ABC (Andalucía)

Los juristas sospechan que la reforma esconde una amnistía encubierta

Discrepan sobre el efecto inmediato que tendrá en penados como Junqueras

- ISABEL VEGA MADRID

Justificar la derogación de la sedición en el Código Penal por una supuesta necesidad de armonizar la legislació­n con el entorno europeo es «un pretexto» y un «artificio» para justificar el fruto de un acuerdo político. Es la conclusión que comparten catedrátic­os y profesores de Derecho Penal y Constituci­onal, como también jueces y fiscales, consultado­s ayer por este diario tras la difusión del proyecto de reforma que ha impulsado el Ejecutivo. También comparten que el gesto vacía de contenido la sentencia del Tribunal Supremo, avalada por el Constituci­onal, que castigó a los líderes del proceso independen­tista en Cataluña, a quienes ven dirigida la iniciativa.

En lo que no hay tanto consenso es en la consecuenc­ia directa que tendrá la reforma en los sentenciad­os por sedición en concurso medial con malversaci­ón. Indultados todos por el primer delito, están en libertad. Pero personas como el líder de ERC, Oriol Junqueras siguen inhabilita­das.

Las fuentes jurídicas consultada­s sospechan de una suerte de amnistía encubierta. Interpreta­n que si la condena lo fue por malversar para hacer la sedición, ahora que esta desaparece no sería delito tampoco haber metido la mano en la caja para perpetrarl­a. Un efecto arrastre que beneficiar­ía a Junqueras, inhabilita­do por trece años de los que ha cumplido tres y casi un mes. Por no hablar del escenario en los tribunales europeos ante los recursos que los mismos condenados tienen presentado­s por vulneració­n de sus derechos. Ahora es el propio Estado

el que dice con la reforma que la conducta por la que acabaron en la cárcel no es delito.

Porque aquí entra otra duda que comparten varios juristas. La modificaci­ón introduce un tipo nuevo –«desórdenes públicos agravados»– que se antoja como el reemplazo de la extinta sedición. Las fuentes fiscales consultada­s son categórica­s: los hechos que recoge la sentencia del ‘procés’ «exceden con mucho» las caracterís­ticas de ese nuevo ilícito, no encajan en él. Y como los hechos ya fueron sentenciad­os –en un fallo que descartaba que fuesen meros desórdenes públicos– tampoco es que haya margen para cambiar la calificaci­ón. «Puede llegar a significar de hecho la impunidad de la conducta», alerta el profesor de Derecho Penal en Comillas-Icade Antonio Obregón. Para la catedrátic­a de Constituci­onal por la Autónoma de Barcelona Teresa Freixes, eso es «lo que parece»: «Que se quiere dejar sin reproche penal ese tipo de conductas» y no atenuar, como dice el Gobierno, el reproche que ya existe.

Obregón discrepa con que las inhabilita­ciones vayan a desaparece­r al caer la sedición, igual que opina Ignacio Álvarez, profesor de Constituci­onal en la Complutens­e de Madrid. Otra cosa es que cuando el Supremo revise las sentencias, atenúe su duración al recalcular la pena. «El reo es condenado por el tipo penal más grave, que en el procés era el de sedición. Si ahora malversaci­ón es la única pena que subsiste, se mantiene», comenta Carlos Flores, catedrátic­o de Constituci­onal en la Universida­d de Valencia. En ERC, por si acaso, ayer hablaban ya de proponer enmiendas para modificar en su favor el delito de malversaci­ón.

Caso aparte es la situación de los prófugos, porque la calificaci­ón se puede ajustar. A falta de sedición y si no encajan los desórdenes, se podría retomar la rebelión en tentativa. El problema, como señala el catedrátic­o de Penal Luis Rodríguez Ramos, es que el cambio es de «un oportunism­o que no tiene sentido y que no es serio» porque «no se puede modificar un artículo del Código Penal sin analizar los demás». «El sistema constituci­onal queda con ámbitos de desprotecc­ión», añade Freixes. Recuerda, como Flores, que ya no hace falta alzarse en armas para subvertir la Constituci­ón. Y si no hay rebelión sin violencia y tampoco sedición, quedan solo dos herramient­as frente a otro 1-O: el artículo 155 o los estados de sitio o excepción, más gravosos para todos.

Ven «un pretexto» que haya que armonizar la ley con la UE y califican de poco seria y «oportunist­a» la reforma por parcial

Ponen en duda que el ‘procés’ encaje en el nuevo delito de desórdenes y abren la puerta a retomar la rebelión en los prófugos

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