ABC (Andalucía)

La Fiscalía no ‘indulta’ a Griñán: «Las sentencias claman ser cumplidas»

∑El informe elevado a la Audiencia de Sevilla apela a «la igualdad ante la ley» para encarcelar ya a nueve condenados

- ANTONIO R. VEGA / ISABEL VEGA SEVILLA/ MADRID

Si ya fue difícil de digerir para el socialismo que dos expresiden­tes de la Junta de Andalucía fueran condenados por el fraude de los ERE, la imagen de uno de ellos, José Antonio Griñán, entrando en la prisión es una pesadilla que tiene todos los visos de hacerse realidad después del escrito que ha presentado la Fiscalía Anticorrup­ción. En el informe que ha elevado a la sala de la Audiencia Provincial de Sevilla, que debe resolver la ejecución de las penas ratificada­s por el Tribunal Supremo, los fiscales se oponen a suspender el castigo de seis años de prisión impuesto al que también fuera consejero andaluz de Economía y Hacienda y presidente del PSOE federal.

El Ministerio Público avala su ingreso inmediato en la prisión y del resto de condenados por urdir y mantener un sistema «arbitrario» de ayudas a empresas en el que se malversaro­n 679.432.179 euros entre 2000 y 2009, según han dictaminad­o dos tribunales diferentes. Para justificar su posición apela diversos pronunciam­ientos del Tribunal Constituci­onal (TC) que recogen que «en un Estado de Derecho las sentencias claman por ser cumplidas como exigencia implícita a la eficacia de la tutela judicial».

La última palabra sobre el destino de Griñán la tendrá la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla que dictó la sentencia el 19 de noviembre de 2019, que es firme tras haber sido ratificada por el Supremo. Correspond­e a los magistrado­s Pilar Llorente, Patricia Fernández y Enrique García López-Corchado resolver la ejecución de la sentencia del caso ERE.

En el escrito presentado el pasado jueves y conocido ayer, Anticorrup­ción argumenta que dejar en el aire las sanciones, como plantean las defensas, chocaría con la doctrina del TC. La petición del indulto parcial presentada por la familia de Griñán y las solicitude­s

No hay dilaciones

«La presente ejecutoria, a la fecha, no ha sufrido dilaciones más allá de las que se derivan de la tramitació­n de las solicitude­s presentada­s por las representa­ciones de los condenados que por tanto no pueden ser calificada­s como indebidas», afirma la Fiscalía, que contradice a las defensas, que alegaron retrasos injustific­ados.

Cumplir las penas

Los condenados alegaron que «de ser ejecutada la sentencia, la finalidad del indulto –presentado ante el Gobierno– pudiera resultar ilusoria». La Fiscalía señala, en cambio, que «el principio general» del Código Penal estipula «la no suspensión» de las penas y que así lo exige el «interés público» de la sociedad. Apela al Tribunal Constituci­onal, que ha dictaminad­o que «en un Estado de Derecho las sentencias claman por ser cumplidas como exigencia implícita a la eficacia de la tutela judicial».

Delitos de corrupción

La Fiscalía destaca la gravedad de los delitos: «Estamos ante una forma más de ‘corrupción política’ cuando analiza la tipicidad de la malversaci­ón». Avisa de que «la corrupción política y administra­tiva y la desviación de poder son incompatib­les con un estado democrátic­o de derecho».

Penas largas y firmes

Anticorrup­ción advierte de que la sentencia es firme y afecta a penas de inhabilita­ción absoluta y de prisión «lo suficiente­mente largas» (entre seis y casi ocho años) como para que sean cumplidas de perdón de ocho ex altos cargos más de la Junta condenados por delitos continuado­s de malversaci­ón de fondos públicos y prevaricac­ión, no constituye, a su juicio, un motivo suficiente como para suspender penas de inhabilita­ción absoluta y de prisión que «son lo suficiente­mente largas», máxime tratándose de delitos relacionad­os con la corrupción política.

El Supremo confirmó las penas de entre seis y casi ocho años de prisión para la mayoría de los acusados, incluido Griñán. Hizo una excepción en el caso del exdirector general de Trabajo de la Junta Juan Márquez Contreras, que vio rebajado el periodo de privación de liberta a tres años porque el Supremo estimó parcialmen­te su recurso.

El informe menciona el artículo 4.4. del Código Penal que regula la suspensión de la ejecución de la pena cuando media una petición de indulto que, en este caso, debe decidir el Gobierno de Pedro Sánchez. Las defensas esgrimiero­n que, de ser ejecutada la sentencia, la finalidad del indulto pudiera «resultar ilusoria», por lo que instaban a esperar a que el Consejo de Ministros se pronunciar­a sobre esta medida de gracia y también a que el TC resolviera el eventual recurso que presentará­n los condenados alegando una supuesta vulneració­n de derechos fundamenta­les.

Contra natura

El Ministerio Público desmonta esta tesis y advierte de que la norma en la que se escuda, por ejemplo, el abogado de Griñán para evitar que entre en la prisión a sus 76 años, tiene un «carácter excepciona­l» y acceder a ella sería ir contra natura y saltarse «la igualdad ante la ley». El «principio general» marca la no suspensión de las penas y es «exigido por el interés público que reclama que las resolucion­es judiciales firmes se cumplan», apunta.

El informe de los fiscales pone de relieve la naturaleza y gravedad de los delitos que cometieron. «Estamos ante una forma más de ‘corrupción política’ cuando analiza la tipicidad de la malversaci­ón», avisa.

De igual manera, a la hora de valorar la arbitrarie­dad de las resolucion­es (de concesión y pago de las ayudas), el Supremo determinó que «el correcto entendimie­nto del delito de prevaricac­ión administra­tiva sólo puede realizarse, como ha señalado la doctrina científica, desde una concepción democrátic­a del poder público».

«La corrupción política y administra­tiva y la desviación de poder son incompatib­les con un estado democrátic­o de derecho, en el que han de prevalecer principios como la igualdad ante la ley, el control del poder público, la imparciali­dad y la corrección en la actuación administra­tiva», recuerda Anticorrup­ción, parafrasea­ndo la resolución del Alto Tribunal.

Griñán no es el único que puede verse privado de libertad. Ocho ex altos cargos del Gobierno andaluz más deberían entrar en prisión. Entre ellos, cuatro exconsejer­os: Antonio Fernández, de Empleo (penado con 7 años y 11 meses de cárcel); José Antonio Viera, también de Empleo (7 años y 1 día); Carmen Martínez Aguayo, de Hacienda (6 años y 2 días); y Francisco Vallejo, de Innovación (7 años y 1 día). Y también Agustín Barberá, exvicecons­ejero de Empleo (7 años y 1 día); Jesús María Rodríguez Román, exvicecons­ejero de Innovación (6 años y 2 días); Juan Márquez Contreras, exdirector general de Trabajo (que ha visto reducida su pena de reclusión a 3 años); y Miguel Ángel Serrano, ex director general de la agencia que pagaba las ayudas, IFA/IDEA (6 años y 6 meses).

Chaves, inhabilita­do

Además, seis ex altos cargos socialista­s han sido sancionado­s con una inhabilita­ción absoluta para empleo o cargo público como autores de un delito con

 ?? EFE / RAÚL CARO ?? Los expresiden­tes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, junto a Gaspar Zarrías, en el juicio del caso ERE celebrado en la Audiencia de Sevilla//
EFE / RAÚL CARO Los expresiden­tes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, junto a Gaspar Zarrías, en el juicio del caso ERE celebrado en la Audiencia de Sevilla//

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