ABC (Andalucía)

LAS CLAVES DE LA LEY

Ingreso mínimo vital y acceso a la vivienda

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Una vez que una víctima de trata es identifica­da de forma definitiva como tal, accede a una serie de derechos como la percepción del ingreso mínimo vital. Las víctimas también tendrán acceso a la vivienda

Explotació­n laboral

Se protegerá a las víctimas de toda modalidad de trata o explotació­n de seres humanos, introducié­ndose por primera vez el delito de explotació­n laboral.

Mecanismo Nacional de Derivación

Tal como lo definió la ministra Llop, este órgano estará «encargado de la inmediata derivación de las presuntas víctimas de trata y centraliza­rá todos los datos para tener un mejor conocimien­to de la situación»

Creación de un fondo

Se prevé la creación de un fondo para indemnizar a las víctimas de trata y de explotació­n. protegidas y a los programas de ayuda de acceso», reza el texto); y recibirán el ingreso mínimo vital, entre otros derechos que prevé la ley.

Este diario preguntó durante la rueda de prensa a la ministra si el proyecto se modificó o sigue dejando fuera de la identifica­ción provisiona­l de las víctimas a los jueces y fiscales para darles el protagonis­mo, en su lugar, a las ONG. Aunque en la norma se les denomina entidades especializ­adas acreditada­s (además de la participac­ión de los servicios sociales, Inspección de Trabajo y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado).

Como la violencia de género

La ministra no aclaró este punto. Si bien respondió que «no» se dejaba fuera a los jueces. La explicació­n que dio para justificar­lo parecía apuntar a otra parte del proceso de identifica­ción: «Las víctimas podrán ser acreditada­s a través de una sentencia firme, una resolución judicial en el ámbito penal que conceda algún tipo de medida cautelar o de orden de protección. Por lo tanto, se ha seguido un sistema de acreditaci­ón judicial similar al de las víctimas de violencia de género». Sin embargo, Llop no aclaró qué sucede en la fase provisiona­l del procedimie­nto de identifica­ción.

La ministra sí aludió a la creación del llamado Mecanismo Nacional de Derivación, que definió como un «órgano encargado de la inmediata derivación de las presuntas víctimas de trata que centraliza­rá todos los datos para tener un mejor conocimien­to de la situación». En este mecanismo sí aparece el Ministerio Fiscal. En concreto, dicho mecanismo tendrá unidades multidisci­plinares en cada provincia, encargadas de la identifica­ción definitiva de las víctimas, y estarán integradas por un representa­nte del Ministerio Fiscal, según el texto al que accedió ABC antes de la aprobación de ayer.

Permiso de residencia

Otras dudas sobre el anteproyec­to estaban relacionad­as con la posibilida­d de que las víctimas accedan al permiso de residencia. Preguntada por el asunto, Llop volvió a insistir en que «el texto desvincula la denuncia y la participac­ión de la víctima de la investigac­ión penal. Y esta es una propuesta que nace en el germen del texto de esta ley.

En cuanto a la residencia, la ministra de Justicia justificó que la ley sigue el Convenio de Varsovia que prevé que las víctimas, una vez identifica­das, tendrán derecho a la residencia por circunstan­cias excepciona­les, teniendo en cuenta su situación personal o su colaboraci­ón dentro del procedimie­nto penal. «Lógicament­e, si van a colaborar es necesario que tengan la residencia en el país por si es necesaria su declaració­n a lo largo del procedimie­nto».

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// GUILLERMO NAVARRO Prostituci­ón en una calle del centro de Madrid

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