La ley contra la trata de Montero y Llop ofende a cuatro ministerios
∑Darias, Calviño, Alegría y Planas ven «prejuicios», «mensajes equivocados» y «señalamientos» en la nueva norma
El anteproyecto de ley contra la trata y la explotación de seres humanos llegará previsiblemente mañana al Consejo de Ministros no exento de polémica. El texto, adelantado por ABC, ha recibido alegaciones de varios ministerios. Se trata de un procedimiento normal cuando se elabora una ley orgánica si no fuera por el calibre de las críticas contenidas en algunas de las observaciones que han hecho varios ministerios, a las que también ha tenido acceso este periódico.
La norma, que deja afuera a jueces y fiscales en la identificación de víctimas de trata y concede vivienda e ingreso mínimo vital a las personas afectadas por la trata o la explotación, ha sido criticada, entre otros, por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Cuestiona que la ley prometa un ‘reconocimiento’ a las empresas libres de trata y explotación. El departamento dirigido por Nadia Calviño le reprocha a las ministras Montero y Llop la pretensión de dar el distintivo «Empresa libre de trata y explotación» a aquellas compañías que adecúen su estructura y normas a lo establecido en la ley cuando esto, en realidad, debería ser una «obligación», dice el departamento de Calviño. «La creación de un distintivo de este tipo podría enviar un mensaje equivocado. Así, pudiera parecer erróneamente que las empresas que no lo tengan es porque no están libres de trata y explotación», señalan los técnicos del ministerio de Calviño en las alegaciones.
«Problemático y perjudicial»
Agregan, que esto podría ser «especialmente problemático y perjudicial para las pymes, las cuales suelen tener menor capacidad para acometer las cargas administrativas que puede suponer la obtención de un distintivo de este tipo. Por lo que, en última instancia, existe una mayor probabilidad de que sean precisamente las pymes las que carezcan de este distintivo, frente a las grandes empresas que, con su mayor capacidad, tenderían a optar al mismo». Así, el citado ministerio pide la eliminación del artículo entero que hace mención a dicho distintivo, algo que, sin embargo, se rechaza.
Otra dura crítica es la que hace el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación por hacer «señalamientos» a determinados sectores que, según la ley, representan «mayor riesgo de explotación». ¿Cuáles? «Particularmente el sector agroalimentario, el trabajo doméstico y de cuidados, el sector textil, la construcción, el sector turístico y el ocio nocturno». El departamento dirigido por Luis Planas considera que la ley ya señala «adecuadamente cuáles son los elementos que se tendrán en consideración para apreciar qué sectores presentan un mayor riesgo de explotación, sin necesidad de hacer señalamientos previos de cuales son éstos».
«Imagen peyorativa»
«Implica un prejuicio y da una imagen peyorativa de los mismos», continúan los técnicos de Planas. En esta ocasión, sí se accede a eliminar esta locución del texto legal.
Otro ministerio crítico es el de Educación. La norma dedica tres artículos a este ámbito y prevé, entre otras cuestiones, la introducción en el aula de contenidos relacionados con la trata y la explotación desde la etapa de Infantil. Pero no es eso lo que reprocha el departamento de Pilar Alegría. La ministra sugiere que el texto sobre la trata debe reflejar lo que dice la ley educativa en vigor y ajustarse a ella si lo que se pretende es incluir contenidos curriculares obligatorios sobre la trata. Además, se insiste en la necesidad de impartir educación afectivo-sexual.
Sanidad también corrige el anteproyecto. Este estipula que «en los Planes Nacionales de Salud se contemplará un apartado de prevención e intervención integral en materia de trata y explotación de seres humanos».
Sin embargo, para el departamento dirigido por Carolina Darias, esto carece de sentido y solicita que se añada una coletilla que indique que la inclusión del apartado sobre la trata se realizará «en los casos que se requiera». «No resulta razonable exigir en todas las estrategias o planes que se aprueben a nivel nacional, un apartado relativo a la prevención e intervención integral en materia de trata y explotación en seres humanos», razona Sanidad. «Hay estrategias que sí requieren realizar ese análisis, pero habrá otras muchas en que no será necesario incorporar un apartado sobre esta cuestión».
Por otro lado, la ley contempla crear en el seno del Consejo Interterritorial de Salud una Comisión contra la trata y la explotación de seres humanos. Otra vez, Sanidad se niega. «La creación de una comisión contra la trata y la explotación en el seno del Interterritorial resulta innecesaria. En efecto, en términos generales, resulta inoportuno generar estructuras organizativas atomizadas, con tareas muy específicas, cuando la función asignada a dichas estructuras se subsume con facilidad en órganos ya existentes». Además, Sanidad recuerda que la Comisión contra la Violencia de Género del Interterritorial «ya realiza un trabajo integral sobre esta materia».
Extracción de órganos
Por otro lado, Sanida señala que «es de interés subrayar también que la Comisión Permanente de Trasplantes, que también depende del Consejo Interterritorial, se encarga y asume las tareas y líneas de actuación relacionadas con la prevención y con la lucha contra la trata de personas con fines de extracción de órganos o tejidos corporales».
En la elaboración de la ley contra la trata han intervenido cuatro ministe
rios (Igualdad, Justicia, Interior y Seguridad Social) aunque la voz cantante la han llevado los dos primeros de la mano de Irene Montero y Pilar Llop, respectivamente. La norma empezó a gestarse el año pasado a través de la Delegación del Gobierno Contra la Violencia de Género en el departamento de Igualdad pero Llop también hizo lo suyo al constituir una sección especial en la Comisión General de Codificación para la elaboración de la ley. En la norma, redactada con «perspectiva de género», el Gobierno deja afuera a la Justicia en el proceso de identificación de víctimas, al menos en la parte provisional del proceso. Jueces y fiscales son reemplazados en esta primera parte por servicios sociales, Inspección de Trabajo y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. También adquieren un papel preponderante en la identificación de víctimas las «entidades especializadas», ONGs acreditadas por el Ejecutivo.
La ley castigará con cárcel a quienes prostituyan mujeres y dará el ingreso mínimo vital a las víctimas
Por otro lado, la norma tipifica el delito de trabajos o servicios forzosos (incluyendo prestaciones o actividades de naturaleza sexual, la mendicidad y la realización de actividades delictivas) y lo castiga con la pena de prisión de cinco a ocho años. También pasan a integrar el Código Penal el delito de servidumbre, que se castiga con la pena de cárcel de seis a nueve años y el de esclavitud, castigado con ocho a doce años. En el caso de la trata, el anteproyecto dice que será castigado con la pena de cinco a ocho años quien, «empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o de vulnerabilidad de la víctima, la capte, traslade, acoja, entregue o transfiera el control sobre la víctima, con la finalidad de someterla a explotación en alguna de las siguientes formas: La imposición de esclavitud, de servidumbre, o de trabajos o servicios forzados, incluyendo la mendicidad y la realización de actividades delictivas; la explotación sexual; la extracción de sus órganos o fracción o de tejidos corporales o la celebración de matrimonios o uniones de hecho forzadas, conforme a cualquier rito».