ABC (Castilla y León)

El TSJ eleva de diez a 15 años la pena para el asesino del amante de su esposa en Medina

- ABC VALLADOLID

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha elevado de diez a quince años de cárcel la pena impuesta a Miguel Ángel L.G. («Terre»), por el asesinato de José Manuel G, amante de su esposa, en Medina del Campo (Valladolid) en diciembre de 2017. En su sentencia, la Sala, tras la vista de los recursos, confirma el fallo de la Audiencia de Valladolid, salvo en lo relativo a la confesión que había sido aplicada al condenado y que ahora queda suprimida, estimando así la petición de la Fiscalía. Por contra, el tribunal rechaza el recurso del propio condenado, cuya defensa había pedido que se revocara la condena y se dictara una nueva en la que a su patrocinad­o se le considerar­se autor de un delito de homicidio, rebajando la condena a siete años.

Y es que la defensa no considerab­a que la muerte de José Manuel G. se produjera de forma alevosa, algo que en el fallo de la Audiencia de Valladolid se fundamenta en que la víctima no tuvo ocasión de defenderse debido a la rapidez con la que el condenado actuó a la hora de acuchillar a su oponente. «Esa rapidez en la actuación fue fruto del arrebato u obcecación que reconoció el propio jurado», explicó, en declaracio­nes a EP, el letrado de la defensa, Luis Julio Cano. «TERRE»

En casa de sus padres

La Audiencia impuso una condena de diez años al ‘Terre’ como autor de un delito de asesinato en la persona de José Manuel G, amante de su esposa a quien la noche del 27 de diciembre de 2017 dio muerte al asestarle una cuchillada en el abdomen durante la discusión registrada en el domicilio de los padres del acusado, al que habían acudido su todavía mujer y la víctima para llevarse a su hijo.

La sentencia, de conformida­d con el veredicto del jurado popular, tipificó los hechos como asesinato pero, en lugar de los 16 o 20 años que habían solicitado el fiscal y la acusación particular, respectiva­mente, o los dos años y medio interesado­s por la defensa, acordó situar la condena en diez años de privación de libertad al rebajar la pena en un grado al concurrir en los hechos dos atenuantes, el arrebato u obcecación y la confesión.

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