Los juristas sospechan que la reforma esconde una amnistía encubierta
Discrepan sobre el efecto inmediato que tendrá en penados como Junqueras
Justificar la derogación de la sedición en el Código Penal por una supuesta necesidad de armonizar la legislación con el entorno europeo es «un pretexto» y un «artificio» para justificar el fruto de un acuerdo político. Es la conclusión que comparten catedráticos y profesores de Derecho Penal y Constitucional, como también jueces y fiscales, consultados ayer por este diario tras la difusión del proyecto de reforma que ha impulsado el Ejecutivo. También comparten que el gesto vacía de contenido la sentencia del Tribunal Supremo, avalada por el Constitucional, que castigó a los líderes del proceso independentista en Cataluña, a quienes ven dirigida la iniciativa.
En lo que no hay tanto consenso es en la consecuencia directa que tendrá la reforma en los sentenciados por sedición en concurso medial con malversación. Indultados todos por el primer delito, están en libertad. Pero personas como el líder de ERC, Oriol Junqueras siguen inhabilitadas.
Las fuentes jurídicas consultadas sospechan de una suerte de amnistía encubierta. Interpretan que si la condena lo fue por malversar para hacer la sedición, ahora que esta desaparece no sería delito tampoco haber metido la mano en la caja para perpetrarla. Un efecto arrastre que beneficiaría a Junqueras, inhabilitado por trece años de los que ha cumplido tres y casi un mes. Por no hablar del escenario en los tribunales europeos ante los recursos que los mismos condenados tienen presentados por vulneración de sus derechos. Ahora es el propio Estado
el que dice con la reforma que la conducta por la que acabaron en la cárcel no es delito.
Porque aquí entra otra duda que comparten varios juristas. La modificación introduce un tipo nuevo –«desórdenes públicos agravados»– que se antoja como el reemplazo de la extinta sedición. Las fuentes fiscales consultadas son categóricas: los hechos que recoge la sentencia del ‘procés’ «exceden con mucho» las características de ese nuevo ilícito, no encajan en él. Y como los hechos ya fueron sentenciados –en un fallo que descartaba que fuesen meros desórdenes públicos– tampoco es que haya margen para cambiar la calificación. «Puede llegar a significar de hecho la impunidad de la conducta», alerta el profesor de Derecho Penal en Comillas-Icade Antonio Obregón. Para la catedrática de Constitucional por la Autónoma de Barcelona Teresa Freixes, eso es «lo que parece»: «Que se quiere dejar sin reproche penal ese tipo de conductas» y no atenuar, como dice el Gobierno, el reproche que ya existe.
Obregón discrepa con que las inhabilitaciones vayan a desaparecer al caer la sedición, igual que opina Ignacio Álvarez, profesor de Constitucional en la Complutense de Madrid. Otra cosa es que cuando el Supremo revise las sentencias, atenúe su duración al recalcular la pena. «El reo es condenado por el tipo penal más grave, que en el procés era el de sedición. Si ahora malversación es la única pena que subsiste, se mantiene», comenta Carlos Flores, catedrático de Constitucional en la Universidad de Valencia. En ERC, por si acaso, ayer hablaban ya de proponer enmiendas para modificar en su favor el delito de malversación.
Caso aparte es la situación de los prófugos, porque la calificación se puede ajustar. A falta de sedición y si no encajan los desórdenes, se podría retomar la rebelión en tentativa. El problema, como señala el catedrático de Penal Luis Rodríguez Ramos, es que el cambio es de «un oportunismo que no tiene sentido y que no es serio» porque «no se puede modificar un artículo del Código Penal sin analizar los demás». «El sistema constitucional queda con ámbitos de desprotección», añade Freixes. Recuerda, como Flores, que ya no hace falta alzarse en armas para subvertir la Constitución. Y si no hay rebelión sin violencia y tampoco sedición, quedan solo dos herramientas frente a otro 1-O: el artículo 155 o los estados de sitio o excepción, más gravosos para todos.
Ven «un pretexto» que haya que armonizar la ley con la UE y califican de poco seria y «oportunista» la reforma por parcial
Ponen en duda que el ‘procés’ encaje en el nuevo delito de desórdenes y abren la puerta a retomar la rebelión en los prófugos