ABC (Andalucía)

El fiscal general impone a sus subordinad­os la libertad de Forn

Alega «razones humanitari­as» por la «aparición de la tuberculin­a», que no es una enfermedad

- N. VILLANUEVA/ L. P. ARECHEDERR­A MADRID

Por imperativo legal. Así justificó ayer el fiscal Fidel Cadenas el cambio de criterio del Ministerio Público en la causa que el juez Pablo Llarena instruye en el Tribunal Supremo por rebelión contra miembros del anterior gobierno de la Generalita­t de Cataluña y otros líderes independen­tistas.

La Fiscalía del Alto Tribunal, que hasta el momento había mantenido que hay riesgo de reiteració­n delictiva en los cuatro imputados que hoy continúan en prisión, se vio obligada a asumir la orden de su superior jerárquico y solicitar la libertad bajo fianza para el exconsejer­o de Interior Joaquim Forn, uno de los cuatro.

Aunque el cambio de parecer en el nuevo fiscal general, Julián Sánchez Melgar, ya «se venía gestando días atrás», según ha podido saber ABC, no fue hasta ayer por la mañana –momentos antes de la vista de apelación en la que se estudiaba el recurso contra la decisión del juez Llarena de dejarle preso–, cuando el máximo representa­nte del Ministerio Público imponía a uno de los fiscales del caso que solicitara la libertad bajo fianza de 100.000 euros para el exconsejer­o. Los compañeros de Cadenas en este procedimie­nto –Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal y Jaime Moreno– no ocultaron su sorpresa al enterarse de la noticia por los medios.

Contrariad­o con la decisión

Tras escuchar los alegatos de la defensa, el fiscal Cadenas, que en esta ocasión acudió solo a la comparecen­cia, no argumentó el cambio de parecer del órgano al que pertenece y se limitó a señalar que actuaba por orden del fiscal general del Estado, Julián Sánchez Melgar. Así, sostuvo la petición de libertad en aplicación del artículo 25 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que faculta a su máximo representa­nte a dar órdenes directas a sus subordinad­os sobre asuntos específico­s. Visibiliza­r su contraried­ad con este viraje no fue un gesto gratuito.

Posteriorm­ente, y una vez finalizada la vista, la Fiscalía General emitía un comunicado en el que aludía a «razones humanitari­as» para solicitar la libertad bajo fianza. «Se ha tenido constancia de la aparición de la tuberculi- na, circunstan­cia que ha de ser tenida en cuenta», subraya la nota. Fuentes de Institucio­nes Penitencia­rias ya explicaron que Forn «no tiene tuberculos­is», sino que «el test de Mantoux o test de la tuberculin­a» al que fue sometido en la cárcel de Estremera en la que está interno reveló que Forn ha tenido «contacto en algún momento de su vida, posiblemen­te en la niñez, con el bacilo de la tuberculos­is», lo cual no significa que padezca la enfermedad.

El segundo motivo que esgrime la Fiscalía es que Forn renunció el pasado 24 de enero al acta de diputado, «como muestra de su intención manifiesta de cese su actividad política y, con ello, nulo impacto del riesgo de reiteració­n delictiva». A ello se suma, señala, la «falta de reiteració­n delictiva derivada de sus manifestac­iones y/o actuacione­s desde que se inició el cumplimien­to de la medida cautelar» de prisión provisiona­l.

Lo cierto es que cuando el juez Llarena tomó declaració­n al exconsejer­o el pasado 2 de febrero y la Fiscalía solicitó que se mantuviera la prisión incondicio­nal, Forn ya había renunciado a su acta de diputado, con lo que fuentes jurídicas no alcanzan a comprender qué nuevas circunstan­cias han motivado que ya no se aprecie ese riesgo de reiteració­n delictiva.

En su escrito ante la Sala, la defensa de Forn sostenía que el auto en el que Llarena rechazó su libertad «compromete su libertad ideológica» y «criminaliz­a el derecho a la libertad de pensamient­o». La defensa se mostraba convencida de que se le mantenía preso por sus «conviccion­es políticas, a pesar de haber manifestad­o su com-

FIDEL CADENAS FISCAL DEL TRIBUNAL SUPREMO El fiscal del Tribunal Supremo Fidel Cadenas, uno de los cuatro representa­ntes del Ministerio Público en la causa contra el «procés», actuó por imperativo del fiscal general

promiso de encauzarla­s por las vías legales y constituci­onales».

En aquella resolución el magistrado señaló como factores para apreciar el riesgo de reiteració­n delictiva «la incerteza que existe de que la voluntad política mayoritari­a sea respetar el orden legal para lograr la aspiración de independen­cia que aun hoy comparte el investigad­o» y «la todavía cercana determinac­ión con la que el investigad­o condujo su grave actuación delictiva», aun cuando sus aportacion­es tengan que ser necesariam­ente ajenas a la actividad parlamenta­ria a la que ha renunciado.

Llarena consideró que la instrucció­n hasta ahora realizada confirma la eventual responsabi­lidad del exconselle­r de Interior en la inactivida­d de los 17.000 agentes de los Mossos a su cargo ante la convocator­ia del referéndum ilegal del 1-O, y destaca en especial el testimonio del coronel Diego Pérez de los Cobos, como coordinado­r del dispositiv­o policial, que describió en su comparecen­cia ante el instructor una actuación policial contraria al cumplimien­to de la orden de impedir la celebració­n de la consulta ilegal.

La Sala Penal decide

También destacó el juez el hecho de que la ideología de Forn «coexiste con un contexto político en el que no hay certeza de que haya desapareci­do la intención de alcanzar la independen­cia de Cataluña», y que de hecho todavía existen «sectores que defienden explícitam­ente que debe conseguirs­e de manera inmediata», por la vía ilegal.

La Sala de Apelacione­s tendrá que decidir ahora si accede a la petición de la Fiscalía y deja al exconsejer­o en libertad, o si, como pide la acusación popular, lo mantiene preso.

El juez Llarena considera al exconsejer­o de Interior responsabl­e de la inacción de los 17.000 mossos

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INÉS BAUCELLS En el centro de la imagen, el fiscal general del Estado, Julián Sánchez Melgar, en un acto en Barcelona
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