El TSJ inadmite la querella contra Mañueco por el toque de queda
La Sala de lo Civil y Penal de Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSCyL) ha acordado inadmitir una querella interpuesta por un particular contra el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, por la presunta comisión de un delito de prevaricación administrativa al acordar el adelanto del toque de queda de las 22:00 a las 20:00 horas dentro de las medidas para luchar contra el avance del Covid-19. El Tribunal apunta en el auto dado a conocer ayer que el la decisión «puede ser contraria al ordenamiento jurídico, pero en modo alguno tiene relevancia penal». Compete, dice, al orden contencioso-administrativo, siendo «público y conocido» que el Gobierno de la Nación lo recurrió ante el Supremo y solicitó como medida cautelar –«que no cautelarísima», puntualizan– la suspensión de ese adelanto que estuvo en vigor del 16 de enero al 18 de febrero.
En este punto, el TSJ aprovecha para avanzar que el Supremo «ya anticipa sólidas razones» por las que ese acuerdo es «contrario al ordenamiento jurídico y puede ser declarado nulo». Pero, añade, de ser así, «no significa necesariamente» que el acuerdo de la Junta «sea arbitrario o injusto» y que se sustente así la prevaricación. «Resulta igualmente claro» que el presidente «actuó entendiendo que, como Autoridad delegada, podía dictar» ese adelantamiento. «Es cierto que tal creencia o interpretación jurídica» del jefe del Ejecutivo «puede haber sido errónea, pero no lo es menos» que «no» es una cuestión «que suponga una clamorosa violación del ordenamiento jurídico, ajena a cualquier tipo de interpretación» ni «adoptada para imponer arbitrariamente el mero capricho de la Autoridad perjudicando a los ciudadanos afectados en un injustificado ejercicio de abuso de poder».