Montero conocía el riesgo: «Se produce una rebaja de la pena»
▶La memoria de la ley calificó de «pequeña» la reducción, tras el aviso del Consejo General del Poder Judicial ▶«Puede llamar la atención que se rebaje el límite mínimo del delito de violación. Pero esta rebaja resulta necesaria», apostilla el documento
El Ministerio de Igualdad conocía el riesgo que entrañaba la reforma de las penas de la ley del ‘solo sí es sí’ pero no lo calibró adecuadamente. «Con la reforma, a primera vista, se produce una rebaja de la pena, pues pasa a ser de prisión de 1 a 4 años», atestigua la memoria del proyecto de ley remitida al Congreso, sobre la reducción de la pena máxima de agresión sexual. «Hay que tener en cuenta que el actual tipo básico del delito de agresiones sexuales tiene una pena de prisión de 1 a 5 años», razonaba expresamente el documento.
Este escrito llegó a la Cámara Baja el 7 de julio de 2021, tras el informe del Consejo General del Poder Judicial que advirtió a Igualdad que la rebaja de las penas máximas provocaría revisiones a la baja en las condenas de agresores. La reforma del ‘solo sí es sí’ rebaja también el castigo máximo al tipo agravado de agresión sexual (desde diez a ocho años). En cuanto a las penas mínimas, recorta las de todos los delitos sexuales salvo la agresión, en un arriesgado baile de tipificaciones que está dejando salir a condenados a la calle.
Evitar críticas
La memoria de la ley insiste en intentar justificar por qué debían alterarse los límites de los delitos sexuales. «Se produce una pequeña reducción del límite máximo (de agresión) porque ese va a ser a su vez el límite mínimo del delito de violación», señala, en referencia a que la agresión sexual con acceso carnal se reducía de seis a cuatro años. «Se puede entender que no se debería configurar una pena mayor», añade. Todo ello desde el razonamiento de que «conductas» que antes eran abuso cualificado pasarían a ser violación, sin analizar qué sucedería con las condenas ya dictadas por el tipo mínimo. «Puede llamar la atención que se rebaje el límite mínimo del delito de violación», admite Igualdad, pero a continuación reitera que «esta rebaja resulta necesaria».
El problema de fondo fue que Igualdad incluyó entre sus objetivos el de desmantelar la crítica de que su nueva ley sería punitivista. La idea de que no pudieran acusarla de elevar las penas cegó a Montero desde los primeros compases del texto. En febrero de 2020, antes de que el anteproyecto fuera examinado por los órganos consultivos, Igualdad explicó a El País que su intención era «desterrar la idea de que se pedían cambios punitivistas». «Argumentan que el movimiento feminista, las mujeres que protestaron en las calles contra las dos primeras sentencias de La Manada que condenaron por abuso y no por violación, no se movilizó por los años de condena o para que los castigos fueran más altos. Pedían que no se cuestione a las víctimas», publicó el citado diario entonces. Lo grave es que Igualdad mantuvo esa posición contra viento y marea hasta que el proyecto fue aprobado, pese a ser advertida reiteradamente de los riesgos que ello entrañaba.
De hecho, la memoria de la ley defiende con uñas y dientes la necesidad de ser «coherente con la idea de modificar, pero no necesariamente agravar la pena». En ese momento, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ya había advertido, no ya de que existiera riesgo de rebajas de condenas, sino de que este hecho se produciría. «La reducción de los límites máximos de las penas comportará la revisión de aquellas condenas en las que se hayan impuesto las penas máximas conforme la regulación vigente», advierte la conclusión octogesimocuarta del informe de los jueces.
La memoria es una prueba clara de cómo Igualdad mantuvo su posición
Igualdad perdió el foco al incluir entre sus objetivos que la ley no pudiera ser atacada por punitivista
con cabezonería. «El hecho de que el delito agravado de agresiones sexuales vea ligeramente rebajada su pena encuentra justificación, por una parte, en la necesidad de respetar el límite mínimo que tenía el abuso agravado y, por otra parte, en el hecho de que actualmente el salto de pena entre el tipo básico de agresión sexual y el tipo agravado de agresión sexual puede resultar excesivo o desproporcionado», insiste el documento, a modo de réplica a los jueces.
Al equipo de Montero no le importó que el CGPJ hubiera emitido su informe con unanimidad, y sin votos discrepantes a los que aferrarse. «El cuadro penológico contemplado en el anteproyecto para los delitos de agresiones sexuales tipificados en los capítulos I y II del título VIII supone una reducción del límite máximo de algunas penas», reiteró el CGPJ en su informe. En aquel momento, Igualdad también pretendía rebajar la pena máxima por violación de doce a diez años. Tras el informe de los jueces rectificó ese punto pero mantuvo la rebaja en los castigos máximos a agresiones sexuales sin acceso carnal, y las bajadas de los mínimos de todos los delitos salvo el tipo básico de agresión sexual. El CGPJ también afeó que Igualdad no ofreciera «una justificación de los nuevos umbrales de pena previstos».
En la misma advertencia de que la reforma provocaría excarcelaciones insistió la portavoz adjunta del PP, Marta González durante el debate de la ley en el Congreso. «Puede suponer, como saben muy bien ustedes, paradójicamente, que lo que antes eran agresiones sexuales que conllevaban una pena grave ahora vean rebajado su castigo», subrayó. La reacción de Irene Montero, allí presente, fue negar con la cabeza.