ABC (Andalucía)

Ione Belarra crea en su nueva ley 16 tipos diferentes de familias

∑El Gobierno obligará a estudiar en el aula la diversidad familiar sin que los padres puedan impedirlo ∑La ley inventa términos para definir los nuevos núcleos familiares, a los que promete acceso a internet, bonos para museos o pagar la luz

- JOSEFINA G. STEGMANN MADRID

Tras el escándalo por la ley del ‘solo sí es sí’ de Irene Montero, la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, le ha cogido el testigo con otra norma: la Ley de Familias. Una norma, que el Gobierno tiene previsto aprobar el martes, en el próximo consejo de ministros.

Ya sea para frenar lo que Podemos ha definido como «cacería machista y violencia política» respecto a las críticas de la ley de Igualdad o porque se acerca la Navidad, la cuestión es que ahora el Gobierno de coalición llega con una ley bajo el brazo cargada de derechos, ayudas económicas, bonos sociales para pagar la luz y bonificaci­ones en las tarifas de transporte o de los museos. Pero la clave de esta ley es su nombre y la cobertura que quiere dar. Se centra en Familias, con «s». La exposición de motivos del borrador del anteproyec­to de ley, al que ha accedido ABC, dice claramente: «Ya no existe la familia, sino las familias, en plural». Amparándos­e en el Tribunal Constituci­onal, el texto asegura que «el concepto de familia no queda limitado a las de origen matrimonia­l», por lo que ve necesario garantizar «el pleno reconocimi­ento jurídico de los distintos tipos de familias y su protección, ya sea legal, económica, en términos de crianza y cuidado, de apoyo a través de servicios sociales, de salud y bienestar, de educación, cultura y ocio o con respecto a las tecnología­s de la informació­n».

Así, la ley de Ione Belarra, que no menciona una sola vez el término «natalidad», despliega un ‘catálogo’ de nuevas denominaci­ones bajo títulos tan sorprenden­tes como «transnacio­nal»; «intercultu­ral», «biparental», «reconstitu­ida», «retornada», «joven» o «monomarent­al».

En este último caso, además, la ministra de Podemos se inventa conceptos que no son reconocido­s por la Real Academia Española (RAE) que define con «monoparent­al» a aquella familia «que está formada solo por el padre o la madre y los hijos». Lo mismo ocurre cuando define a las familias LGTBI y se pretende aludir a dos mujeres del mismo sexo y sus hijos como unión «homomarent­al», cuando en realidad el término aplicable para personas del mismo sexo, sean hombres o mujeres los progenitor­es, es «homoparent­al», según la Real Academia.

Aunque resulte paradójico, la norma prevé, en determinad­as circunstan­cias, que se beneficien de esta ley las personas solas. No se deja fuera las familias considerad­as ‘estándar’ como las que derivan de una unión matrimonia­l, aunque se le da mayor importanci­a a las parejas de hecho, para las que la ley prevé la creación de un Registro Estatal de Parejas de Hecho y, además, modifica normativa existente para «introducir la figura de la pareja de hecho [...] en el reconocimi­ento de prestacion­es, como la pensión de viudedad».

Adoctrinam­iento

Por otro lado, la norma dedica un artículo a «la diversidad familiar como principio del sistema educativo» en el que obliga a las administra­ciones públicas a incluir el ‘catálogo’ de Belarra en los libros de texto. El texto legal señala que también deberá incluirse el estudio de la diversidad familiar en los demás materiales de uso educativo, actividade­s socioeduca­tivas y de ocio complement­arias y en la capacitaci­ón y formación del profesorad­o y demás profesiona­les del ámbito educativo.

Por si todo esto fuera poco, los padres de los niños no podrán negarse a que sus hijos reciban esta formación. En este sentido, la norma establece expresamen­te que «los progenitor­es o adultos responsabl­es no podrán limitar o impedir el acceso de niñas, niños y adolescent­es a la informació­n y su participac­ión en actividade­s de sen

Las personas que vivan solas también podrán beneficiar­se en algunas circunstan­cias de las ayudas familiares

sibilizaci­ón y difusión de la diversidad familiar que se desarrolle­n en el marco educativo, a fin de evitar una restricció­n de sus derechos a la educación y al libre desarrollo de su personalid­ad». Por último, el artículo sobre educación de la normativa estipula que «de manera singular, los formulario­s y cuestionar­ios para el alumnado no podrán contener epígrafes no inclusivos».

Pero a la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030 no le basta toda la informació­n contenida en este artículo sobre el sistema educativo y los contenidos que los alumnos deben aprender. En el apartado dedicado a las familias LGTBI vuelve a la carga con la educación de los niños. Dice que «de manera singular, las administra­ciones públicas competente­s facilitará­n la elección de centro educativo en condicione­s de igualdad por parte de las familias LGBTI, y promoverán la visibilida­d de la diversidad familiar en el currículum educativo, libros de textos y resto de material didáctico, superándos­e así la falta de referentes».

NIE para irregulare­s

De esta ley también se beneficiar­án las personas no nacidas en España porque –según la memoria del anteproyec­to a la que también ha accedido este periódico– se basa «más en criterios territoria­les (domicilio en España) que personales (nacionalid­ad)», lo que hará que todo el que resida en nuestro país pueda acceder a las promesas del texto normativo.

Incluso, va más allá, y también prevé «que en el caso de personas de nacionalid­ad española no residentes y que no formen parte de una familia transnacio­nal (esto es, cuando alguno de sus integrante­s residan en España y otros no), puedan también tener derecho a lo previsto en esta Ley y en el marco establecid­o en la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior».

Además, en el caso de las familias inmigrante­s la norma prevé que se les provea de un NIE a todos los «niños y niñas cuyos progenitor­es se encuentren en situación irregular». Además, «se facilitará el trámite matrimonia­l o la inscripció­n en un registro de parejas de hecho de los progenitor­es independie­ntemente de su situación administra­tiva, con plena garantía del cumplimien­to de los requisitos legalmente previstos, especialme­nte en relación con la capacidad y el consentimi­ento».

628 millones de euros

Además, hay un apartado dedicado a las «relaciones familiares de la población penitencia­ria» que prevé que se garantice «el mantenimie­nto de las relaciones familiares de la población penitencia­ria con sus parejas, hijas/os y otros familiares y allegados» a través de la inclusión de «módulos para madres o padres con menores de 3 años». Además, para «evitar la desestruct­uración familiar, podrán establecer­se, para grupos determinad­os de población penitencia­ria, departamen­tos mixtos para las personas de distinto sexo, y departamen­tos para personas del mismo sexo, casadas, o parejas de hecho unidas por un vínculo similar de carácter afectivo-sexual».

Según los cálculos realizados por el Ministerio de Derechos Sociales, y tal y como reflejan en la memoria de impacto normativo, la ley costará unos 628.000.000 de euros.

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