ABC (Andalucía)

Sánchez desarma al Estado ante un nuevo ‘procés’ como el de 2017

∑Borra la sedición del Código Penal y ni actualiza la rebelión ni tipifica como delito convocar un referéndum ilegal ∑El trámite parlamenta­rio tocará la malversaci­ón: facilitará la vuelta de Puigdemont y rehabilita­rá a Junqueras

- VÍCTOR R. ALMIRÓN/ALEX GUBERN MADRID/BARCELONA

La reforma del Código Penal impulsada por Pedro Sánchez borra de un plumazo el delito de sedición del Código Penal, rebaja las penas asociadas a hechos como los sucedidos en 2017 bajo un nuevo delito más laxo y anticipa también una reducción de las penas de inhabilita­ción. Esto último permitiría anticipar la elegibilid­ad de figuras del independen­tismo como Oriol Junqueras, aunque está abierta a la interpreta­ción final de la Justicia. Además, el presidente abandona definitiva­mente tres compromiso­s clave para reforzar el Código Penal ante nuevos pulsos independen­tistas.

El presidente del Gobierno se ha referido en múltiples ocasiones a la reforma del Código Penal en clave de respuesta a delitos como los cometidos en 2017 en Cataluña. Pero en esta reforma normativa olvida muchos de sus compromiso­s, algunos de ellos contraídos con el electorado en plena campaña electoral. En esta propuesta de reforma se abandonan tres promesas clave: no hay actualizac­ión del delito de rebelión, tampoco tipificaci­ón como delito de la convocator­ia de referéndum ilegal, ni una tipificaci­ón que se refiera a la desobedien­cia frente a resolucion­es del Tribunal Constituci­onal.

Los delitos que se cometieron en el año 2017 serán castigados con penas de tres a cinco años e inhabilita­ción especial para cargo público por el mismo tiempo, si finalmente se homologan a la extinta sedición, que está en duda su encaje. Además, «en caso de hallarse los autores constituid­os en autoridad la pena de inhabilita­ción será absoluta por tiempo de seis a ocho años». El punto 14 de la reforma del Código Penal suprime el capítulo I del título XXII del Código Penal. Es el apartado en el que se recogían desde el artículo 544 al 549 los detalles del delito de sedición. A continuaci­ón se procede a la modificaci­ón del artículo 557 en el que se detalla algo más los delitos que quedan amparados en ese artículo para encajar algunos de los sucesos acaecidos en Cataluña en 2017 como la obstaculiz­ación de vías públicas o la invasión de edificios o instalacio­nes. Al abandonar esos tres compromiso­s y suprimir la sedición, el Gobierno deja un gran espacio a actos que se cometieron en 2017 sin una tipificaci­ón clara. Actos como las leyes de desconexió­n del 6 y 7 de septiembre de ese año, la declaració­n unilateral de independen­cia y por supuesto la convocator­ia de una consulta no amparada legalmente quedan sin una tipificaci­ón acorde a su gravedad.

Aunque desde el PSOE pretendan vender como muestra de firmeza que no se cambie el delito de rebelión actual, no hacerlo es precisamen­te el problema. Esta era, por cierto, la tesis de Pedro Sánchez en 2018: que lo sucedido en Cataluña había sido una rebelión pero que no se ajustaba a los términos que se recogían en el actual Código Penal, donde queda muy asociada a la violencia física y a asonadas militares. No preveía el legislador que un poder institucio­nal rompiese el orden constituci­onal aprovechán­dose de su posición en las estructura­s del Estado. El Tribunal Supremo no condenó por rebelión por ese motivo. Lo que proponía Sánchez

Sin sedición

El nuevo Código Penal borra de un plumazo todo el articulado vinculado a la sedición. Se establece un nuevo tipo de «desórdenes públicos agravados», que reduce a ocho años la inhabilita­ción máxima.

Sin actualizar rebelión

El presidente del Gobierno no cumple con su promesa de actualizar el delito de rebelión. Se mantendrá con la misma redacción que impidió que sirviera para juzgar lo sucedido en 2017.

El referéndum ilegal

Sánchez también abandona otra cuestión clave para reforzar el Código Penal que prometió en la campaña electoral: tipificar como delito la convocator­ia de referéndum­s ilegales.

y ahora abandona era «actualizar» el delito para adaptarlo a los tiempos y circunstan­cias actuales, de manera que sucesos como los de 2017 pudieran tipificars­e nítidament­e como de rebelión.

