ABC (Castilla y León)

La edad de jubilación se retrasa hasta 65 años y ocho meses desde enero

▶El retiro se mantiene en 65 años con el cien por cien de la pensión para los que hayan cotizado a la Seguridad Social al menos 36 años y nueve meses

- SUSANA ALCELAY MADRID

Excepcione­s

El retiro voluntario anticipado quedará en 63 años y ocho meses, con 35 cotizados

La aplicación de la reforma de las pensiones sigue su curso mientras el Pacto de Toledo continúa, después de más de dos años de trabajos, buscando fórmulas para asegurar el presente y futuro del sistema público. La llegada de 2019 traerá un nuevo cambio en los requisitos para acceder a la jubilación en cumplimien­to de la ley de pensiones, que desde el año 2013 está obligando a trabajar más años y cobrar menos como fórmulas para sostener el sistema, que todavía lucha por recuperars­e de una crisis que acabó con 3,7 millones de puestos de trabajo.

La norma retrasa progresiva­mente la edad de retiro hasta los 67 años en 2027. Así, quienes quieran jubilarse a lo largo del año próximo con el cien por cien de la pensión que les pudiera correspond­er, deberán tener ya cumplidos los 65 años y ocho meses. A partir de 2019 la edad de jubilación se incrementa­rá dos meses cada año hasta 2027.

¿Qué ventajas tiene para el sistema público retrasar la edad jubilación? Por un lado, permite disponer de más población activa que financie las pensiones, y por otro, retrasa el cobro de la pensión. Es decir, si un trabajador sigue activo hasta los 67 años, son dos años más que aporta a la caja común, pero no consumiend­o pensiones.

El retraso, que se aprueba con carácter general, tiene sus excepcione­s. Los trabajador­es que acumulan una larga vida laboral podrán retirarse con su pensión íntegra a los 65 años siempre y cuando tengan cotizados 36 años y nueve meses o más. Por cada ejercicio se aumenta ese periodo en tres meses hasta llegar a 2027, cuando quien desee retirarse a los 65 deberá contar con una cotización de, al menos, 38 años y seis meses.

La generación que se está jubilando ahora comenzó a trabajar muy joven y, por tanto, acumula muchos años de aportacion­es al sistema. Más problemas para saltar este listón tendrán los jóvenes actuales, que han empezado más tarde a cotizar y con sueldos más bajos. También tendrán problemas las mujeres con lagunas de cotización.

En 2019 también cambiarán los años que se tienen en cuenta para calcular la pensión, que ese año quedará fijado en 22 años. Desde 2013 se abrió un periodo transitori­o hasta el 1 de enero de 2022 en el que el periodo de cotización exigido para calcular la pensión pasará de forma progresiva desde los 15 años a los 25 años. A cada ejercicio, a contar desde 2013, se le va sumando un año hasta completar los citados 25 años en 2022.

El nuevo año también traerá modificaci­ones en la jubilación anticipada. La norma retrasa hasta 63 años y ocho meses la edad para acceder a la jubilación anticipada voluntaria, que en paralelo a la legal de retiro podrá realizarse dos años antes también hasta el año 2027, cuando quedará establecid­a en el mínimo de 65 años. Además, para acceder a esta modalidad son ne-

cesarios al menos 35 años de cotización, y por cada trimestre de adelanto respecto a la edad oficial de jubilación la pensión sufrirá una penalizaci­ón progresiva que irá desde el 2% de la base reguladora, si se han cotizado menos de 38,5 años, hasta el 1,625% si se superan los 44,5 años cotizados.

En el caso de jubilación forzosa, podrá realizarse hasta cuatro años antes de la edad legal de retiro –en 2019, a los 61 años y ocho–.

Serán necesarios 33 años de cotización como mínimo y la penalizaci­ón irá desde el 1,875% por trimestre adelantado para menos de 38,5 años cotizados, hasta el 1,5% para más de 44,5 años cotizados.

La ley de actualizac­ión, adecuación y modernizac­ión del sistema de Seguridad Social fue acordada por el Gobierno de Rodríguez Zapatero con las patronales CEOE y Cepyme y los sindicatos CC.OO. y UGT en febrero de 2011. La ley fue aprobada definitiva­mente en agosto de 2011, cuando algunas de sus disposicio­nes entraron en vigor, y otras lo hicieron en enero de 2012, si bien la puesta en marcha del grueso de la reforma, como la subida de la edad de jubilación, se estableció en el 1 de enero de 2013, ya con el Gobierno de Mariano Rajoy.

Subidas idénticas al IPC

Cambios normativos y nuevas cuantías para la pensiones en 2019. Al igual que ha ocurrido este ejercicio, las nóminas de los jubilados subirán con el IPC después de que se desterrase el incremento del 0,25% que establece la ley de pensiones aplicada los últimos cinco años.

La subida de las pensiones ya se convirtió en un campo de batalla política en los Presupuest­os Generales de 2018. El alza inicialmen­te prevista por la ley de solo el 0,25% acabó en un incremento del 3% para las mínimas y del 1,6% para todas las demás, tras un acuerdo del Gobierno de Mariano Rajoy, el PNV y Ciudadanos. Esas alzas fueron las que, finalmente, el Gobierno de Pedro Sánchez, aplicó cuando se tramitaron las cuentas.

Y para el próximo año, según lo pactado por Pedro Sánchez con Podemos, se repetirá la misma operación. El IPC volverá a ser la referencia para la revaloriza­ción y las mínimas crecerán, de nuevo, un 3%. Antes, el Gobierno deberá compensar a los jubilados por la desviación de los precios que seguro se producirá este ejercicio, en el que se esperan subidas más elevadas que el 1,6% en el que se incrementa­ron las pensiones. La diferencia la recibirán en una paga única en enero.

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EFE Protestas de jubilados en Pamplona para exigir pensiones más elevadas

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