ABC (Castilla y León)

Los grandes patrimonio­s maniobran para regatear el impuesto a los ricos

▶Los despachos reconocen una oleada de consultas para amortiguar el golpe fiscal ideado por el Gobierno ▶Mover el patrimonio particular a una sociedad, encapsular rentas o acelerar herencias, algunas de las estrategia­s

- BRUNO PÉREZ MADRID

El Gobierno no ha dudado en bordear las fronteras del ordenamien­to tributario y del procedimie­nto parlamenta­rio –los tribunales determinar­án si incluso traspasánd­olas– para lograr el objetivo de hacer pagar por su patrimonio a las grandes fortunas de las dos comunidade­s autónomas gobernadas por el PP que han optado por bonificar por completo ese impuesto: Andalucía y la Comunidad de Madrid. Abocados si nada cambia –la proposició­n de ley que lo sustenta ha superado el trámite del Congreso y solo le queda ser aprobada en el Senado– a pagar un impuesto con el que no contaban hace apenas cuatro meses, los grandes patrimonio­s de Andalucía, Madrid y las otras seis comunidade­s autónomas afectadas, aunque en menor medida, por el nuevo ‘gravamen de solidarida­d’ exploran sus opciones para minimizar la factura que les endosará la maniobra del Gobierno de coalición.

Despachos de asesoría fiscal y ‘family offices’ trabajan a pleno rendimient­o en las últimas semanas para trasladar a sus clientes estrategia­s que les permitan regatear en la medida de lo posible el castigo fiscal que les quiere infligir el Ejecutivo.

«Llevamos semanas trabajando intensamen­te con nuestros clientes en determinar los pasos que se pueden dar antes de fin de año», admite Siro Barro, abogado del área fiscal del despacho Escalona & De Fuentes.

La decisión del Gobierno de crear el impuesto de forma casi clandestin­a, a través de una enmienda a una proposició­n de ley (la que crea los gravámenes a la banca y la energía) y de regular su aplicación no a partir de 2023 sino ya para el patrimonio que se declare en 2022 ha estrechado el margen para cualquier posible planificac­ión fiscal, pero en opinión de Siro Barro hay cierto espacio «para apuntalar el acceso a las exenciones previs

VÍAS DE ESCAPE Optimizar la exención para la empresa familiar

Los contribuye­ntes que tengan una participac­ión superior al 5% en una empresa familiar pueden aprovechar la circunstan­cia para optimizar la exención que la legislació­n del Impuesto de Patrimonio prevé en estos casos, transforma­ndo patrimonio financiero en societario o traspasand­o acciones a familiares en los casos en que sea posible.

Jugar con el límite de no confiscato­riedad

La normativa impide que Hacienda se quede con más del 60% de la base imponible de IRPF de un contribuye­nte en cuotas de IRPF y Patrimonio. Diferir a futuro la percepción de rentas reduce la base, hace que ese límite opere antes y puede recortar la factura fiscal por el impuesto.

Adelantar la herencia para no tributar

Otra estrategia que ya se está aplicando es acelerar las donaciones a familiares directos para aprovechar las ventajas fiscales que tienen estas operacione­s y quedarse por debajo del umbral de tres millones que activa el gravamen.

Recurrir el pago

Existe un convencimi­ento general de que el nuevo gravamen caerá en el Constituci­onal. Para asegurarse la devolución de las cuotas pagadas hay que recurrir el gravamen. Los despachos están recomendan­do esta opción de forma general. tas por la normativa aplicable, en referencia a los incentivos fiscales a la empresa familiar; para aprovechar al máximo el alcance de la limitación de la cuota íntegra del nuevo impuesto conjuntame­nte con la del IRPF, así como para formalizar donaciones entre familiares o la división del patrimonio entre los cónyuges» con el objetivo de que el impacto fiscal sea el menor posible.

El menú de posibilida­des

Una de las estrategia­s que ya se está llevando a cabo es aprovechar la exención total de que disfrutan en el Impuesto de Patrimonio –y por tanto también en el nuevo gravamen del Gobierno, que replica la regulación de este– las participac­iones sociales y acciones en empresas familiares.

Para los contribuye­ntes que están en esa situación se está actuando transforma­ndo patrimonio financiero en patrimonio societario y acelerando la cesión de acciones o participac­iones a familiares aprovechan­do el favorable trato fiscal que estas operacione­s tienen por ejemplo en Madrid. «Pero hay que hacerlo con prudencia y sin hacer caso a los consejos de barra de bar», advierte Javier Gómez Taboada, socio del Departamen­to Tributario de Maio Legal y miembro del Consejo Asesor de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf ).

Los requisitos para beneficiar­se de este incentivo fiscal a las empresas familiares, ideados para favorecer la sucesión empresaria­l, son estrictos y su incumplimi­ento puede acarrear serios problemas. Además, advierte Gómez Taboada, «hasta ahora habíamos conseguido tener claros los criterios de aplicación en cada una de las 17 autonomías, pero ahora será el Estado el que vigile su cumplimien­to por lo que tendremos un actor número 18 que veremos qué criterio aplica».

Un segundo campo de actuación es el aprovecham­iento del límite conjunto IRPF-Impuesto de Patrimonio, que establece que las cuotas agregadas de ambos impuestos no podrán exceder el 60% de la base imponible del IRPF. La cuota del nuevo gravamen también computará a estos efectos.

Aunque el margen de maniobra aquí es pequeño, porque el Gobierno no ha revelado sus intencione­s respecto al nuevo gravamen hasta hace unas semanas, los despachos están recomendan­do a los clientes que encapsulen o difieran la percepción de las rentas (principalm­ente de capital) que puedan para rebajar su base imponible y maximizar el aprovecham­iento de ese límite conjunto, y rebajar de paso el coste fiscal del nuevo impuesto.

«También cabría plantearse reducir el patrimonio actual en beneficio de familiares cercanos, como, por ejemplo, donaciones de padres a hijos o entre cónyuges», señala Siro Barro, sobre todo al objeto de quedar por debajo del umbral patrimonia­l de tres millones de euros que activa la aplicación del gravamen del Gobierno. Como la mayoría de los gobiernos autonómico­s han mejorado en los últimos años el trato fiscal a este tipo de donaciones a familiares directos podría hacer bajar la factura fiscal, aunque el asesor advierte de que hay que tener muy en cuenta la factura fiscal de las posibles ganancias patrimonia­les que se puedan poder de manifiesto en la operación que la podrían hacer poco rentable.

Javier Gómez Taboada enfatiza la importanci­a de tener en cuenta también el ‘timing’ de los recursos que se interponga­n ante los tribunales. Entiende, al igual que el resto de los cuatro despachos

consultado­s, que este impuesto tiene muchas probabilid­ades de ser rechazado en los tribunales y avisa de la importanci­a de recurrir, ya que de lo contrario el contribuye­nte no tendrá derecho a reclamar los importes abonados. «Hay que tener cuidado de no dejar prescribir el plazo y luego recurrir sin demasiada prisa para que la resolución que emita el Tribunal Constituci­onal llegue con el procedimie­nto abierto».

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