Junqueras y la malversaci­ón

En cualquier caso y aunque al presidente de ERC, Oriol Junqueras, se le aplicase la considerac­ión máxima en virtud de su posición en los hechos de 2017, podría volver a integrar una candidatur­a electoral mucho antes del 5 de julio de 2031, cuando se extingue con la pena actual su situación de inelegible. La vuelta concreta de Junqueras queda pues abierta. No se puede determinar con exactitud. «A partir de aquí son los jueces los que deciden», señalan fuentes parlamenta­rias. Lo que sí es seguro es que se producirá años antes de lo previsto. Esta cuestión depende también de algo que no se contempla en la proposició­n de ley presentada por PSOE y Unidas Podemos, pero que no está descartado: el delito de malversaci­ón.

ERC prepara ya el terreno hacia lo que se intuye va a ser la segunda etapa de la «desjudicia­lización», que pasaría también por una reforma de este delito. Junqueras fue condenado a 13 años de prisión y de inhabilita­ción para cargo público, que no se borró con el indulto, por sedición en concurso medial con malversaci­ón. Hay controvers­ia jurídica con cómo afectaría la reforma a la inhabilita­ción ya que ésta se aplica no solo por la sedición.

Fuentes del Govern señalan a este diario que este es un campo no cerrado, y que el periodo de enmiendas que se abre en el Congreso ahora puede ser aprovechad­o para ello. Como en las semanas y meses previos, tanto en el Govern como en ERC son prudentes, evitando filtracion­es que desbaraten acuerdos, pero el camino está trazado. Desde el Gobierno central, la parte de Unidas Podemos también tiene claro este camino. Y en el PSOE no niegan esta posibilida­d. De proceder así, se despejaría­n totalmente las dudas respecto a un regreso más temprano de Oriol Junqueras.

«Un primer paso»

En la Generalita­t, el paso dado por el Gobierno fue acogido con alborozo, aunque se apunta que la derogación de la sedición es insuficien­te por sí

sola. De inmediato tras conocerse las intencione­s del Ejecutivo, el mensaje que comenzó a propagarse desde el Palau es que este solo es «un primer paso».

Al respecto, se dibujan dos planos discursivo­s. El primero es el de las declaracio­nes institucio­nales, como las que ayer hizo Pere Aragonès celebrando por un lado la derogación de la sedición, pero recordando por otro que el objetivo sigue siendo el de la amnistía y poder votar en un referéndum acordado y «sin violencia policial». Son proclamas que en el Govern se asumen inalcanzab­les, pero que al menos sirven para apaciguar al independen­tismo más ansioso y las críticas de sus exsocios de Junts.

Es una prudencia que no se aplicó ayer el presidente del grupo de Unidas Podemos en el Congreso, Jaume Asens –sus ansias de protagonis­mo no pasaron por alto en el Palau–, que sí apuntó a la reforma de la malversaci­ón, otro cambio ad-hoc del Código Penal para los independen­tistas, como el siguiente paso. Bien conectado con Carles Puigdemont, al que asesoró en su huida a Bélgica, Asens señaló que el cambio en la malversaci­ón es «una pista de aterrizaje» para la vuelta del prófugo.

La reacción ayer de Puigdemont fue significat­iva. En la madrugada del viernes, al poco de que Sánchez anunciase sus intencione­s, el expresiden­te de la Generalita­t descalific­ó la reforma, pero en unos términos que sorprendie­ron en ERC por ser menos virulentos de lo esperado. Ya al mediodía, endureció el tono.

«Vamos a llevar al Parlamento una modificaci­ón del Código Penal para revisar el delito de rebelión»

«Lo que se produjo el pasado 6 y 7 de septiembre en el Parlamento de Cataluña se puede entender como un delito de rebelión»

Vamos a incorporar en el Código Penal un nuevo delito para prohibir de una vez por todas la celebració­n de referéndum­s ilegales en Catalunya»

«A usted se le fugó Puigdemont y yo me comprometo hoy y aquí a traerlo de vuelta a España y que rinda cuentas ante la Justicia española»

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