LAS CLAVES DE LA LEY
Ingreso mínimo vital y acceso a la vivienda
Una vez que una víctima de trata es identificada de forma definitiva como tal, accede a una serie de derechos como la percepción del ingreso mínimo vital. Las víctimas también tendrán acceso a la vivienda
Explotación laboral
Se protegerá a las víctimas de toda modalidad de trata o explotación de seres humanos, introduciéndose por primera vez el delito de explotación laboral.
Mecanismo Nacional de Derivación
Tal como lo definió la ministra Llop, este órgano estará «encargado de la inmediata derivación de las presuntas víctimas de trata y centralizará todos los datos para tener un mejor conocimiento de la situación»
Creación de un fondo
Se prevé la creación de un fondo para indemnizar a las víctimas de trata y de explotación. protegidas y a los programas de ayuda de acceso», reza el texto); y recibirán el ingreso mínimo vital, entre otros derechos que prevé la ley.
Este diario preguntó durante la rueda de prensa a la ministra si el proyecto se modificó o sigue dejando fuera de la identificación provisional de las víctimas a los jueces y fiscales para darles el protagonismo, en su lugar, a las ONG. Aunque en la norma se les denomina entidades especializadas acreditadas (además de la participación de los servicios sociales, Inspección de Trabajo y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado).
Como la violencia de género
La ministra no aclaró este punto. Si bien respondió que «no» se dejaba fuera a los jueces. La explicación que dio para justificarlo parecía apuntar a otra parte del proceso de identificación: «Las víctimas podrán ser acreditadas a través de una sentencia firme, una resolución judicial en el ámbito penal que conceda algún tipo de medida cautelar o de orden de protección. Por lo tanto, se ha seguido un sistema de acreditación judicial similar al de las víctimas de violencia de género». Sin embargo, Llop no aclaró qué sucede en la fase provisional del procedimiento de identificación.
La ministra sí aludió a la creación del llamado Mecanismo Nacional de Derivación, que definió como un «órgano encargado de la inmediata derivación de las presuntas víctimas de trata que centralizará todos los datos para tener un mejor conocimiento de la situación». En este mecanismo sí aparece el Ministerio Fiscal. En concreto, dicho mecanismo tendrá unidades multidisciplinares en cada provincia, encargadas de la identificación definitiva de las víctimas, y estarán integradas por un representante del Ministerio Fiscal, según el texto al que accedió ABC antes de la aprobación de ayer.
Permiso de residencia
Otras dudas sobre el anteproyecto estaban relacionadas con la posibilidad de que las víctimas accedan al permiso de residencia. Preguntada por el asunto, Llop volvió a insistir en que «el texto desvincula la denuncia y la participación de la víctima de la investigación penal. Y esta es una propuesta que nace en el germen del texto de esta ley.
En cuanto a la residencia, la ministra de Justicia justificó que la ley sigue el Convenio de Varsovia que prevé que las víctimas, una vez identificadas, tendrán derecho a la residencia por circunstancias excepcionales, teniendo en cuenta su situación personal o su colaboración dentro del procedimiento penal. «Lógicamente, si van a colaborar es necesario que tengan la residencia en el país por si es necesaria su declaración a lo largo del procedimiento».