Y también Agustín Barberá, exviceconsejero de Empleo (7 años y 1 día); Jesús María Rodríguez Román, exviceconsejero de Innovación (6 años y 2 días); Juan Márquez Contreras, exdirector general de Trabajo (que ha visto reducida su pena de reclusión a 3 años); y Miguel Ángel Serrano, ex director general de la agencia que pagaba las ayudas, IFA/IDEA (6 años y 6 meses).
Chaves, inhabilitado
Además, seis ex altos cargos socialistas han sido sancionados con una inhabilitación absoluta para empleo o cargo público como autores de un delito con